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Viernes, 27 de Octubre de 2017

Colegios públicos de Colombia no podrán obligar a eventos religiosos

Una victoria para la laicidad estatal se alcanzó este mes de octubre en Colombia.

La sentencia fue originada del análisis de una acción de tutela interpuesta por la docente Nancy Rocio Pinzón a quien el rector quería obligar a realizar rezos católicos en un colegio público de Fusagasugá.

La Corte Constitucional resaltó que este caso: "resulta de relevancia constitucional por el posible desconocimiento del principio de laicidad por parte de una autoridad, en este caso de la Institución Educativa Municipal Carlos Lozano y Lozano, al realizar sus directivos afirmaciones públicas que implican adhesión a la religión católica."

La Corte Constitucional señaló que ni los docentes ni los estudiantes están en obligación a asistir a misas. También indicó que no se debe cuestionar o interrogar a los estudiantes o maestros que no deseen participar en ella, mucho menos sancionarles, teniendo en cuenta que el ejercicio religioso es una cuestión individual y el Estado debe ser neutral en materia religiosa.

Esperamos que esta sentencia ayude a afianzar la laicidad estatal en Colombia, porque a pesar de fallos favorables esta ha seguido violándose. Como es el caso de la Policía Nacional y la Gobernación de Cundinamarca, entre otras muchas instituciones. Por cierto, la imagen con la que encabeza este escrito es de un colegio público en Barranquilla, el Colegio Técnico Distrital de Rebolo, en el que se llevaron sacerdotes católicos para hacer misas para la Virgen.  

Se deja aquí un aparte de la Sentencia en el que se analiza la situación. (En caso de alguna situación que requiera una queja lo puede citar en un derecho de petición):

Principio de laicidad y deber de neutralidad en materia religiosa de las instituciones educativas oficiales (Extraído de la Sentencia T 524 -17)
Uno de los cambios más significativos que trajo la Constitución Política de 1991 fue la adopción de un modelo de Estado Laico, respetuoso de los diferentes credos religiosos que en su interior se prediquen y de las personas que deciden no practicar ninguno. A diferencia de la Constitución de 1886 que establecía la unidad de religión con el Estado, el artículo 19 de la Constitución de 1991 estableció que “Se garantiza la libertad de cultos. Toda persona tiene derecho a profesar libremente su religión y a difundirla en forma individual o colectiva. Todas las confesiones religiosas e iglesias son igualmente libres ante la ley”
En desarrollo de este principio, mediante la Ley 133 de 1994 el Legislador impuso una carga de neutralidad al Estado y a sus autoridades, al determinar que ninguna iglesia o confesión es o será oficial. Esto no quiere decir que el Estado se reconozca así mismo como ateo, agnóstico o indiferente ante la religiosidad de las personas; lo que quiere decir es que resulta predicable del Estado colombiano su neutralidad frente a cualquier credo o iglesia religiosa y en consecuencia, le resulta prohibido a cualquier autoridad estatal tomar medidas para desincentivar o favorecer a las personas o comunidades que no compartan determinada práctica religiosa, sean o no mayoritarias, e incluso es su deber proteger y garantizar los derechos de aquellas personas que son indiferentes ante las creencias religiosas o espirituales. Según lo establecido en su artículo 2º “El poder público protegerá a las personas en sus creencias, así como a las iglesias y confesiones religiosas y facilitará la participación de éstas y de aquéllas en la consecución del bien común. De igual manera, mantendrá relaciones armónicas y de común entendimiento con las iglesias y confesiones religiosas existentes en la sociedad colombiana”.
En reiterada jurisprudencia la Corte ha analizado el sentido de la relación entre el Estado colombiano y las religiones. En sentencia C-350 de 1994, esta corporación concluyó que el Estado colombiano es un Estado laico, con plena libertad religiosa, caracterizado por una estricta separación entre el Estado y las iglesias, y la igualdad de derecho de todas las confesiones religiosas frente al Estado y frente al ordenamiento jurídico. Para esta Corte la importancia que adquiere la adopción del principio de laicidad radica en que “[la] estricta neutralidad del Estado en materia religiosa es la única forma de que los poderes públicos aseguren el pluralismo y la coexistencia igualitaria y la autonomía de las distintas confesiones religiosas”
En sentencia C-766 de 2010 puntualizó y amplió los criterios señalados en jurisprudencia anterior, respecto del deber del Estado cuando adopta una decisión que contenga algún tipo de implicaciones religiosas. Estos criterios son:
“(i) Separación entre Estado e Iglesias de acuerdo con el establecimiento de la laicidad del primero, (ii) prohibición de injerencia alguna obligatoria, que privilegie a la religión católica o a otras religiones en materia de educación, (iii) renuncia al sentido religioso del orden social y definición de éste como orden público en el marco de un Estado Social de Derecho, (iv) determinación de los asuntos religiosos frente al Estado, como asuntos de derechos constitucionales fundamentales, (v) prohibición jurídica de injerencia mutua entre Estado e Iglesias, (vi) eliminación normativa de la implantación de la religión católica como elemento esencial del orden social y (vii) establecimiento de un test que evalúa si las regulaciones en materia religiosa están acordes con los principios de pluralidad y laicidad del Estado colombiano”
Para esta Corporación, cuando el Estado no observa los criterios antes descritos: i) estaría violando el principio de separación entre las iglesias y el Estado; ii) estaría desconociendo el principio de igualdad en materia religiosa; iii)vulneraría el principio de pluralismo religioso dentro de un Estado liberal no confesional; y iv) estaría desconociendo el principio de neutralidad que ha de orientar al Estado, a sus órganos y a sus autoridades en materia religiosa.
En este orden de ideas, el principio de laicidad no sólo se expresa en garantías para los particulares en cuanto a la libertad de adhesión a cualquier religión o práctica de cualquier culto, sino además en el reconocimiento y protección de las diferentes confesiones religiosas (pluralismo religioso), a partir de acciones tendientes a generar garantías para la materialización de la libertad de cultos, en un trato igualitario y exento de discriminación por motivos religiosos. Según esta Corporación “la igualdad de trato en materia religiosa está íntimamente relacionada con el carácter laico del Estado y por ende, con la naturaleza secular de las actividades que puede desarrollar el Estado. Razón por la cual la valoración de las funciones que este Estado realice respecto de la religión deberá tener en cuenta el entendimiento de la laicidad secular y su relación con la adecuada garantía de la libertad de conciencia, religión y culto”.
Viernes, 30 de Junio de 2017

Por el estado laico marchará la ciudadanía LGBTI de Bogotá

“Seres libres, Estado laico” es el lema de la XXI marcha de la ciudadanía LGBTI de Bogotá. El lema no puede ser más adecuado en momentos en los que no pocas iglesias fundamentalistas desean hacer retroceder el reconocimiento de derechos para las minorías sexuales en Colombia.

Es importante aclarar que un Estado laico es aquel en el que el Estado y las iglesias se encuentran separados. El Estado no entra a las iglesias a decirles que creer, y las iglesias no ponen las leyes. Este sistema de neutralidad estatal frente a toda confesión es el único modelo que permite la coexistencia pacífica en una sociedad plural ya que protege a las minorías religiosas, filosóficas y sexuales del poder inquisidor de aquellas denominaciones que desean imponer su credo a todos los demás, incluyendo a los que no son sus feligreses.

Sobre la aceptación de los ciudadanos LGBTI las confesiones de fe en Colombia son tan diversas que incluyen iglesias inclusivas, como una Iglesia Anglicana, que ha casado a parejas del mismo sexo, pero también a otras que satanizan, oprimen y ayudan a perpetuar estereotipos negativos con los que muchos ciudadanos tienen que lidiar día tras día.

Precisamente son miembros de estas iglesias no inclusivas, que arrojándose el título de los verdaderos intérpretes de algo tan subjetivo como es la religión, desean echar por tierra el constitucional derecho a la igualdad. Porque a decir verdad, no hay derechos LGBTI, sólo existe el derecho a la igualdad, y al materializar este derecho es lo que ha hecho posible el matrimonio civil de parejas del mismo sexo, la no discriminación en los lugares de estudio y trabajo, que las personas trans pueda cambiar el sexo de su cédula, que se pueda conformar familia, que se pueda tener manuales de convivencia que no sancionen al estudiante gay o lesbiana…

Tristemente, los políticos que anhelan una teocracia han asegurado que anteponen la Biblia a la Constitución al hablar de derechos. Tal como lo dijo abiertamente el representante Silvio Carrasquilla el pasado mayoen momentos en que hacía curso el referendo antiadopción de niños: "Nobusco la Constitución sino la Biblia para saber cómo votar". En la misma línea políticos evangélicos y católicos como Alejandro Ordoñez, Vivianne Morales, Marco Fidel Ramírez, Ángela Hernández, Oswaldo Ortiz, entre otros, desprecian el Estado Laico y enarbolan la bandera de la ideología de la inquisición.

El Estado Laico no busca prohibir las religiones, solo busca que las normas y prohibiciones religiosas sean propias de cada quien sin que se hagan obligatorias sobre los demás ciudadanos. Para ilustrarlo mencionaré un ejemplo de actualidad. En estos días se presenta en Israel un par de polémicas porque los judíos ultraortodoxos desean prohibir que haya servicios de buses en sábado, su día sagrado, y se niegan a que una mujer se pueda sentar junto a un varón en estos. Bajo la óptica del estado laico, los ciudadanos que deseen guardar el sábado pueden hacerlo, pero no pueden obligar a los demás a observarlo. Tampoco es posible que bajo el argumento de la libertad de cultos se segreguen a las mujeres en el transporte público. Eso mismo es lo que aquí queremos decirles a los religiosos que desean echar para atrás los derechos de los ciudadanos LGBTI. Ellos podrán considerar que ser gay, lesbiana, bisexual o transexual es pecado, pero no pueden meter sus versículos en las leyes. ¡No metan sus versículos en nuestros derechos!

La historia ya contiene un ejemplo de lo que ocurre en una teocracia evangélica. La ciudad de Ginebra estuvo bajo una teocracia entre 1541 y 1564 por el reformador Juan Calvino. En este experimento antilaico se convirtieron los pecados en delitos. El teatro, el baile, las canciones profanas, y el jugar a los naipes, se prohibieron. La prostitución, el adulterio, la blasfemia, la idolatría y la homosexualidad fueron castigados directamente con la muerte. De igual manera, el asistir al culto dominical pasó de ser una obligación moral para el creyente a ser una imposición legal para todos. La teocracia evangélica de Calvino llegó a reglamentar el modo de vestirse, cortarse el cabello y comer, todo por “la defensa de los valores”. Ah, y todo empezó con la consagración de la ciudad a Dios (Como se hizo recientemente en Yopal, Casanare y Aguadas, Caldas)

En el presente también hay ejemplos palpables de las consecuencias de la falta de laicidad: La Turquía de Erdogan, está echando por tierra la laicidad estatal y caído con fuerza sobre el eslabón más débil, los LGBTI, y el pasado 25 de Junio disolvió con brutalidad un intento de marcha LGBTI, además de suprimir la enseñanza del Big Bang y la evolución desde 2018. Más grave es la situación de Irán y Arabia Saudita, aunque separados por versiones opuestas del Islam, los une la pena de muerte a los gays en la horca. Los territorios bajo ISIS ven morir ahorcados y lanzados desde terrazas a gays, mientras que en la provincia de Aceh de Indonesia (bajo la sharia o ley islámica) los latigazos están a la orden del día.

Igual de grave es la situación de Rusia, donde Putin aliándose con la Iglesia Ortodoxa reprime con fuerza y cárcel cualquier deseo de libertad para los LGBTI, y en la sureña república de Chechenia, de mayoríamusulmana, se descubrió un centro de concentración para gays. Si la existencia de un campo de concentración en pleno siglo XXI y ejecuciones no son ejemplos de los efectos de la falta de laicidad, no sé qué podrá serlo.

Los alcances del Estado Laico sin duda van más allá del tema LGBTI. También incluye que las políticas públicas de ningún tipo, menos aún las de salud y educación, deben estar fundamentadas en ningún dogma religioso. Esto tiene especial calado en la planificación familiar, el control de las mujeres sobre sus propios cuerpos, de los pacientes extremos para optar por la eutanasia, el no destino de dineros públicos a favorecer cultos, la religión como asignatura obligatoria, entre otros.
Este domingo 2 de julio esperamos que más 70 mil ciudadanos, entre LGBTI, sus amigos y familiares podamos sin ningún temor ni vergüenza reclamar y pregonar “¡Personas libres, Estados laicos!”

Miercoles, 21 de Junio de 2017

Alcaldesa de Yopal (Colombia) entrega las llaves de la ciudad a Jesucristo

La ciudad colombiana de Yopal es epicentro de la más reciente violación a la laicidad en este país sudamericano.

Por medio de un documento por la alcaldesa Luz Marina Cardozo "se hace entrega simbólica del municipio de Yopal al Señor Jesucristo”, y considera que “Dios es nuestro padre y creador” y que “todo gobernante, instituido por la voluntad de Dios, tiene el deber de velar en primer lugar por el bienestar espiritual de sus gobernados y propender por la salvación de su pueblo”.

El texto, que cita nada más que siete pasajes de la Biblia, y en un claro afán proselitista asegura que la comunidad de Yopal, “a través de su gobernante, anhela la salvación de su alma y que el Señor Jesucristo more en el corazón de cada habitante”.

Luz Marina Cardozo declaró que con este acto busca llevar a Yopal “para que su reino de paz y bendición sea establecido”.

El documento fue firmado por la alcaldesa Luz Marina Cardozo, Juan Carlos Suárez (jefe de la Oficina Asesora de Planeación) y José Javier González (jefe de la Oficina Asesora Jurídica). Este último fue quien escribió el documento.

A la fecha, la Asociación de Ateos de Bogotá, la Corporación Bogotana para el Avance de la Razón y el Laicismo (Bogotá Atea) y la Asociación Antioqueña de librepensadores, ateos y agnósticos han anunciado su rechazo y la demanda del decreto 036 del 9 de junio de 2017.

