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Domingo, 5 de Agosto de 2018

Histórico: Catedral Evangélica de Chile condenada por difamar a ONG LGBTI


En un fallo histórico y sin precedentes en América Latina por primera vez se condena a una Iglesia Evangélica y a su pastor por difamar a una ONG LGBTI.

Es ampliamente sabido que la inmensa mayoría de las iglesias evangélicas, pentecostales,  carismáticas, entre otras, son furiosas opositoras al reconocimiento de derechos al sector poblacional LGBTI, y con frecuencia suelen hacer declaraciones negativas y hasta difamatorias contra las personas LGBTI.

Ese fue el caso de la Catedral Evangélica de Chile, conocida por celebrar el Te Deum evangélico del que hemos hablado aquí en este blog. 

En Chile el artículo 365 del Código Penal establece que la edad de consentimiento para relaciones sexuales para heterosexuales está fijada en 14 años, mientras que para homosexuales es de 18 años. esto llevó al MOVILH (Movimiento de Integración y Liberación Homosexual) a demandar tal artículo para pedir la igualdad de edad para ambos tipos de relaciones.

Sin embargo, esto fue motivo de enojo y distorisionado por un alto ministro evangélico. En noviembre del año pasado el director del Concilio Nacional de Iglesias Evangélicas de Chile, Cristián Nieto, acusó al activismo LGTB de promover la prostitución de menores

Cristián Nieto, el director de las Iglesias Evangélicas
de Chile que fue condenado por difamar a una ONG LGBTI
Desde el púlpito el líder religioso atacó la demanda del MOVILH  aduciendo que «se está pretendiendo despenalizar la ley conocida como la ley sodomítica, es decir, el MOVILH está pidiendo que una relación sexual entre un adulto y un niño menor de 14 años sea consentida, sea consentida. Y ¿qué significa ser consentida? Que un niño diga ‘sí, yo tengo ganas de estar con este señor’».

El jerarca evangélico, además, preguntaba de forma retórica a los asistentes: «¿pero ustedes se imaginan lo que es un niño abandonado en una calle, debajo de un puente que le ofrezcan un par de zapatillas Nike o un polerón (sweater o buzo) que él desea por mantener esa relación sexual con ese adúltero, o ese pecador? ¿Comprándose a ese niño? Porque ese niño va a confundir un afecto personal con un afecto material que le están entregando por un propósito. Eso es lo que tenemos que defender».

Por esta tergiversación y difamación Ramón Gómez, presidente del MOVILH anunció que el director del Concilio Nacional de Iglesias Evangélicas de Chile, «está diciendo en un supuesto servicio religioso que nuestra organización prostituirá y abusará de niños, lo cual es aberrante, así como un delito, pues se trata de una injuria. Sin lugar a dudas presentaremos acciones legales».

Y el fallo de esa demanda salió en esta semana. En este, la jueza del 25 Juzgado Civil de Santiago, Susana Rodríguez Muñoz, estableció que “se condena a la parte demandada (la Catedral Evangélica) a pagar a la actora (Movilh), la suma de 5.000.000 pesos chilenos [7.764 dólares, 6.711 euros o 22'445.00 pesos colombianos] a título de indemnización por daño moral”.

Algo muy importante de este caso fue que la jueza descartó que las críticas de la Catedral Evangélica contra el Movilh fueran religiosas y/o estuviesen amparadas en la libertad de culto, en tanto son opiniones de tipo político que cometen la grave falta de asociar sin ningún fundamento al Movimiento LGBTI con delitos. En ese sentido, la jueza definió qué es la libertad de creencias, la libertad religiosa y la libertad de opinión, estableciendo límites al respecto, además de condenarse por primera vez a una entidad por dañar la honra de una institución sin fines de lucro, con lo cual es fallo es doblemente histórico y significativo.

Sobre las opiniones del pastor la jueza declaró que:

“[La] libertad religiosa en su dimensión