En un comunicado de Bogotá atea se puede leer que: 
"El mencionado decreto constituye una violación flagrante a la separación entre Estado e Iglesias, principio que debe ser garantizado en todas las actuaciones públicas. El reconocimiento de la pluralidad y de la libertad de no tener una afiliación religiosa fue una de las grandes conquistas de la Constitución de 1991, por lo que anunciamos que ejercitaremos todos los mecanismos constitucionales y legales para que dichas libertades se protejan, para que dicho decreto sea declarado nulo y para que las personas involucradas en su expedición sean investigadas.
Por lo anterior, solicitaremos a la PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN dar apertura a las INVESTIGACIONES DISCIPLINARIAS a que haya lugar."
Sábado, 3 de Junio de 2017

Policía de Colombia deberá respetar la laicidad: Corte Constitucional

Misa con presencia de la Policía Nacional
Imagen Zona cero
Un importante fallo se dio en Colombia que permite el respeto por el carácter laico del Estado.

Todo inició con una acción de tutela interpuesta por el patrullero Johnny Esneider Quintero, miembro de la Policía Nacional y que se identifica como miembro de la Iglesia Adventista del Séptimo Día.

Quintero se vio avocado a interponer la acción de tutela tras haber recibido una amonestación escrita por haberse negado a a leer en el púlpito de una Iglesia Católica una oración escrita por el director de la Policía Nacional para la llamada Semana Santa del 2016.


En una carta el Director General de la Policía terminaba la oración que debía leerse por los policías en la iglesia de la siguiente manera: â€œEn este día santo les pedimos de corazón que recen por la armonía de su hogar, por la grandeza de su iglesia, por la tranquilidad de su vecindario, por la paz de su tierra y por su Policía Nacional. Que el Hijo del Todopoderoso, crucificado y resucitado por siempre, los proteja y los guíe por el sendero de la vida eterna. Dios y Patria”.

Quintero le explicó a sus superiores que como adventista no leería un mensaje en el que se hablara de la grandeza de la Iglesia Católica, religión que no profesaba. En lugar de excusarlo, lo hicieron una “Anotación Demeritoria” en su hoja de vida. Uno de sus superiores le dijo: “Esta orden se debe cumplir sin importar si (son) evangélicos, cristianos, musulmanes o de otras religiones (…) es una orden del Director General de la Policía”.

El patrullero Quintero terminó con depresión, certificada por la sanidad de la misma Policía Nacional, y elevó peticiones a sus superiores. En una de ellas, y muy acertadamente escribió: â€œla función de la Policía Nacional no es la de participar en las celebraciones religiosas, sino la de velar por la seguridad de las personas que celebren cualquier reunión de cualquier confesión religiosa, y no solamente de la católica, sino de todas”.

A los superiores no les importó sus reclamos y fue así como Johnny Esneider Quintero presentó la tutela el 13 de abril de 2016. En primera instancia, la tutela se perdió, pero luego fue seleccionada para su revisión por la Corte Constitucional, el máximo órgano que interpreta la Constitución, donde están plasmados los derechos fundamentales.

La Corte encontró que la Policía Nacional si violó derechos fundamentales. El magistrado ponente de este caso, Alejandro Linares, recordó en su ponencia que fue aprobada el pasado 8 de marzo, que con la Constitución de 1991 se adoptó un modelo de Estado laico que defiende la separación entre religión y Estado, respeta el pluralismo religioso e impone un deber de neutralidad en el que, entre otras cosas, está prohibido que un órgano estatal, como la Policía en este caso, se identifique formalmente y explícitamente con una iglesia o religión. 

“La Policía Nacional desconoció el principio constitucional de laicidad e incumplió con el deber de neutralidad en materia religiosa, al haber incorporado en el mensaje institucional unas consideraciones que no guardan relación con el ejercicio de sus funciones, sino que promueven la identificación y adhesión del Estado a una determinada religión”, se lee en el fallo

Autos de la Policía Nacional en procesión de la Virgen del Carmen.
Más importante aún, la Corte Constitucional le pide directamente a la Policía Nacional que abstenga de repetir actos “mediante los cuales se identifique o adhiera a una religión específica, de manera tal que, en el desarrollo de sus funciones siempre aplique el principio de laicidad y cumpla con el deber de neutralidad en materia religiosa, en los términos definidos por la jurisprudencia de esta Corte”.

Esto último es muy importante, ya que la Policía Nacional constantemente se vincula con la Iglesia Católica. El pasado noviembre de 2016 celebró sus 125 años con una misa en la catedral de Barranquilla y en años pasados ha hecho procesiones de la Virgen del Carmen con los autos patrullas de la Policía Nacional. Ni en la Policía Nacional, ni en escuelas públicas se deben realizar misas u actos de ninguna religión. 

También la construcción de un altar a la Virgen fue objeto de un reclamo por la ONG Bogotá Atea, (organización que trabaja en el laicismo) aunque curiosamente, el directivo policial, en lugar de respetar la laicidad estatal se defendió diciendo que la Virgen era una figura respetada por todos, "hasta por los musulmanes"



Miercoles, 31 de Mayo de 2017

Conceden medalla a la Virgen que no hizo nada durante un maremoto


El 1 de noviembre de 1755 ocurrió el maremoto de Cádiz, el cual azotó la ciudad andaluza, así como varias ciudades más de España, Portugal y el norte de África. De hecho el Terremoto de Lisboa es considerado como el decimotercer terremoto más fuerte que se ha registrado en la historia.

Tras este desastre, los frailes dominicos, atendiendo los llamados de los angustiados ciudadanos, sacaron en procesión la imagen de la Virgen del Rosario, hasta el altozano de la Muralla, para rogar que el mar cesara su violencia. Como después de la ola del tsunami no volvieron más, los católicos de Cádiz creyeron que se hizo un milagro. 

Cabe recordar que en ese terremoto y tsunamí sucesivo la ciudad de Lisboa se destruyó en un 85%, en Ayamonte murieron mil personas y en Córdoba una niña murió al caérsele encima una imagen de Santa Inés. 

La Virgen que nada hizo para prevenir la tragedia, y que tampoco ayudó de mucho durante una plaga de fiebre amarilla en 1730 en Cádiz, ha sido considerada en el 2017 como merecedora de la Medalla de Oro de la Ciudad.

Según informa el diario El Mundo, La Comisión de Honores y Distinciones del Ayuntamiento de Cádiz ha aprobado conceder la Medalla de Oro de la Ciudad a la Virgen del Rosario, una iniciativa presentada por el PP (Partido Popular, de derechas) y que sorprendentemente ha contado con el apoyo de los dos votos de Por Cádiz Sí se Puede, dos del PSOE (Partido Socialista Obrero Español) y el voto del representante de Ciudadanos (de izquierdas).

La asociación Cádiz Laica, integrada a la ONG Europa Laica, reprochó a Podemos su apoyo a la imposición “de un símbolo religioso ante la presión del lobby católico”. Cádiz Laica también señal+o que el PSOE  "se manifiesta por la laicidad en sus congresos”, pero cuyas “incongruencias” ya no son una “sorpresa” para Cádiz Laica. 

La propuesta inverosimil en un presunto Estado Laico, contó solo con el voto negativo de Izquierda Unida. El acuerdo fue firmado por el alcalde de Cádiz José María González ‘Kichi".

Monesvol volando y protegiendo a Cádiz
Curiosamente, los dos hechos en los que fue invocada la virgen fueron presentados como evidencia en el documento que defendía el otorgamiento de la medalla. "Sólo fue invocada, no significa que algo hubiera cambiado", afirmó un activista de Europa Laica.  

Por su parte, los pastafaris, han iniciado una recolección de firmas para que el alcalde José María González se otorgue la medalla al Monstruo de Spaguetti Volador

"Si un trozo de madera con peluca como la Virgen del Rosario puede llevarse la medalla de oro del Ayuntamiento de Cádiz por petición popular, ¿por qué no puede hacerlo el Monstruo Espagueti Volador, creador de la Tierra y de los grandes volcanes de cerveza. De no ser así, estaríamos frente a un agravio comparativo entre la religión católica y el resto de fes de este mundo (y del que viene).

Los pastafaris han empazado la petición por Change.org. La solicitud se hace por firmas, ya que el otorgamiento de la medalla a la Virgen del Rosario se dio también por la solicitud de seis mil firmas.

Para Cádiz Laica, entregar una medalla honorífica de la ciudad “a una estatua, representación simbólica de una fe, sólo es síntoma de sometimiento de los representantes públicos a un lobby religioso que quiere imponer a toda la sociedad su religión, su moral y sus símbolos”.
Domingo, 18 de Diciembre de 2016

Ateos presentes frente a las marchas antiderechos de los cristianos

Los fundamentalistas evangélicos se han unido en oda Latinoamérica para oponerse al avance del reconocimiento de derechos para las minorías sexuales. Marchas en Colombia, México, Honduras y Perú en los últimos meses y con mensajes y estrategias similares buscan presionar contra la igualdad.

El turno más reciente fue para Lima, en donde los grupos evangélicos, pentecostales, carismáticos y católicos se han unido al frente del Ministerio de Educación para pedir que se saque de la revisión curricular el enfoque de género. Cabe señalar que los grupos antiderechos se refieren a esto como "ideología de género" como un paraguas bajo el cual se oponen a que se enseñe de manera positiva sobre la aceptación de las minorías sexuales y se oponen a los avances que en algunos países se han alcanzado (casos de México y Colombia) e impedir que se alcancen en otros (Perú, Honduras, etc.).

En algunos de estos plantones se han manifestado ateos, feministas y secularistas que recuerdan la necesidad de estados laicos. En el caso peruano ha sido la APERAT Asociación Peruana de Ateos y la Sociedad Secular Humanista del Perú quienes se han presentado a estos plantones ha dejar ver su oposición a los deseos clericales de los religiosos.

"Fuera la religión de las aulas" cartel de Iván Antezana.
"Los evangélicos y católicos no tienen forma de presentar de manera lógica una oposición a cosas que ya la OMS ha dicho, como que la homosexualidad es una enfermedad, entonces se inventan este término de "ideología de género" para arropar todos sus prejuicios homofóbicos y machistas y su deseo de imponer la Biblia en las escuelas públicas", señaló Iván Antezana de la Sociedad Secular Humanista.

Cabe señalar que el día 16 de diciembre, día que se llevó a cabo la marcha en Lima, ya el ministro de educación Jaime Saavedra había sido censurado por la oposición fujimorista la cual se ha aliado con las iglesias evangélicas. Algo similar ocurrió en Colombia donde el sector de extrema derecha del Centro Democrático (uribismo) en alianza con las iglesias evangélicas fueron a presionar por el retiro de la ministra de educación colombiana Gina Parody por la revisión de los manuales de convivencia (reglamentos escolares) a fin de que no hubiese discriminación a adolescentes gays, lesbianas y trans.

Les dejamos unos vídeos tomados en la marcha limeña. Uno en el que se entrevistan a unos creyentes, en otro a los activistas laicistas y un último en el que se entrevistan a unos estudiantes que pasaron por la marcha.


Creyentes comparan el enfoque de género con "adoctrinamiento hitleriano"




¿Qué opinan los ateos y laicistas sobre la arremetida evangélica antiderechos?





¿Qué opinan los estudiantes? Los directamente afectados.



¿Y usted qué opina?
Miercoles, 7 de Diciembre de 2016

Pequeños avances de laicidad en Colombia

Un par de avances importantes se han dado en el campo de la laicidad estatal en Colombia,

Por una parte, la Corte Constitucional declaró inválida una norma que permitía a la Iglesia Católica hacer parte de los órganos de dirección del Sistema Nacional de Aprendizaje Técnico (SENA); y en otra decisión el departamento de Risaralda (en la zona cafetera) desestimó la propuesta de incluir una mención de dios en el escudo del departamento.


Iglesia califica la laicidad como "pretexto".

Fuente El Espectador

La Sala Plena de la Corte Constitucional tumbó la norma establecida en la ley 119 de 1994 que permitía la designación de un miembros de la Conferencia Episcopal de Colombia en el Consejo Directivo y en los Consejos Regionales del Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena) para su representación.
El alto tribunal determinó que dicha normatividad desconocía el hecho que la Constitución Política de Colombia establece que Colombia es un Estado laico, confesional y neutral. La exigencia para que la Conferencia Episcopal tenga a un representante va en contra de estos principios desconociendo la libertad de cultos.
En la demanda presentada se advertía que “incluir a un representante de la Iglesia católica romana en los órganos directivos nacionales y regionales” iba en contravía del carácter laico y pluralista que existe en Colombia, hecho por el cual debía ser declarada inconstitucional.
En el debate jurídico se avaló esta tesis y se quitó dicha norma que para la Corte vulnera la libertad religiosa que protege la Carta Política. En este sentido se considera que se le estaba otorgando un trato privilegiado a la Iglesia Católica frente a las otras.
"Están estimulando la participación de esa Iglesia en la construcción de políticas públicas que le serán aplicables", precisó la Corte Constitucional al resolver esta acción judicial.

Finalmente, dice la conferencia, "con esta decisión la corte ha desconocido la historia del Sena y su carácter social". Y que cuando la Corte argumenta que Colombia es un estado laico es un pretexto "para excluir a la iglesia de los organismos directivos del Sena". (Ver comunicado de la Iglesia Católica)
La Corporación Bogotana para el Avance de la Razón y el Laicismo por su parte se manifestó que "con esta decisión, la Corte Constitucional marca una orientación clara en la separación del Estado y las Iglesias y rescata el valor de la laicidad estatal".




Dios no entró en el escudo de Risaralda

Unos diputados creyentes propusieron poner en el escudo del Departamento de Risaralda la expresión "Dios y Libertad"lo que llevó a la Asociación de Ateos de Pereira a manifestarse, e incluso pudieron expresarse en la Asamblea Departamental, tras lo cual quedó descartada la mención de dios en el emblema de esta región de Colombia.

"En el símbolo del Departamento debemos estar representados todos los risaraldenses, creyentes y no creyentes, y no solo los católicos. Es un contra sentido que la Corte Constitucional haya manifestado que Colombia no tiene credo ni religión oficial y que se estén dando estas propuestas que son acordes a un Estado confesional" puntualizó Alexander Ríos de la Asociación de Ateos de Pereira.

Las que se han perdido

Por otra parte la Corte Constitucional dejó en firme la financiación de las procesiones de Semana Santa de la ciudad de Popayán por el hecho de ser patrimonio inmaterial de la humanidad, registrado por la UNESCO y por que la Iglesia Católica no participa en la organización ni manejo de dineros. La Corporación Bogotana para el Avance de la Razón y el Laicismo fue invitada por la Corte para dar su posición, la cual está publicada en este blog.

La procesión de Pamplona si fue descartada de financiación, en otro fallo, justamente por contemplar a la Iglesia Católica como destinataria de los dineros públicos.


Lunes, 26 de Septiembre de 2016

Procesiones católicas de Popayán a audiencia en la Corte Constitucional.

El día de hoy se está desarrollando una audiencia pública en la Corte Constitucional de Colombia sobre la pertinencia de financiar la procesión de semana santa en la ciudad andina de Popayán. El caso reviste interés por tener como médula la laicidad del Estado y la declaración de patrimonio inmaterial de la humanidad.

La defensa de la tesis laica fue hecha por la Corporación Bogotana para el Avance de la Razón y el Laicismo, cuya ponencia reproducimos a continuación.

(Enlace a comunicado original)

Concepto sobre la Financiación de las procesiones de semana santa en Popayán ordenada en la Ley 891 de 2004 con dineros públicos.

Buenos días.

Honorables magistrados y magistradas, señoras y señores asistentes, reciban un cordial saludo de la Corporación Bogotana para el Avance de la Razón y el Laicismo.  Estamos sumamente agradecidos con esta alta Corte por tener en cuenta a nuestra ONG para la discusión de temas de laicidad del país. En este caso, la deliberación pública en la audiencia en la que se discute la financiación con dineros públicos departamentales y municipales de la Procesión de Semana Santa de Popayán ordenada en el artículo cuarto de la Ley 891 de 2004.

Esta deliberación tiene como contexto el hecho, ya establecido por la Honorable Corte Constitucional, que Colombia es un Estado Laico y no en un Estado confesional. La laicidad estatal fue confirmada por este alto tribunal en la Sentencia C-350 de 1994 en la que se afirma que:

"Un Estado que se define como ontológicamente pluralista en materia religiosa y que además reconoce la igualdad entre todas las religiones no puede al mismo tiempo consagrar una religión oficial o establecer preeminencia jurídica de ciertos credos. Es por consiguiente un Estado Laico. Admitir otra interpretación sería incurrir en una contradicción lógica. Por ello no era necesario que hubiese una norma expresa sobre la laicidad del Estado."

Un Estado Laico no es sólo aquel que no tiene una religión oficial, sino que trata a todas las confesiones religiosas en igualdad de condiciones, sin importar la antigüedad, el número de feligreses, y no entra a favorecer a una o un grupo de ellas, sobre las demás en aspectos simbólicos, educativos ni presupuestales. La laicidad del Estado es un requisito  democrático de los estados plurales en materia filosófica y religiosa, y es la condición para la coexistencia armónica de las diferentes visiones de los ciudadanos en una sociedad diversa y respetuosa.

La separación de las Iglesias y el Estado, que conlleva la Laicidad, no supone en ningún momento la prohibición de las prácticas religiosas, espirituales, rituales ni de culto, sino que por el contrario se las respeta como manifestaciones de un derecho constitucional fundamental, solo que la Laicidad conlleva a la emancipación del Estado, de manera tal que los asuntos de doctrina, culto y ritos religiosos son propios de las iglesias y sus feligreses. El Estado se centra en los asuntos de bienestar de toda la nación.

Y es aquí, cuando se habla de destinar dineros públicos a un acto cúltico, donde los defensores y defensoras del Estado Laico en Colombia vemos una cuestión de gran interés y preocupación. La asignación de fondos públicos, resultado de la recaudación de los impuestos del conjunto de la población, del “laos”, tiene un origen laico y, por ende, lo deseable en un Estado Laico, es que su destino sea el del interés común, o el interés general. Son cuestiones de interés general la justicia, la educación, el cuidado del Medio ambiente, entre otras. En cambio, cabe señalar que las creencias espirituales, teístas y religiosas y las acciones rituales y de culto, alabanza, adoración, oraciones, Te Deums, gospel o procesiones religiosas, tienen un carácter particular, propio de los ciudadanos que en su libertad de creer o no creer y de adherirse a este u otro culto, lo hacen. El dinero público no puede ser utilizado para promover las creencias religiosas o los actos de culto o conexos. No es de interés general financiar actos propios del credo católico, que son del interés de los ciudadanos que se identifican con la Iglesia Católica Apostólica y Romana, como las procesiones de la denominada Semana Santa, y no de otros ciudadanos con otras visiones religiosas o con ninguna.

Es claro que la Ley 891 de 2004 busca en últimas, la exaltación de las ritualidades, íconos y actos ceremoniales exclusivos de la religión católica romana. Es ilegitimo que el Estado trate de promover o ayudar económicamente a las iglesias u organizaciones afines a las iglesias en la promoción de su fe, o en actividades, que como las referidas en el tema que aquí nos convocan, subyacen elementos de orden estrictamente religioso que en definitiva benefician a una confesión en particular.

Esta financiación, que fue del orden de 298 millones este año y de 1.131 millones de pesos en los últimos seis años, es contraría al principio de la universalidad de la razón pública, que debe velar por lo que es común a todos.

Cuando el Estado financia actividades litúrgicas, o asisten sus funcionarios a nombre del Estado o entes del Estado, se está enviando a la ciudadanía un mensaje de preferencia y superioridad de un credo sobre otros y rompe con el elemento de neutralidad en asuntos religiosos que caracteriza a un Estado Laico.

Esta Honorable Corte ya también se pronunció  al respecto en la Sentencia C-766 de 2010 afirmando que:

“La neutralidad estatal comporta que las actividades públicas no tengan fundamento, sentido u orientación determinada por religión alguna –en cuanto confesión o institución-, de manera que las funciones del Estado sean ajenas a fundamentos de naturaleza confesional. (...)
“La neutralidad, en desarrollo del carácter secular del Estado, honra la igualdad por medio de los límites que impone a éste respecto de los motivos religiosos e influencia religiosa que sus actividades tengan. Por esta razón es que la igualdad en este específico punto se materializa como un valor –entendido en cuanto objetivo constitucional- que se busca alcanzar por vía del principio de laicidad estatal, que comportará el carácter secular de las acciones estatales y, por tanto, la neutralidad de la actuación estatal. (…)”
“… no puede ser el papel del Estado promocionar, patrocinar, impulsar, favorecer o realizar cualquier actividad de incentivo respecto de cualquier confesión religiosa que se practique en su territorio.”

A la luz de esta sentencia y de lo que históricamente se ha desarrollado en filosofía y doctrina jurídica sobre laicidad, desde Rousseau, Locke, Spinoza, Thomas Jefferson, Benito Juárez, entre otros, estamos convencidos que la financiación con dineros públicos de las procesiones de Semana Santa de Popayán, o en cualquier ciudad de Colombia, son un incentivo por parte del Estado al catolicismo y por lo tanto viola la neutralidad estatal.

No solamente se viola la laicidad con la financiación pública a las procesiones religiosas, sino también con la participación fija de agentes del Estado en estas. Como lo es la tradición de que el estandarte de la Junta Pro Semana Santa deba ser llevado por el coronel de la Policía del departamento del Cauca en la Procesión del Amo Jesús del lunes santo y por el Coronel y cuerpo de oficiales del batallón de infantería No. VII “José Hilario López” del Ejército Nacional de Colombia, en la procesión del jueves santo.

A continuación mostraremos a esta Honorable Corte que las Procesiones religiosas cumplen las características de poseer una orientación y motivación religiosas claras y ser específicas de una denominación religiosa llamada Iglesia Católica Apostólica y Romana.

Para empezar comentaremos que las procesiones buscan rememorar los acontecimientos de la pasión y muerte de Jesucristo, según los Evangelios y que para los cristianos son tomados como eventos reales relacionados con el acto de redención de dios a la humanidad. El uso de imágenes religiosas se limita al uso católico, ya que los cristianos protestantes no las utilizan,y por el contrario rechazan su uso y adoración.

En el Catecismo de la Iglesia Católica en el Capítulo cuarto, “De otras celebraciones litúrgicas”, en su artículo 1, “sobre los sacramentales”, en sus numerales 1674 a 1679, señala claramente que la veneración de reliquias, las visitas a santuarios, las peregrinaciones, las procesiones, el vía crucis, las danzas religiosas, el rosario, las medallas, entre otros sacramentales, son formas de piedad religiosa distintivamente católicas en conformidad por lo estipulado en el Concilio de Nicea II y el de Trento.

Se hace más claro que están enmarcadas dentro del catolicismo las acciones de las organizaciones que promueven las procesiones de semana santa, el título V del Código de Derecho Canónico vigente de la Iglesia Católica Apostólica y Romana, que versa sobre las asociaciones de fieles católicos. Este texto estipula que las cofradías y hermandades de fieles católicos y demás agrupaciones que organizan, dirigen y constituyen a las procesiones de semana santa, incluida naturalmente la de Popayán, deben actuar conforme a los cánones de dicho Código y, por ende, estar en plena adhesión y exclusividad a la fe católica, apostólica y en comunión con el Papa romano.
Como bien lo indica el canon 312 del Código de Derecho Canónico, no pueden pertenecer a dichas asociaciones organizadoras de las actividades de semana santa aquellas personas que rechacen la fe católica, que se encuentren apartadas de la comunión eclesiástica o que estén incursas en excomunión. Por esta razón, toda vez que se utilizan los lugares de culto de la Iglesia Católica Apostólica y Romana ubicados en la ciudad de Popayán, para la realización de dichas procesiones, se entiende que ha dado su consentimiento para ellas y, por dicha razón, tales procesiones son actuaciones intrínsecamente religiosas de carácter exclusivo de un culto específico: el cristiano católico, apostólico y romano.

El Capítulo III del título V del Código de Derecho Canónico estipula que incluso las asociaciones privadas de fieles católicos deben contar con el consentimiento y aprobación de las autoridades eclesiásticas católicas para su constitución a pesar de que tengan relativa autonomía eclesiástica en comparación con las asociaciones públicas de fieles, públicas en el sentido eclesiástico y no solo en el civil. Por esta razón, es justificable asumir que las organizaciones que administran y realizan las actividades propias de la semana santa de Popayán han recibido dicha aprobación formal de las autoridades católicas competentes toda vez que dichas organizaciones actúan en nombre y en representación de la Iglesia Católica Apostólica y Romana, de sus creencias, y no de otros cultos.

Por lo anterior, es claramente evidenciable que las procesiones de semana santa de Popayán responden a una fe religiosa y a una denominación particular, por lo que tales acciones no se enmarcan dentro la esfera pública estatal y pertenecen claramente a la esfera propia de los católicos y de la Iglesia Católica Apostólica y Romana.

El favorecer a un credo particular, en este caso el católico romano, pone en situación de desventaja a los ciudadanos seguidores de otras fe o de quienes no poseen alguna. Tal situación también puede hacer que otros grupos religiosos soliciten también financiación para sus propios credos y ritos, lo que profundizaría aún más la violación al Estado Laico. Tal situación ya se vislumbró en las declaraciones del imam Julián Zapata, fundador del Centro Cultural Islámico, quien sobre este caso afirmó al diario El Tiempo, en nota publicada el 18 de septiembre de este año, que su confesión, el islamismo, nunca ha recibido aportes del Estado y pidió que en lugar de retirar el apoyo a las procesiones católicas, se diese apoyo económico a las actividades del judaísmo, el islam y otros credos.

Al respecto, también la Corte Constitucional ha conceptuado que no se puede, en aras de una pretendida igualdad, entrar a favorecer a todos los credos en términos simbólicos, propagandísticos o económicos, ya que tal situación es de por sí imposible de realizar.

No tenemos ningún propósito discriminatorio sino, más bien, buscamos que no se oficialice la discriminación religiosa al darle preferencia a los rituales católicos por encima de los otros ritos del país. La Corporación Bogotana para el Avance de la Razón y el Laicismo no cuestiona la declaratoria de patrimonio cultural inmaterial de las procesiones de semana santa, sino la autorización para asignar recursos públicos con el fin de promover estos ritos específicos, exclusivos de una sola iglesia, lo cual es incompatible con un Estado laico y su deber de neutralidad religiosa.

Nuestra ONG es consciente que lo religioso es parte de la cultura, así como lo es la gastronomía, la música tradicional, las lenguas indígenas, los dialectos propios del castellano, las artesanías, entre muchas manifestaciones más. No obstante, las prácticas y tradiciones religiosas tienen la connotación adicional de hacer parte del fuero personal y del conjunto de los creyentes. Estas creencias y prácticas, aunque culturales, han sido declarados parte de una esfera autónoma e independiente de la esfera pública, como lo es la esfera eclesiástica. Es así como se ha llegado al desarrollo de la teoría del Estado laico. El hecho de que la Unesco haya incluido a las procesiones de semana santa de Popayán como patrimonio cultural inmaterial de la humanidad no implica una autorización constitucional para que el Estado destine recursos públicos con miras a su promoción e incentivo puesto que ellas son intrínsecamente religiosas.

Cabe señalar que de los diez elementos inscritos como patrimonio cultural inmaterial de la humanidad ante la Unesco, las procesiones de semana santa de Popayán no están en la lista de tradiciones que requieren medidas urgentes de salvaguarda. El único elemento que requiere medida urgente es el vallenato, la música original, del Magdalena medio .

Para el caso de las procesiones de semana santa de Popayán la Unesco, en documento del 2009, no pide al Estado Colombiano destinar partidas presupuestales fijas anuales del municipio de Popayán y el departamento del Cauca, en este se menciona como medidas de salvaguarda “actividades de sensibilización, comunicación y conservación de obras de arte, y están respaldadas por el compromiso de las comunidades interesadas y las autoridades nacionales y locales” .

Añadimos a lo anterior, que no todos los elementos declarados para Colombia como patrimonio cultural inmaterial de la nación tienen una ley que obligue a destinar partidas presupuestales del municipio y el departamento. Véase por ejemplo la Ley 706 de 2001, la cual declara como patrimonio nacional el Carnaval de Barranquilla y los Carnavales de Pasto, no obliga a los departamentos de Atlántico y de Nariño a destinar partidas  presupuestales. En otro caso la declaración de patrimonio cultural del sistema normativo de los wayuu de la Guajira o la música de marimba del Pacífico no ha llevado a una ley donde se especifique presupuesto.

Las procesiones de semana santa en Popayán no van a desaparecer aunque el Estado Colombiano proceda correctamente al dejar de financiarlas, ya que cuentan con una amplia base de feligreses católicos y reciben el apoyo de una administración eclesiástica que debe contar con los recursos necesarios para financiar sus ritos y actividades religiosas: la Iglesia Católica Apostólica y Romana. Se añade que esta iglesia goza del privilegio de la exención total de impuestos y declaración de renta.

Por su contra, si el Estado dejase de financiar la salvación de lenguas indígenas del Cauca como el Namui Wam (antiguamente guambiano), Nasa Yuwe, Eperera, Inga y el Kamsa, si podrían desaparecer. No estamos diciendo que una tradición cultural sea más importante que otra, sino que en el caso de las procesiones católicas, estas tienen un apoyo social y eclesiástico que garantiza su permanencia, mientras que elementos culturales no religiosos han quedado de lado por no contar con una ley, en las que su promoción hay legisladores pro-religiosos.

Hacemos un respetuoso llamado a la Honorable Constitucional para que en esta oportunidad se pronuncie claramente sobre la financiación de eventos religiosos con dineros públicos, siguiendo el camino ya marcado por su propia jurisprudencia (C-350/91, C-766/10, C-224/16, entre otras)  de salvaguardar la neutralidad del Estado en asuntos religiosos, es decir la laicidad.
En conclusión, la Corporación Bogotana para el Avance de la Razón y el Laicismo considera que se debe declarar inexequible el Artículo 4 de la Ley 891 de 2004 ya que los recursos públicos NO pueden dedicarse a temas religiosos en general aunque sean patrimonio inmaterial en un Estado Laico.

Muchas Gracias.
Viernes, 9 de Septiembre de 2016

¡Bien ido Ordoñez!: Destituido el mayor inquisidor de Occidente

Colombia y la laicidad en este país tienen mucho que celebrar. Alejandro Ordoñez Maldonado, quien fuera el Procurador General de la Nación ha sido destituido por vicios en su reelección.

Ordoñez fue el personaje que más ha contribuido en el presente siglo en desdibujar la separación entre Estado e Iglesias y adelantado una feroz oposición a las libertades civiles de mujeres, LGBTI, y líderes sociales y de izquierdas.


La Colombia conservadora

Dentro de las naciones con más alta religiosidad de Occidente se encuentra Colombia. Este país sudamericano es conocido por ser muy conservador, y no solo por ser frecuentes los saludos con "Dios lo bendiga" sino porque la mayoría de su población mantiene ideas homofóbicas, machistas y de derechas.

No obstante, Colombia ha avanzado en libertades individuales desde la Constitución de 1991 que trajo libertad de cultos, la laicidad del Estado, consagro el derecho a la igualdad y no discriminación, que abrió la posibilidad a los LGBTI a que se les reconociera derechos civiles, el poder decirse ateo o agnóstico sin que se pudiera perder el trabajo o ser expulsado del colegio, entre otros.

Obviamente estos avances han tenido la férrea oposición de sectores reaccionarios encabezados por la Iglesia Católica, las evangélicas -que ya venían en auge desde finales del siglo XX - el Partido Conservador y otros como el Centro Democrático, entre otros.

El mayor exponente de la oposición conservadora es Alejandro Ordoñez Maldonado, quien acaba de ser destituido como Procurador General de la Nación.

Las siguientes son las razones por las que Alejandro Ordoñez es de lejos, un autentico inquisidor católico con poder político en pleno siglo XXI

1. Su visión sobre el Estado.

El Procurador Ordoñez aboga por un Estado confesional. Así lo hizo en su tesis de abogado llamada "Principios fundamentales del Estado Católico" en el que ataca las libertades individuales, los judíos, la laicidad y donde todo huele o tiende al comunismo. "La democracia liberal- socialista que impera en los estados modernos es falsa en sus principios", afirma el ahora procurador.

En su tesis cita a Blas Piñar declarando que: “no hay soberanía popular que derogue el decálogo”. Ordoñez considera necesario “apelar a una concepción teísta del orden público” porque “el Estado no podría prosperar si desprecia la religión”.

Noten la dedicatoria de su tesis y apartes publicados por La Silla Vacía.



Puedes leer toda la tesis de Alejandro Ordoñez dando click aquí


Alejandro Ordoñez en la quema de libros de Bucaramanga.
Imagen Agenda Ciudadana
Un verdadero inquisidor sin persecución no lo sería. Ya en 1978 Ordoñez hacía gala de su intolerancia. El ahora Procurador citó el día 13 de mayo para una quema de libros y revistas pornográficas. 

La invitación se hizo desde la Sociedad San Pío X, comunidad religiosa que se opone al Concilio Vaticano II, niega el holocausto y aboga por las misas en latín y sin dar la espalda a la hostia. 

Allí Ordoñez prendió fuego al Contrato social, obras de García Marquez, Carl Marx, René Descartes, Friedrich Nietzsche, Víctor Hugo, Marcel Proust, José María Vargas-Villa, Thomas Mann, algunas revistas de educación sexual y una Biblia protestante.


3. En contra de espacios públicos laicos

Ordoñez puso una capilla católica en la Procuraduría, reemplazo un cuadro de un prócer de la independencia por un crucifijo. En todos sus pronunciamientos ha defendido la intervención simbólica y cúltica de la Iglesia Católica en la vida estatal de la nación.

En el 2011 fue entutelado por promover credos religiosos por un ciudadano llamado Ernesto Convers. â€œColombia es un Estado de derecho, constitucionalmente es un Estado laico y la laicidad busca garantizar la igualdad, la democracia, la participación, la pluralidad. Me parece monstruoso que un presidente de la República asista a un Te Deum de un 20 de julio e invite a los altos representantes de la Iglesia a hacer parte de la apertura de un Congreso. Eso no se había vuelto a ver desde 1991. Estamos echando para atrás, me parece injusto que la igualdad religiosa no se respete”, dice Convers.

"Decisión sin sotana, democracia que gana"
Protesta contra Ordoñez en Medellín, 2011
Foto La Silla Vacía
4. Persecución a las mujeres.

Tras su llegada al cargo en el 2009, Alejandro Ordóñez se opuso a la sentencia de la Corte Constitucional que en el 2006 permitió a las mujeres practicarse abortos en tres casos excepcionales: Malformación fetal, riesgo de vida de la madre y violación. Ordoñez, llevando una agenda católica, empezó a realizar listados de las mujeres que deseaban realizarse abortos por estas causales para perseguirles. Esto generó una situación de intimidación, especialmente en las mujeres más pobres y de sitios alejados. Evitó por todos los medios que esta sentencia fuera de conocimiento para las mujeres.

En el 2011 aseguró que el aborto era un “atentado contra la familia y contra la humanidad”. Se despachó contra la Corte Constitucional calificando a sus magistrados fallar con base en “deseos”.

Después de tales declaraciones, la Corte Constitucional, en respuesta a una tutela impuesta por la ONG Women’s Link (la misma que logró que se despenalizara el aborto), le exigió a Ordóñez que se rectificara. Cosa que hizo a medias y de mala manera.

Luego amenazó con sancionar al entonces alcalde de Medellín, Alonso Salazar, por poner en su plan de desarrollo la construcción de una clínica para atender a las mujeres. Finalmente Ordoñez sancionó al alcalde Salazar. Alejandro Ordoñez también mintió para evitar la inclusión del misipostrol en el Plan Obligatorio de salud.

5. Persecución a los gays.

Ordoñez ha sido y es un enconado homofóbico. Se ha pronunciado en contra del matrimonio igualitario, ala adopción por aprejas homoparentales y evitó toda reparación de la memoria del joven ateo y gay, Sergio Urrego, que fue llevado al suicidio por el implacable acoso de las directivas del colegio católico en el que estudiaba.

En noviembre de 2015 la Corte Constitucional dio vía libre a la adopción por parejas del mismo sexo, asegurando que la orientación sexual de los padres no debía ser un impedimento para que un niño tuviera familia, Ordóñez no aceptó y atacó a la Corte diciendo que se estaba favoreciendo a una minoría a expensas de los niños.

Ya el 7 de abril de 2016, cuando la Corte Constitucional avala el matrimonio entre parejas del mismo sexo, irrespetó al tribunal constitucional declarando que “Con esta providencia queda definitivamente sepultada aspectos esenciales de la Constitución del 91. Hoy la vida no es inviolable, el matrimonio no es el matrimonio y la familia no es familia", dijo haciendo gala de sus convicciones religiosas.

En septiembre de 2015 buscó tumbar la sentencia que puso la mamá del chico ateo y gay Sergio Urrego, víctima del bullying homofóbico. La mamá de Sergio Urrego interpuso acción de tutela contra de la Secretaría de Educación , la cual fue fallada a favor por la Corte Constitucional en la que se decidió proteger los derechos de la familia y además ordenó que se implementen manuales de convivencia escolares en los que se garantice el respeto por la intimidad y confidencialidad.

Acá se está imponiendo una política de Estado: la ideología de género para adoctrinar a nuestros hijos. Es un aspecto que no puede pasar impune” respondió Ordoñez.


6. Persecución a los pacientes que piden eutanasia.

José Ovidio González, un señor ateo, víctima de un cáncer incurable solicito la eutanasia. Don Ovidio, padre del famoso caricaturista colombiano ‘Matador’ tuvo que enfrentarse a la negativa del Procurador, quien usaba su poder sancionador para coaccionar a los funcionarios. 

Caricatura de Matador sobre el caso de su padre Ovidio.
La eutanasia está legalizada en Colombia desde 1997, más no reglamentada. Este vacío lo usó el procurador para impedirla. Finalmente en julio de 2015 don Ovidio pudo poner fin a sus sufrimientos y ser el primero en morir por eutanasia legal.

Ordoñez no se dio por vencido y el 5 de mayo de ese año, demandó ante el Consejo de Estado el protocolo del Ministerio de Salud que reglamentó el derecho a una muerte digna. En opinión de Ordoñez esto violaba la Constitución.


7. Otros

Alejandro Ordoñez también se ha manifestado en contra del uso de la marihuana medicinal, a favor de la mineria en los páramos, lugar donde nacen los ríos en Colombia, a favor de la tauromaquia, ejerció su poder disciplinario de manera parcializada (exonerando parapolíticos y castigando a la izquierda), se ha presentado en contra de la restitución de tierras despojadas a campesinos por los paramilitares de extrema derecha, 

Por todo lo anterior. Bien ido

Miercoles, 27 de Julio de 2016

ONG ateas de Colombia rechazan declaraciones de la Diputada Ángela Hernández.

Reproducción de comunicado de prensa.

Las ONG de ateos de Colombia manifestamos que las declaraciones de la diputada del departamento de Santander Ángela Hernández encaminadas a evitar la revisión de los manuales de convivencia para hacer seguros los colegios a los jóvenes LGBTI son una afrenta a los derechos humanos y la separación entre Estado e Iglesias.

No es posible en un Estado social de derecho considerar que los estudiantes LGBTI deban estar en instituciones separadas. Tal declaración es revivir la discriminatoria idea de “separados pero iguales” que en el pasado tanto sufrimiento ocasionaron.

Los esfuerzos de llevar las restricciones morales religiosas de la diputada, perteneciente a la Iglesia Cuadrangular, a la esfera pública es una afrenta contra la separación entre Estado e Iglesias y recordamos que es deber del Estado garantizar la ética laica como sustento del quehacer público y el ordenamiento jurídico.

La diputada Hernández, en una evidente molestia por los derechos conquistados de matrimonio igualitario y libertad de adopción, ha dicho que “la ley colombiana ya les dio [a la comunidad LGBTI] unos derechos,que además ya son privilegios”. Al particular los asociaciones de ateos de Colombia hacemos saber que el reconocimiento de derechos a las minorías no es un obsequio, sino el desarrollo jurisprudencial propio de un estado laico y social de derecho. Por demás, denunciamos que quienes gozan de privilegios excesivos son las iglesias, quienes no pagan impuesto alguno ni declaran renta.

Por último, apoyamos la decisión del Ministerio de Educación de revisar los manuales de convivencia a fin de detener la discriminación de jóvenes LGBTI y estaremos atentos de denunciar aquellos casos en los que se vulneren los derechos de las minorías sexuales.

Firmantes:

Corporación Bogotana para el Avance de la Razón y el Laicismo
Asociación Antioqueña de Librepensadores, Agnósticos y Ateos
Asociación de Ateos de Bogotá
Asociación de Ateos de Pereira


Viernes, 22 de Julio de 2016

Turquía pierde libertades con un islamista en el poder

Turquia, uno de los pocos países en el mundo musulmán que mantiene la laicidad como un pilar constitucional. No obstante, esta y las libertades civiles en general, se han visto afectado por su presidente Recep Tayyip ErdoÄŸan quien tras el fallido golpe de estado del pasado 15 de Julio ha arreciado contra las voces disidentes acentuado la represión ya en marcha.

Erdogan estudia restablecer la pena de muerte, mientras realiza una purga en la que ha expulsado a cerca de 3.000 jueces, 36.000 profesores, fiscales, más de 1.500 decanos de facultad, además de 1.500 funcionarios del Ministerio de Finanzas y prohibido cerca de 20 medios de comunicación. 

Textos de @Juliamadeo publicados en Dos Manzanas.com

El pasado islamista de Ergogan

La relación de ErdoÄŸan con la justicia no siempre ha sido muy buena que digamos y, como dice el refranero popular, “donde las dan, las toman”. El actual presidente turco, que lleva más de dos décadas en la primera línea política, fue condenado a prisión por “intolerancia religiosa”, después de pronunciar una conferencia en la ciudad anatolia de Siirt. Corría 1998 y se le acusó de violar el artículo 312/2 del Código Penal, que castiga la “incitación a la enemistad por razón de clase, raza, religión, sexo o diferencias regionales”.

ErdoÄŸan leyó un “poema” de carácter islamista y nacionalista de Ziya Goekalp en el que se asegura que â€œla democracia es solo el tren sobre el que subimos para alcanzar el objetivo. Las mezquitas son nuestros cuarteles, los minaretes son nuestras bayonetas, las cúpulas nuestros cascos, los creyentes nuestros soldados”. Entonces se encontraba al frente de la alcaldía de Estambul (un cargo que ostentó entre 1994 y 1998) y se le prohibió ocupar cualquier puesto en la administración pública durante varios años.

Las mujeres en el plan de Alá


Tan solo hay que remontarse al mes de junio para recuperar las declaraciones machistas del presidente turco, en las que calificaba a las mujeres sin hijos como“deficientes” e “incompletas”. En palabras del presidente turco, “rechazar la maternidad significa renunciar a la humanidad”. Asimismo, considera que la legitimidad de la mujer para desarrollar sus propias carreras no debería ser un“obstáculo” para tener hijos. “Al menos tres”, añadió.

No menos llamativas fueron sus palabras del pasado mes de marzo sobre el uso del preservativo: “nadie puede interferir en la obra de Dios. El primer deber aquí pertenece a las madres”. Ninguna familia musulmana, siguiendo su discurso, debería someterse a la planificación familiar. Anteriormente ya había espetado que el condón es una “traición” a la Patria y al Islam. La lista completa de exabruptos y salidas de tono excede las posibilidades de este artículo.


Casualidad o no, únicamente una mujer se encuentra al frente de un ministerio actualmente en Turquía: Fatma Betül Sayan Kaya. Su cartera es la de Familia y Políticas Sociales.



LGBTI turcos oprimidos y discriminados

Represión violenta de la marcha del orgullo gay 2015 en Estambul
Imagen HSB Noticias
La violenta represión del Orgullo Trans y el Orgullo LGTB de Estambul este año, desgraciadamente, no es la única. En 2015, por ejemplo, se volvieron a repetir laslamentables escenas de violencia policial exagerada contra los manifestantes, así como detenciones arbitrarias y difícilmente justificables. Según los organizadores del Orgullo, la marcha fue “prohibida de repente por la oficina del Gobernador de Estambul a causa del mes de Ramadán sin ningún aviso”. Pero este deterioro de las libertades sociales del colectivo LGTB se ha intensificado en los últimos años.

Otra de las extrañas coincidencias es que las prohibiciones, las dificultades y la represión contra la comunidad LGTB se hiciera más evidente tras la exitosa manifestación del Orgullo de Estambul de 2013, en la que participaron unas 15.000 personas. Ese año, la marcha del Orgullo LGTB de la metrópoli turca coincidía con las grandes movilizaciones populares contra el Gobierno de Recep Tayyip Erdoğan, en las que el colectivo LGTB jugó un papel relevante.

Pero el ninguneo político de los afines de Erdogan viene de antes. En 2012 se oponían a la inclusión de una mención explícita en la nueva Constitución de Turquía a la orientación sexual y a la identidad de género en el artículo referido a la igualdad. Así lo habían solicitado dos partidos de la oposición, el Partido de la Paz y de la Democracia (BDP) y el Partido Republicano del Pueblo (CHP). Un diputado del partido de Erdogan dijo entonces que “no consideramos correcto incluir una mención expresa a los homosexuales en ninguna parte de la Constitución”.

En 2011 Amnistía Internacional hizo público un informe en el que acusaba a las autoridades turcas de no actuar contra el acoso, la violencia y la discriminación de las personas LGTB. Todo ello por no hablar de los asesinatos y los delitos de odio LGTBfóbico, a menudo ignorados o minimizados por el Gobierno y por la policía. Sirva de ejemplo el fallecimiento de una mujer trans en Estambul, tras ser brutalmente agredida por la policía en 2013.

Pero esas mismas autoridades también han tenido que asumir políticas igualitarias en materias que se negaban a implementar. En marzo de 2015, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) dictaminó que el requisito de infertilidad permanente vinculado a una cirugía de reasignación de género, que pretendía imponer Turquía, es una “violación del derecho a la intimidad”, garantizado por el artículo 8 de la Convención Europea de Derechos Humanos.
Jueves, 30 de Junio de 2016

Neutralidad religiosa es igualdad: Ateos colombianos

Diferentes ONG colombianas, incluyendo dos organizaciones de ateos, solicitan a la Corte Constitucional de Colombia que se retire el crucifijo de su Sala plena para garantizar la neutralidad estatal en asuntos religiosos.

En el mes pasado un funcionario de la Corte Constitucional, Juan Sebastián Vega, abogado sustanciador del despacho del vicepresidente de la Corte Constitucional, elevó una petición para remover el crucifijo “con el fin de garantizar el deber de proteger los derechos fundamentales de los funcionarios de la Corte Constitucional que profesamos una religión diferente a la católica”.

Vega se preguntó la razón por la que la Sala donde se deliberan las decisiones más importantes del país posee el símbolo de la Iglesia Católica. A su derecho de petición la Corte respondió que el crucifijo se quedaría considerando que retirarlo sería un ataque contra los magistrados y funcionarios de la Corte que profesan la fe católica. Tres magistrados votaron a favor de ser retirado y seis porque se quedase.

Inmediatamente conocida la decisión el prestigioso abogado Ramiro Bejarano le pidió a la misma sala que entonces pusiese los símbolos de otros credos, incluyendo la masonería. Organizaciones como la Asociación de Ateos de Bogotá, la Corporación Bogotá Atea, Católicas por el Derecho a Decidir, la Asociación Líderes en Acción y el Colectivo Soridad, Ecumenismo y Democracia se han unido en la petición que se retire el crucifijo en aras de garantizar la laicidad estatal.

"Los crucifijos tienen lugar en las iglesias, conventos y casas curales, pero en una entidad estatal, no queda bien que se presente un símbolo que claramente es identificador de una confesión religiosa. Tal cosa indica la preferencia de una cosmovisión por encima de las demás y esto no se puede hacer en un Estado laico." señaló Helman Jímenez de la Asociación de Ateos de Bogotá.

Curiosamente, otros grupos ciudadanos han planteado otra idea: ¡Qué se pongan otros símbolos religiosos!. Un ciudadano hinduista peticionó que se le permitiese poner la imagen del dios Krishna al lado del crucifijo, y un ciudadano que se identifica como indígena muísca pidió que se le permita poner una imagen de la diosa Bachué junto al símbolo católico. Un pastafari también solicitó la inclusión del dios Monesvol. Según este último "no es posible decir que Colombia es un Estado pluricultural y poner sólo un símbolo religioso. O todos o ninguno".

Este caso evoca ligeramente la "guerra de los monumentos de Oklahoma" en donde hinduistas, pastafaris y satanistas decicieron donar imágenes de sus deidades al Capitolio estatal tras la puesta en su entrada de un monumento a los Diez Mandamientos bìblicos. En esa ocasión American Atheists peticionó el retiro de la imagen. Al final una decisión judicial le dio la razón a estos últimos.

En el caso colombiano diferentes ONG han convocado a un plantón. Pueden conocer su comunicado de prensa dando click aquí.
Lunes, 16 de Mayo de 2016

Entrevista al profesor acosado por ser ateo

Hace poco compartimos la noticia de que un docente oficial de filosofía en Colombia era objeto de una solicitud de censura nacida en el púlpito de una iglesia católica. Padres que se sentían heridos en su fe por una cátedra libre a sus hijos fueron donde el sacerdote donde se gestó un misiva al colegio Simón Bólivar.

Los padres más fervientemente católicos y algunos directivos docentes pedían que el maestro no comentara jamás que era ateo y que no hiciese "proselitismo ateo". Curiosamente el proselitismo se evidenció en el lado católico, al mostrarse que el colegio pide este mes de mayo suspender clases cada día hacer rezos a la virgen, permitir que sacerdotes entren a la institución pública a entusiasmar a los estudiantes a seguir una carrera sacerdotal, además de varias imágenes católicas en la institución.

Varias ONG de Colombia, como la Asociación de Ateos de Pereira, la de Bogotá, Antioquia y Bogotá Atea, dirigieron derechos de petición al Ministerio de Educación Nacional, a la Secretaría de Educación del Huila y al mismo colegio para que cese todo intento de censura y posible discriminación.

Ver también "Carta abierta al docente Miguel Trujillo, en Garzón Huila"

Lunes, 28 de Diciembre de 2015

Ateos paisas logran poner freno a iglesia sin licencia

Sede de la Escuela Bíblica Católica Yeshu'a
construida contraviniendo las normas de la
ciudad de Medellín.
En una acción sin precedentes se ha logrado revocar la licencia de construcción a una iglesia carismática católica e imponer una multa por construir en una zona residencial saltándose todas las normas urbanísticas. Tras este logro se encuentran los vecinos del sector y la Asociación de ateos y libreprensadores de Antioquia.

Esta historia ocurrió en Medellín, Colombia e involucró tres años de lucha. Todo empezó cuando el líder religioso, llamado Oscar Henao, pidió licencia para una vivienda unifamiliar pero en realidad construyó la Escuela Bíblica Católica Yeshua en una zona residencial. Esto trajo incomodidades por el ruido y la afluencia vehicular. Además, que esta iglesia por su naturaleza carismática generaba gran cantidad de ruido que empezó a incomodar a los vecinos.

Curiosamente, y en contra vía con el plan de ordenamiento territorial POT, la Curaduría # 1 de Medellín dio licencia de construcción, lo cual puso en alerta a muchos vecinos y activistas ateos.

La estrategia del líder Henao consistió en pedir una licencia para un predio contiguo, llamado "escuela bíblica" y englobarlo con el edificio inicial, de mayor altura y ya en funcionamiento.

Los mandos medios de la administración municipal buscaron dilatar o enredar el proceso. No pocos feligreses alegaban que el derecho al culto les autorizaba a hacer sus actividades sin tener que respetar las normas de uso del suelo y emisión de ruidos.

Según los planes presentados por el líder religioso estos son los garajes
para una vivienda unifamiliar.
El demostrar que hubo irregularidades en el otorgamiento de esta licencia tomó tres años de arduo trabajo a los vecinos y activistas ateos.

Por otra parte, los activistas y vecinos también fueron testigos de como el antejardín del predio se convirtió en un parqueadero para motos de los feligreses que terminó comprometiendo el paso por la acera (o vereda como llaman en Perú y Argentina) lo que generó otra acción por invasión del espacio público.

Antejardín convertido en parquedero de motos.
Esta falta fue cometida por la Escuela Bíblica Católica Yeshua.
Finalmente se alcanzaron tres logros muy importantes a saber:
1. La iglesia tuvo que devolver el espacio público tomado como parqueadero de motos y regresarlo a césped.
2.  Se logró la derogación de la licencia de construcción irregularmente obtenida para la escuela bíblica. La Oficina de Planeación, en una segunda instancia, se ratificó en la derogación. 
3. Se impuso una multa de $193.305.000 pesos colombianos (60,941 dólares o 55,590 euros) al líder religioso por construir sin la licencia correspondiente.  O que se adecue a la licencia inicial (casa unifamiliar de cuatro pisos) y si no hace lo uno o lo otro habría demolición del mismo.

Este caso es un ejemplo importante para el país, donde las iglesias se pasan por la faja las normas urbanísticas.

Zona de ante jardín restaurada tras la queja de ateos paisas y los vecinos de la Escuela bíblica Yeshua.
Cabe añadir que en Colombia, la Corte Constitucional ya ha dicho que la libertad de cultos no es un derecho absoluto, por lo que las iglesias deben respetar las normas de emisión de ruidos, así como las de uso del suelo.



Eco en Bogotá

En el caso ya seguido por este blog, de la invasión del Padre Chucho a un parque público de la ciudad, cabe mencionar que se la administración local de Kennedy y el Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte (IDRD) se han ratificado que los parques son para jugar y no para misas masivas.

A pesar de esto los feligreses, y con la anuencia de algunos miembros de la defensa civil lograron acordonar el parque el 13 de diciembre para una misa campal. No obstante, la presión de la Corporación Bogotana para el Avance de la Razón y el Laicismo, ha mantenido que su causa se enmarca en la defensa de la norma y que por más famoso que sea el padre Chucho y sus misas, se debe respetar la ley.

Cerramiento de parque el 13 de diciembre de 2015 para misa
a pesar de que los feligreses de Chucho sabían de
la negativa distrital para tales eventos.

El caso de Castilla en Bogotá es el segundo de recuperación de espacio público por parte de misas en espacio público. El primer caso exitoso se logró en Torres de Modelia 1 y 2 en el que un sacerdote, también de la Diócesis de Fontibón, se había tomado un parqueadero público para los ritos religiosos propios del catolicismo. 

Jueves, 26 de noviembre de 2015

Audiencia sobre Estado Laico

Por primera vez se llevó a cabo un foro público sobre laicismo en el Congreso de Colombia.

La representante Angélica Lozano convocó a ciudadanos del común, entidades del Estado y representantes de las iglesias a hablar sobre laicismo y libertad de cultos.

La Procuraduría General de la Nación y la oficina de Asuntos Religiosos del Ministerio del Interior argumentaron que Colombia no es un estado Laico, sino uno acofensional. También hubo representación de las mujeres por parte de la organización Católicas por el Derecho a Decidir.

Temas como aborto, eutanasia, derechos LGBTI, normas para el culto (parqueo y emisiones de ruido) salieron en múltiples intervenciones.

Les queremos compartir la intervención de Bogotá Atea en este foro:

LA NECESIDAD DEL LAICISMO EN COLOMBIA
Por: Ferney Yesyd Rodríguez –Bogotá Atea.

Buenos días a todos los presentes. Es un honor poder participar en este foro. Quiero agradecer muy especialmente a la Representante Angélica Lozano por la organización de esta primera audiencia pública sobre laicismo en el Congreso de la República.

Se esperaría que un tema tan importante como el laicismo para un Estado social de derecho sea entendido por sus funcionarios públicos. No obstante, esto no es así en Colombia. Daré unos pocos ejemplos que ilustran esta desinformación. Por ejemplo el exsenador por el Partido de la U Charles Schultz y ahora director de Confederación Colombiana de Libertad Religiosa, Conciencia y Culto (CONFELIREC), ha afirmado en varios escenarios que Colombia no es un Estado laico, sino uno aconfesional, por el hecho de mencionar la protección de dios en el preámbulo de la Constitución. En otro caso, en mayo del 2013 se pudieron ver en la Plaza de Bolívar varias pancartas que decían “El Estado es laico, no ateo” La manifestación era de cristianos evangélicos que se oponían al matrimonio de parejas del mismo sexo. Los mensajes de este plantón fueron organizados por políticos como Clara Lucía Sandoval y Marco Fidel Ramírez. Otro ejemplo es la declaración de Ilva Miriam Hoyos, actual procuradora para la infancia y la adolescencia, quien en un foro en España en 2004, uno similar a este, sobre laicismo y libertad religiosa afirmó que “La laicidad es un hecho peligroso.”

Los anteriores ejemplos nos muestran qué es necesario aclarar qué es y que no es el laicismo, así como su importancia en una sociedad democrática, plural y libre. Quiero dejar claro que Colombia si esun estado laico. Esto lo ratificó la Corte Constitucional en la sentencia C-350de 1994 en la que se declaró inconstitucional la consagración de Colombia al Sagrado Corazón de Jesús. Esta naturaleza laica significa la separación de la política y la religión, la separación del Estado y las iglesias, incluso de la religión que estémás extendida. Esto no quiere decir que el Estado sea ateo, significa que el Estado es neutral frente a toda confesión de fe, no exalta, favorece o promueve a ninguna de ellas o a un grupo de ellas. En ese ambiente de neutralidad estatal es posible practicar y profesar cualquier fe, o no tener una, sin que el Estado intervenga a favor de una cosmovisión o una visión moral particular.

El sociólogo francés Jean Baubérot ha explicado que el laicismo tiene tres condiciones, a saber:

(1) El respeto a la libertad de conciencia y de convicción;
(2) La autonomía de las instituciones del Estado frente a las de la religión, y viceversa; y
(3) La igualdad de las religiones y de las convicciones individuales y colectivas.

Ya teniendo claro que Colombia es un Estado laico y que por lo tanto el Estado debe ser neutral, debo llamar la atención al hecho de que esta neutralidad se viola en muchas instituciones de nuestro país. Señalaré cuatro campos con tareas incumplidas en cuanto a la laicidad estatal.

El primer campo es el simbólico. Es importante recalcar que el Estado con sus acciones está exaltando las convicciones de un grupo de ciudadanos sobre las de los demás. En actos públicos en los que se privilegia un rito, un clérigo o una simbología religiosa se está mandando el mensaje a la ciudadanía de que hay un culto que tiene privilegios en el Estado. Si miramos, por ejemplo, la realización del Te Deum, en el día de la independencia, un rito de naturaleza católica y que tiene la asistencia del Presidente de la República y los más altos dignatarios del Estado, se está justamente exaltando desde lo público, desde lo gubernamental a la Iglesia Católica, por encima de las demás religiones y cosmovisiones. Actos como estos, nos muestran que aún Colombia debe entender que ya no estamos en la Constitución de 1886 que consagraba al catolicismo como la religión oficial. Ahora, esto no solo ocurre con los Te Deums de cada año, sino también en actos de posesión presidencial y a nivel municipal en cientos pueblos de Colombia.

Este año tuvimos un caso muy particular en la Policía Nacional. El día de la Virgen del Carmen se vistieron los carros, camionetas y buses de la Policía con banderas de la Virgen, con globos blancos y azules, se montó una imagen de la Virgen, se hizo procesión y las fotografías luego compartidas por redes sociales.

El mensaje dado a la ciudadanía, nuevamente fue que el Estado tiene en una primera categoría al culto católico, sobre las demás creencias. Aquí no hay neutralidad alguna. En la Carta magna se establece que todos los cultos son iguales ante la ley, pero en la práctica el catolicismo sigue teniendo privilegios de todo tipo.

El Coronel Henry Armando Sanabria, subdirector de Sanidad de la Policía Nacional al preguntársele por la presencia de la imagen de una Virgen en el edificio de la DISAN nos respondió justificando la presencia de estas imágenes:

“Sugiero revisar la doctrina de las iglesias ortodoxa, copta, armenia, algunas sectas protestantes como el luteranismo y la religión islámica, la cual profesa un especial celo y amor por la Virgen María, a quien el profeta Mahoma consideraba superior a su hija Fátima”.

Ahora, quiero plantear hipotéticamente si la Policía Nacional estaría igualmente dispuesta a hacer una procesión ya no con la imagen de la Virgen, sino con la de Krishna o una representación de la Pacha Mama, o de Monesvol.  O si permitiría en su Dirección de Sanidad poner símbolos de otras religiones junto a la enorme cruz erigida con miras a la calle 50.

Por otra parte cabe preguntarse ¿qué necesidad tiene la Policía Nacional de unirse a una procesión religiosa? ¿Hace eso parte de sus funciones? ¿Es tarea de la Dirección de Sanidad de la Policía Nacional construir altares y cruces gigantes en los predios de su sede?

Al respecto  la Corte Constitucional ha sido clara sobre las actividades estatales:

“La neutralidad estatal comporta que las actividades públicas no tengan fundamento, sentido u orientación determinada por religión alguna –en cuanto confesión o institución-, de manera que las funciones del Estado sean ajenas a fundamentos de naturaleza confesional. En este sentido, la igualdad no se logra motivando las funciones estatales con base en intereses de todas las religiones por igual –algo, por demás, de imposible realización en la práctica-, pues esta pretendida igualdad, en cuanto vincula motivos religiosos en las actividades estatales, sería diametralmente contraria al principio de secularidad que resulta ser el núcleo del concepto de laicidad estatal y, de su concreción, el principio de neutralidad”.

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El segundo campo con tareas pendientes es el educativo estatal. En el caso de colegios públicos se tiene que la asignatura de religión, la cual es un área obligatoria por la ley 115 de 1994, está siendo usada en no pocas instituciones públicas para promover o favorecer el catolicismo. Por ejemplo en “Plan de Estudios de las Instituciones Educativas del Municipio de Sabaneta” se puede leer:

“Es de resaltar que se desarrollan contenidos, según la estructura conceptual de los programas curriculares que presenta la Conferencia Episcopal Colombiana. En dichos contenidos del área, se hace un recorrido del ser humano por el mundo, de la relación con Dios, del encuentro con su palabra”

Entiéndase por “su palabra” como la Biblia, la cual es enseñada como verdad incuestionable.
En los estándares de grado cuarto de primaria se puede leer: “Relaciona la vocación y misión de la Virgen María con la de Jesucristo” Este otro estándar está señalado para el grado sexto “Da razones por las cuales Jesús es a la vez Dios y Hombre”.  Y este otro en noveno: “Utiliza las enseñanzas bíblicas en la vida cotidiana y las conversaciones sobre temas morales.”

Este documento lo pueden encontrar en Internet. Y como este caso, hay muchos colegios por todo el país en los que las clases de religión son usadas para promover el catolicismo o el cristianismo en una presentación del catolicismo + protestantismo. Estas acciones unidas a otras como abrir espacios para la preparación de la primera comunión o la confirmación no van en línea con la neutralidad que debe tener el Estado frente a toda religión.

Colegio público de la ciudad de Bucaramanga
en el que se tienen logros como
"acepta a Jesucristo como su salvador personal".
Un caso actual se está dando en el Instituto Técnico Superior Dámaso Zapata de la ciudad de Bucaramanga. Este colegio público afirma que es un colegio de naturaleza católica por haber sido administrado hasta hace poco por los hermanos lasallistas. En esta institución un estudiante ateo de bachillerato ha tenido dificultades por no ingresar a la clase de religión. El chico no desea entrar porque los logros están orientados a aceptar doctrinas teológicas. Por ejemplo un logro para el grado cuarto de primaria en ese colegio es “Reconoce a Jesucristo como su salvador personal”El estudiante decidió no volver ingresar a la clase amparándose en el artículo 68 de la Constitución que dice que“En los establecimientos del Estado ninguna persona podrá ser obligada a recibir educación religiosa”. No obstante, en este momento el estudiante ha sido llamado a habilitar la asignatura de religión por no alcanzar sus logros.

Cuaderno de estudiante de grado sexto del Colegio
Público Dámaso Zapata. Nótese como el
profesor busca que los estudiantes acepten el creacionismo.
El área de religión, que en muchos países con tradición laica como Francia o Uruguay no existe en el pensum, no puede ser un espacio para adoctrinar. Debe ser un espacio para presentar todas las religiones y la opción de la no creencia de manera libre, igualitaria y sin buscar proselitismo o favorecimiento religioso alguno.

Otro aspecto en lo educativo es la presencia de símbolos que favorecen o dan el mensaje de primera categoría al culto católico, como la presencia de vírgenes, cristos, crucifijos en los planteles oficiales y la realización de misas en los espacios y horas de clase.

Por otra parte, no son pocos los estudiantes y docentes no religiosos, sean estos agnósticos y ateos y también creyentes no vinculados a ninguna iglesia, que nos han manifestado actuaciones discriminatorias por parte de directivas escolares. Por ejemplo, un docente del municipio de Colombia en el Huila nos manifestó que debe mantener sus opiniones en silencio por temor de ser afectado en su evaluación de desempeño y contó que varios padres evangélicos han solicitado al docente de biología de esa institución que no enseñe la evolución por afectar, según ellos, las convicciones religiosas de un gran número de estudiantes.

En todos estos casos, es necesario recordar la sentencia C-350 de 1994 en la que se dice:

“El carácter más extendido de una determinada religión no implica que ésta pueda recibir un tratamiento privilegiado de parte del Estado, por cuanto la Constitución de 1991 ha conferido igual valor jurídico a todas las confesiones religiosas, independientemente de la cantidad de creyentes que éstas tengan.”

“No puede ser el papel del Estado promocionar, patrocinar, impulsar, favorecer o realizar cualquier actividad de incentivo respecto de cualquier confesión religiosa que se practique en su territorio.”
Aquí hay un trabajo muy importante por realizar por parte del Ministerio de Educación Nacional y el Legislativo colombiano.

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El tercer campo con tareas pendientes es el de los debates legislativos que incluyen temas morales.
Recordemos que el Estado está para todos los ciudadanos, sin importar su creencia, sexo, orientación sexual o condición física. Por eso el Estado debe analizar las realidades sociales y materializar el derecho de la igualdad para todos los ciudadanos sin que se imponer dogmas religiosos en cuestiones civiles.

En este punto citar al abogado y docente Rodolfo Mantilla Jácome quien dice:

“El Laicismo se soporta sobre la plataforma amplia y generosa de la tolerancia, lo que significa que es uno de los más importantes instrumentos de convivencia pacífica entre los seres humanos. Esta precisión es necesario hacerla para expresar la naturaleza y significado del laicismo, que pregona la posibilidad cierta de que todos los seres humanos puedan vivir en común, sin exclusiones, persecuciones ni marginamientos, sin importar sus creencias religiosas o planteamientos filosóficos, en un Estado que cultiva una moral sin dogma”.

Justamente esta moral sin dogma o sin signo religioso o denominacional alguno es lo que debe primar en los análisis de temas como la interrupción voluntaria del embarazo, la eutanasia, la legalización de la marihuana, el matrimonio entre parejas del mismo sexo y la adopción homoparental, entre otros.

Los datos científicos y un análisis desde el punto de vista de los derechos humanos y de la salud,son los que deben guiar la discusión de los temas ya planteados. Pero infortunadamente, tenemos a muchos funcionarios públicos queriendo legislar con el catecismo o con el libro del Levítico de la Biblia antes que con la Constitución Nacional.

Por esto es lamentable, tremendamente lamentable, que la Procuraduría General de la Nación haya creado listados de mujeres que buscan abortar o lo han solicitado, listados de parejas del mismo sexo que desean casarse para enviar a un delegado judicial para impedir sus bodas. Esto es inaudito: ¡que la entidad encargada por velar por los derechos de los ciudadanos sea la primera en buscar anular matrimonios civiles!, óigase bien, civiles no religiosos, en lugar de proteger sus libres y autónomas decisiones es inadmisible. La Procuraduría en cabeza de Alejandro Ordoñez, con Andrés Balcázar e Ilva Myriam Hoyos, quien dijo que “la laicidad es un hecho peligroso”, han llevado a esta institución ser más cercana a un tribunal de inquisición que del ente defensor de los derechos de todos los ciudadanos.

Sentencia tras sentencia de la Corte Constitucional en materia de aborto, de matrimonio igualitario, adopción homoparental han sido objeto de solicitud de nulidad por parte de laProcuraduría. De la acción inquisitorial del ministerio Público no se salvó ni la sentencia que pidió honrar la memoria de Sergio Urrego, el chico conducido al suicidio por el acoso de las directivas de su colegio católico por ser homosexual, ateo y anarquista. El Procurador General explicó su acción de nulidad diciendo que  “Es un atentado contra el derecho que tienen los colegios que han optado por una doctrina o concepción de vida y eso está protegido por la Constitución” También  dijo que “la Corte Constitucional está imponiendo como política de estado la ideología de género para adoctrinar a nuestros hijos, eso es un aspecto que no puede pasar impune”.

Pero aquí la única imposición es la del Procurador y su guardia pretoriana, que no entienden o no quieren aceptar la laicidad del Estado colombiano. El matrimonio homosexual o el aborto no serán obligatorios para todos los colombianos. Serán decisiones libres y consientes, en los términos establecidos por la Honorable Corte Constitucional, para los ciudadanos que así lo determinen. Lo contrario, imponer un modelo de familia o proteger solo uno de ellos, u obligar llevar a término un embarazo en circunstancias de grave malformación fetal, riesgo de vida de la madre o violación es una imposición, que es más propia de un credo fundamentalista y ortodoxo que de un estado libre, plural, y laico.

Quienes no entienden la separación entre Estado e iglesias buscan ahora referendos para poner en consideración las oportunidades de minorías, hablan ahora de objeción de conciencia institucional para evitar cumplir con el fallo sobre despenalización parcial del aborto y buscan alianzas entre diferentes credos para mantener el prejuicio y la discriminación hacia gays, lesbianas, bisexuales, transexuales e intersexuales.
Por esto no es de extrañar que sean precisamente los líderes políticos venidos de las iglesias, como la senadora Viviane Morales, Marco Fidel Ramírez, Clara Lucía Sandoval, entre otros, quienes proponen o impulsan el referendo para evitar que parejas del mismo sexo puedan adoptar menores abandonados. No entienden o quizá, no desean comprender, que en una democracia no se puede aplastar a las minorías poniendo a consideración sus derechos. De ser así, hoy no habría libertad de cultos, ni voto femenino. En 1864 el Papa Pío IX condenó los 80 errores modernos. Entre esos estaba la libertad de cultos, la de prensa, el matrimonio civil, entre otros. Si estas libertades hubieran sido puestas a consideración por referendo aún viviríamos con poquísimas libertades.

El laicismo implica alejar los moralismos religiosos de todo dogma religioso. Por un momento consideren cómo reaccionarían si en un hospital público empezaran a negar transfusiones de sangre porque los testigos de Jehová consideran esta práctica como inmoral. La diversidad y subjetividad de las morales religiosas conllevan a que el Estado deba optar por la neutralidad y aceptar tan solo la evidencia científica al analizar casos como los anterioremente mencionados.

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El cuarto aspecto con tareas pendientes en el laicismo es el presupuestal.

Se ha dicho que el líder de la Iglesia Católica vendrá a Colombia y en su visita se destinarán dineros públicos. Algunos funcionarios del Estado han justificado este gasto del erario diciendo que es por la paz de Colombia, que Francisco vendrá a orar por la paz. En ese orden de ideas, ¿no deberían traer al país también para orar por la paz al Presidente de los mormones, al de los adventistas, al Dalái Lama o al fundador del pastafarismo.? ¿Por qué desde los actos simbólicos se sigue privilegiando, exaltando y colocando en primer rango al catolicismo?

En muchos municipios se destinan dineros públicos para la celebración de la Virgen del Carmen, hacer novenas, rosarios y misas. Cada vez son más las ciudades que desde sus concejos municipales aprueban festivales de música góspel, que son aprobados como género musical, pero que en realidad son festivales de música de contenido evangélico en el que sus grupos y letras deben obedecer a la doctrina evangélica.

55.000 millones de pesos se gastaron en una imagen de Jesucristo
en el Departamento de Santander.
La megaobra consumió la mayor parte de los recursos de las regalías
del petróleo cuando el precio era superior a los 100 dólares por barril.
Con dineros públicos se pagan capellanes católicos, como el de la Universidad Nacional o se hacen descuentos por derecha, sin autorización previa de los militares para mantener una Vicaría castrense.
La neutralidad estatal implica que no se pueden destinar dineros públicos para realizar actos religiosos de ninguna iglesia. No importa si son actos de alabanza con música góspel o Te Deums católicos. El estado, sus instituciones y funcionarios deben tener en cuenta que los recursos públicos deben tener un destino diferente al de sostener o promover cultos.

En este punto voy a hacer una analogía. Cuando a un buen estudiante se le otorga una beca se le está recompensando económicamente y a la vez exaltando frente a sus pares. Una beca es una exención de pagos. Pues bien, las iglesias tienen exención de impuestos y de declaración de renta. De esta manera el Estado las está privilegiando económicamente.  Esta exención ha llevado a que las solicitudes de personerías jurídicas para las iglesias sean en promedio una diaria y el patrimonio de las Iglesias sobrepasa ya los 9,7 billones (millones de millones) de pesos.

En un país donde cada año se reducen los fondos para la ciencia y la cultura debería pensarse si con la exención de impuestos a las iglesias se está privilegiando la actividad religiosa sobre otras actividades como las científicas y las culturales.

Para el 2016 los Ministerios de Ambiente y Cultura, y Colciencias, recibirán un 20% menos de recursos respecto al 2015. Ciudades como Bogotá carecen de un Museo de Historia Natural mientras que capitales como Buenos Aires o México D.F. lo tienen. Es importante la necesidad de que todas las iglesias presenten declaraciones de ingresos y que paguen impuestos para subsidiar campos desamparados y cenicientas del Estado como la ciencia, la cultura y la protección ambiental.

El debate de levantar la exención de impuestos a las iglesias se ha iniciado en España y los Estados Unidos. Incluso en este último país, se pierde la exención cuando una iglesia entra en actividad proselitista política, ya que raya con el imperativo constitucional de separación entre Iglesias y Estado. Aquí en Colombia tenemos varias iglesias que usan el púlpito para impulsar a candidatos propios y extraños, sin que esto genere mayor sobresalto.

La religión es una cuestión individual, no del Estado, así que cada creyente debe estar en la obligación de sostener su credo, sin que privilegios fiscales terminen haciendo que los cultos sean ayudados indirectamente por todos los ciudadanos.

Quiero concluir diciendo que el laicismo no es un elemento anexo o decorativo de una sociedad democrática y plural. Es un elemento esencial. La ausencia del laicismo es la ausencia de las libertades, de la razón misma para expresarse y vivir en un estado garante de las libertades.

Cada una de estas violaciones al laicismo (y todas las demás que no he mencionado) discriminan desde el Estado a los colombianos que no tenemos las mismas convicciones religiosas que el señor Procurador o la senadora Viviane Morales, ponen en una segunda categoría a quienes no seguimos la religión mayoritaria y atentan contra derechos civiles fundamentales de mujeres, sectores LGBTI, de ateos, agnósticos y minorías religiosas.¿Qué piensa hacer el Congreso para que se empiece a respetar el laicismo? Hay una deuda moral con la democracia.


Muchas gracias.
Sábado, 7 de noviembre de 2015

Padre Chucho: Entre las mentiras y la soberbia

El pasado domingo 18 de octubre una manifestación por la restitución del espacio público en Colombia terminó en agresiones. La noticia trascendió poco después cuando el famoso sacerdote católico Jesús Hernán Orjuela (padre Chucho) denunció que la secta "Testigos de Gokú" lo había agredido y venía a matarlo. Esto volvió la noticia viral. No obstante, la versión del sacerdote resulta tener graves inconsistencias con la realidad y lo deja muy mal parado ante la opinión pública.

Esta entrada presentará las declaraciones dadas por el padre a los medios de comunicación y lo contrastará con la evidencia.

1. Motivo de la manifestación

Padre Chucho: "Estábamos en la eucaristía, unidos al Sínodo, a las conclusiones del Papa Francisco con los niños, jóvenes, y de pronto en la consagración empezamos a oír agresiones contra el Papa, contra el Obispo, contra mi, y yo dije: Tranquilos. Invité a todos para que estuvieran  tranquilos" - Blu Radio - Octubre 20 - 09:02

Manifestantes [Del comunicado de Bogotá Atea]:  "La Asociación de Ateos de Bogotá y la Corporación Bogotana para el Avance de la Razón y el laicismo denuncian la invasión de un espacio público por parte del Sacerdote Jesús Orjuela “Chucho”.  Un grupo de activistas se manifestaron bajo el lema “Parques para jugar, Iglesias para rezar” en el parque Castilla.  

El parque Castilla ha sido utilizado para misas masivas por el Padre Chucho sin permiso, creando congestión vehicular, contaminación sonora, además de venirse realizando el cobro por sentarse en sillas plásticas en el espacio público ($1.000 por persona), a pesar que desde hace más dos años se le ha informado de tal irregularidad."




La evidencia: El inicio del plantón está registrado en un vídeo y se ve que es hecho en el parque, nunca en la iglesia. No hay gritos o arengas contra el Papa o el Obispo. La siguiente fotografía muestra la pancarta frontal del plantón.


De hecho, si observa con detalle se notará que la ubicación de los manifestantes es más cercana a la acera final del parque. Más cerca del parqueadero de la carrera 76 (derecha del mapa)  que de la tarima (carpa roja en el centro), ni porque decir que de la Iglesia Castilla (construcción de la izquierda).


Curiosamente la fotografía satelital fue tomada durante el fin de semana y muestra el parque siendo invadido por las sillas plásticas (puntos blancos en fila).

Y bueno, el vídeo...


Por otra parte no se escucha al padre a llamar a la calma, como lo afirmó en los micrófonos de Blu Radio.


2. ¿Conoció el Padre Chucho el motivo del plantón?

Padre Chucho: "Pero yo realmente no sabía que pasaba. Decían que le van a matar, que le van a hacer" - Caracol Noticias TV- 21 de octubre - 1:29 p.m.

Los manifestantes: Durante los hechos se puede escuchar al padre decir: "Nadie está por encima de nosotros y volveremos a llenar esto el siguiente domingo"

En otra parte se escucha decir: "Bajen esos carteles"

Es decir, ve los carteles, es una manifestación. No puede decir "no sabía que pasaba".

Análisis:  Los vídeos presentes no registran ninguna amenaza de muerte al sacerdote y se habla sobre las normas del espacio público (Ver primer vídeo).

Si el padre dice esto es porque ha leído la pancarta que dice: "Ninguna iglesia por encima de las leyes" Y si afirma que volverá a llenar el espacio es porque sabe que el plantón es por la restitución del parque para el uso legalmente consignado: recreación pasiva.


3. ¿Secta de Gokú?

Padre Chucho: "Son una secta. Testigos de Gokú. Que medicina legal los mandó a psiquiatría" - City Tv 20 de octubre - 8:52 p.m.

“No puedo afirmar que son satánicos, porque desconozco quienes son y por qué me quieren hacer daño. Estas personas dicen que el Dios de ellos viene del espacio, son ateos”. Vanguardia Liberal - 21 de octubre - 6:11 a.m.

Periodista de Blu: ¿Es una secta? Posiblemente sean un grupo de apóstatas como usted dice, pero que son organizados?
Padre Chucho: Son la secta de Kokú. Que el dios de ellos viene del espacio, que no es una masa como Jesús. Y uno de ellos se identifica como Kokú y venía con rasgos de Kokú.
Néstor Morales: ¿Secta de Kokú y Kokú estaba en la secta?.
Padre Chucho: Si, si, si.
Néstor Morales: Son unos muchachos ¿de que presentación, de qué forma?.
Padre Chucho: Venían de negro y uno de ellos venía totalmente de naranja, con azul en el pelo y con un muñequito de Kokú en el cuello y unos cinturones azules identificándose como Kokú.
Néstor Morales: Pero será Kokú o Gokú.
Padre Chucho: La verdad es que yo soy... yo ignoro lo de las sectas. Pero según la Fiscalía, de la investigación que han hecho, yo creo que es como tu dices Néstor.
Néstor Morales: Lo que pregunto es porque este personaje es de una serie de televisión animada que se llama Dragon Ball Z, padre, o no se sí están tomando del pelo por los uniformes o la manera de vestir o que sea una cosa en serio.
Padre Chucho: Es una cosa en serio. Le puedo pasar los vídeos con la Fiscalía donde dicen "apostatamos contra el Papa porque es un ser indeseable, utilizan la palabra más grotesca para el santo padre".
Néstor Morales: Pues el titular es entre trágico y cómico. Porque la secta, los testigos de Gokú, que estoy viendo aquí que así se llaman, repito de una serie de televisión, de dibujos animados, atacan al padre Chucho. Si no fuera porque el episodio fue dramático uno podría reírse de esto.


4.  Â¿Qué decían los manifestantes?

Entrevista Blu Radio
Padre Chucho: "Son expresiones demasiado fuertes"
Néstor Morales: No las podemos repetir. Entiendo.
Padre Chucho: Y en la investigación que están haciendo, yo desconozco, son personas que han apostatado de su fe, que van en contra de lo que dice el Papa Francisco, y los sacerdotes, que dizque porque bautizamos sin pedirle permiso a los niños. Entonces es una doctrina. [Lo interrumpe Néstor]

Según informes dados por el Padre Chucho, Colprensa redactó:

"Con odio en sus miradas, los miembros de la ‘Secta de Gokú’ ingresaron a la iglesia con arengas y carteles en los que insultaban a la iglesia católica, el papa Francisco y el mismo padre ‘Chucho’."

Los manifestantes manifiestan no haber dicho nada sobre el Papa, el obispo o algún dogma particular de la Iglesia Católica. "Ni siquiera se nos pasó por la mente  en ese momento el Papa o el catecismo. Nuestro lema era Parques para jugar, iglesias para rezar. Que el padre haga diez o veinte misas, pero adentro del templo, sin parlantes en las afueras que fastidien a los vecinos no creyentes, y sin que se haga invasión de la zona verde." Expresó Jorge Gonzalez, director de la ONG Bogotá Atea a este blog.


5. ¿Vio la cara del presunto agresor?

Padre Chucho: "De pronto lo que vi era que venía a alguien hacía el altar. Pero botando todo. Y en la cara se le veía una rabia, un odio. Es lo que vi. Vi a una persona tirada golpeada. Luego vi a un señor sangrando, los niños empezaron a llorar".

Esta fotografía es un pantallazo de uno de los vídeos del padre Chucho. Si se nota bien, es imposible que el padre pueda ver el rostro en detalle de alguien que está a 80 metros de su tarima.




6. ¿Enviados a psiquiatría? 

A City Tv el show-priest afirmó que Medicina Legal había mandado a los manifestantes a psiquiatría. Pues bien, si hubo un lesionado entre los manifestantes. este tuvo 15 días de incapacidad, pero a raíz de los puños y patadas de un grupo de fanáticos de la iglesia "amor misericordioso"

El afectado manifestó que los fanáticos le dijeron "Vamos a hablar con el padre en la casa cural". A lo qué accedió. Pero en el camino estos los desviaron hacía atrás de la tarima, donde no había aglomeración. Frente a esto, él se resistió y llegaron otros fanáticos que lo atacaron, generando las lesiones, e incluso afectando a otros asistentes de la misa invasiva del espacio público.

Otras situaciones preocupantes

El registro en la web muestra que el padre Jesús Orjuela ha incurrido en otras acciones ilegales tales como poner parlantes a las 4:00 a.m. a las afueras de las iglesia para las novenas de navidad. esto ocurrió en diciembre de 2013.

También, hay reportes de que el padre para facilitar su show taló los árboles existentes para poder poner su tarima. esta queja es del 2013 y fue hecha por Lorena Salamanca, una vecina del sector:

"Desde que llegó el Padre Chucho se apropió del parque de nuestro barrio, tumbó árboles y montó allí su tarima personal como si fuera el patio de su casa, el parque en el que otrora crecí ha dejado de estar al servicio de los niños en cualquier momento del día, para estar atiborrado de una multitud que parte dejando tras de sí un cumulo de basura"

(Ver: ¿Qué ocurrió realmente en el plantón contra el padre Chucho?)

Autoridades toman medidas

Las autoridades locales y distritales tomaron medidas a raíz del plantón, y lograron que el sacerdote firmara un acta en la que se compromete a no invadir el espacio público. No obstante, ante los medios de comunicación salió a decir que no haría sus misas afuera para evitar que sus grey fuera atacada.

A continuación las versiones en los medios:


Versión del Padre Chucho a Colprensa.


Versión de un noticiero independiente:
 
Miercoles, 26 de Agosto de 2015

La religión debe quedarse en el estricto dominio privado: Jean Leonetti

Jean Leonetti es un médico cardiólogo que ahora es alcalde de la ciudad de Antibes, al sur oriente de Francia. Su respuesta a los musulmanes que pedían que se retirara la carne de cerdo de los comedores escolares, ya que para su religión es un alimento inmundo, ha dado la vuelta al mundo. El mensaje ya tiene sus meses, pero es muy bueno.



Les dejo este maravilloso texto:

Los padres musulmanes exigen la supresión de la carne de cerdo en los comedores de las escuelas Antibes. El alcalde se ha negado por completo, y ha enviado una nota a todos los padres  para explicar el porqué.

  • Para que los musulmanes comprendan que deben adaptarse a Francia, a sus costumbres, a sus tradiciones, a su modo de vida, ya que son ellos los que han elegido emigrar.
  • Para que comprendan que deben integrarse y aprender a vivir bien en Francia.
  • Para que comprendan que son ellos los que deben modificar su modo de vida y no los franceses, que los han acogido generosamente.
  • Para que comprendan que los franceses no son xenófobos ni racistas, puesto que han aceptado a numerosos emigrantes musulmanes (al contrario que los musulmanes, que no aceptan a los extranjeros no musulmanes en sus paises).
  • Que los franceses, como otros muchos países, no piensan renunciar a su identidad, a su cultura, a pesar de los golpes de los internacionalistas.
  • Que si Francia es una tierra de acogida, no es la ministra Filippeti y el gobierno de izquierda quien acoge a los extranjeros, sino el pueblo francés en su conjunto.
  • Que comprendan, al fin, que en Francia, con, y no a pesar de, sus raíces judeo-cristianas, sus árboles de Navidad, sus iglesias, y sus fiestas religiosas, la religión debe quedarse en el estricto dominio privado, y la alcaldía tiene razón cuando rehusa todo compromiso al islam y a su religión (la sharia).
  • A los musulmanes, a los que molesta la laicidad y que no se encuentran bien en Francia, les recuerdo que existen 57 magníficos países musulmanes en el mundo, la mayoría de ellos medio poblados y dispuestos a recibirlos con los brazos abiertos para respetar la ley de la sharia.
  • Si habéis dejado vuestros países para venir a Francia y no para ir a otros países musulmanes, con vuestras mismas costumbres, es porque habéis considerado que la vida en Francia es mejor que en otros lugares.
  • Preguntaos sólo una vez: ¿Por qué se está mejor en Francia que en el lugar de donde venís?

Pues, en efecto el comedor con la carne de cerdo forma parte de la respuesta.
Martes, 11 de Agosto de 2015

Así fue el plantón al Bogotá Góspel

El 8 de agosto se realizó en Bogotá el sexto concierto de música cristiana carismática con dineros públicos. El primero realizado desde que el pasado 8 de marzo fuera establecido por el Concejo de Bogotá para celebrarse cada año.

El concierto tuvo la presencia de un grupo de ateos que se acercaron a pedir laicismo. En medio de miradas de perplejidad muchos cristianos y transeúntes vieron como se desplegó un cartel que decía: "Con dineros públicos nada de: imágenes religiosas, misas, templos, conciertos góspel, clases de religión y visitas papales"

"Jesús los ama" fue la frase que más se escuchó, como si la protesta fuera porque nos faltase amor. O como si el amor de Jesús justificase que se destinaran dineros públicos a canciones para alabar a Jesús en la plaza pública. Uno de los cristianos se acercó y decidió orar por nosotros. Algunos asistentes se acercaron a preguntar. "¿Qué es eso de Estado laico?"  Era la primera vez que escuchaban el término. Otros pocos transeúntes manifestaron su apoyo, "likes" con  pulgares reales. Y no faltó el turista extranjero que se escandalizó al saber que se destinaban dineros públicos "para cosas que pueden hacer en sus templos y con sus propios recursos. ¿Me están diciendo qué en este país destinan dineros públicos para cantarle a Jesús en la calle?" Dijo asombrado un turista europeo que se visitaba por primera vez Colombia.


¿Cómo se llegó a esto?


El formulario de inscripción al góspel del 2011 pedía a las bandas
indicar la iglesia a la que pertenecía. El del 2015 a la "comunidad góspel"
No obstante sus impulsores dicen que no es un evento de carácter religioso
sino cultural. 
Los conciertos góspel con dineros públicos son una iniciativa de los políticos venidos de las iglesias pentecostales y carismáticas, usualmente también pastores, que se ha extendido por toda Colombia.

En el caso de Bogotá la iniciativa vino de la mano de la pastora de la Misión Carismática Internacional Clara Lucía Sandoval, llegada a concejal de la ciudad. Ella hizo pasar el evento como cultural, aduciendo que así como hay rock y salsa al parque puede haber góspel.


Durante la tramitación se impidió a propósito la participación de los defensores de la laicidad. En esto fue clave el pastor Marco Fidel Ramírez quien presidió la sesión en la que se debatió el proyecto en primera instancia el 6 de diciembre de 2014. Tal como se tiene registrado en vídeo.

El mismo mudus operandi, de hacerlo pasar como cultural, pero al realizarse son los pastores los que seleccionan las bandas musicales, es lo que está ocurriendo en otras ciudades del país.


¿Qué diferencia hay entre este festival y otros como Rock al parque, que también reciben dineros públicos?

En el góspel las bandas son seleccionadas por un criterio religioso. No es posible una banda que cante alguien diferente a Jesús o con letras seculares. Los participantes deben tener el visto bueno de un pastor y letras evangelizadoras. Durante el evento se hace mención de versículos bíclios e invitaciones a cultos. A todas luces es violatorio del laicismo. (Ver video)


¿Es Colombia un estado Laico?
Si, la sentencia C-350 de 1994 así lo determina. La sentencia C- 766 indica que no es función del Estado hacer actividades públicas religiosas, ni siquiera si estas son de la religión mayoritaria, y que si se fuera dar un trato igualitario a todas las religiones sería algo sumamente impráctico. Por lo tanto, la no realización de eventos de naturaleza religiosa es lo más acorde a un Estado laico y plural.

¿Han servido los plantones?
Si. El plantón de Engativá Góspel del 2013 fue masivo y llevó a que el alcalde local decidiera no hacer conciertos carismáticos en el 2014 y 2015.
¿Y por qué no mejor demandar?

Ya hay una demanda en curso. El plantón es la manifestación física y presencial que hay ciudadanos que entienden y quieren un Estado Laico. La demanda fue instaurada por la Corporación Bogotana para el Avance de la razón el el laicismo.

Jueves, 16 de Julio de 2015

Pastores abuchean a ateo que pidió laicismo en Guatemala

El consultor Carlos Mendoza, miembro de la Asociación Guatemalteca de Humanistas Seculares, fue abucheado esta mañana en el Congreso por religiosos que llegaron a la entrega del proyecto de ley sobre enseñanza bíblica obligatoria en las escuelas.

"Necesitamos más recursos financieros y humanos para elevar el nivel de formación en idiomas, matemáticas y ciencias, pero estos grupos de evangélicos fundamentalistas quieren que el Estado les financie su agenda, como si fuera poco el subsidio que se les da por la vía de exención de impuestos a las más de 20 mil iglesias evangélicas autorizadas en el país, así como a la Iglesia Católica. Mientras tanto, nosotros seguiremos argumentando a favor de la educación laica." afirmó Carlos Mendoza.

Texto de La Hora

Mendoza explicó que la iniciativa de ley viola la Ley Nacional de Educación así como la Ley a la Integridad de los Niños y Adolescentes, donde se garantiza que la educación en el país debe ser laica.

En el video se escucha como los miembros de una iglesia evangélica le dicen a Mendoza “No hablés si no tenés fundamento” y “saquen a Satanás” para luego abuchearlo.

Miembros de una iglesia realizaron un acto religioso en el Salón del Pueblo del Congreso antes de que el diputado Marvin Osorio, de Lider, presentara una iniciativa de ley sobre enseñanza bíblica obligatoria en las escuelas.

Ver vídeo:


Este es el comunicado oficial de la Asociación Guatemalteca de Humanistas Seculares

Ante la iniciativa de ley presentada por el diputado Marvin Rocael Osorio Vásquez del partido LÍDER, que pretende imponer la enseñanza obligatoria de la Biblia en escuelas públicas y colegios privados como fuente de valores para erradicar la violencia, la inseguridad y la corrupción en el país, la Asociación Guatemalteca de Humanistas Seculares (AGHS) se manifiesta de la siguiente manera:

1. Reafirmamos nuestros principios Humanistas de respeto a la libertad religiosa y de formación “espiritual” de todas las personas, sin diferencias, incluyendo el derecho a no creer y no tener religión alguna.

2. Expresamos junto a 14 millones de guatemaltecos que la violencia, la inseguridad y la corrupción que afectan a nuestro país todos los días, son problemas que nos preocupan mucho y que queremos contribuir a resolver.

3. Estamos conscientes de que son problemas estructurales y coyunturales complejos, en donde intervienen factores múltiples como la exclusión social, la desigualdad, la falta de oportunidades de desarrollo, la precariedad de nuestras leyes, así como su laxa aplicación y el casi nulo acceso a servicios básicos de salud, educación y vivienda que sufre la mayoría de la población. Condiciones sociales, políticas y económicas que se viven en nuestro país desde hace siglos y que las autoridades gubernamentales no han sabido mejorar.

4. Es una situación que debe ser abordada con seriedad y de manera integral, con políticas públicas apropiadas eincluyentes, no basadas en las convicciones religiosas personales de los funcionarios públicos o de ciudadanos individuales sino en evidencias científicas, en un conocimiento profundo e integral de la realidad guatemalteca y en el respeto a los Derechos Humanos de todos los habitantes.

5. La imposición de la lectura de la Biblia en los centros educativos públicos, privados y por cooperativa en todos los niveles es una medida arbitraria basada precisamente en las propias creencias religiosas de los proponentes y en una supuesta “revelación divina” a uno de ellos; no en el bien común de todos los ciudadanos. Lejos de crear unidad y cambios positivos a nivel personal y general, su carácter impositivo podría generar intolerancia, división, disputas y conflictos entre alumnos, maestros, directivos y padres de familia.

6. Está en conflicto con la Declaración Universal de Derechos Humanos, específicamente con los artículos 18, 26 y 30. En ellos se declara que todos los seres humanos tienen el derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión (18); que la educación tiene como fin promover la comprensión, tolerancia y la amistad entre los grupos raciales y religiosos (26); que los padres tienen el derecho preferente de escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos (26); y queningún Estado, grupo o persona tiene las facultades para realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en dicha Declaración.

7. De acuerdo al artículo 46 de la Constitución Política de la República de Guatemala, en materia de derechos humanos, los tratados y convenciones aceptados y ratificados por Guatemala—entre los que se encuentra la Declaración Universal de Derechos Humanos—tienen preeminencia sobre el derecho interno.

8. El derecho interno también se ve violentado, ya que dicha medida está en contra de:

a. los artículos 36 y 73 de la Constitución Política de la República de Guatemala, que garantizan el libre ejercicio de todas las religiones sin más límites que los que traza el respeto a la dignidad humana y el orden público, y el derecho de los padres a escoger la educación que reciben sus hijos;

b. el artículo 100 de la Ley de Educación Nacional, que garantiza a la niñez que en su educación no existirá intervención político-partidista, militar o de cualquier otra índole que altere el proceso educativo;

c. el artículo 37 de la Ley de Protección Integral de la Niñez y la Adolescencia, que especifica que la educación pública deberá ser gratuita, laica y obligatoria.

9. Por último, exhortamos a toda la población a considerar la importancia de, parafraseando a Thomas Jefferson, erigir un muro de separación entre la religión y los asuntos estatales. Dicha separación protege a ambas partes. Evita que alguna denominación religiosa con el suficiente poder adquisitivo o de influencias, pueda manipular al Estado para lograr que formule leyes que vayan de acuerdo a sus propios intereses, pero que violenten los intereses y los derechos de personas que no comparten las mismas creencias religiosas. De la misma manera, evita que el Estado pueda imponerle a las personas y a las iglesias qué religión pueden creer o enseñar en sus casas o sus templos, favoreciendo a una religión y necesariamente perjudicando a otra. La profesión de una religión, o la ausencia de ella, es un asunto personal y privado de toda persona. Permitirle al Estado que se meta con las creencias religiosas de las personas es abrirle la puerta a la posibilidad de discriminación por cuestiones religiosas. Eso nos perjudica a todos.

Por todo lo expuesto anteriormente exigimos al Congreso que haga su deber constitucional y que no apruebe una ley que claramente pasa por encima de los derechos y libertades de los guatemaltecos, según el sentido común, los tratados internacionales de Derechos Humanos y el propio derecho interno.

ASOCIACIÓN GUATEMALTECA DE HUMANISTAS SECULARES
Ciudad de Guatemala, 15 de julio de 2015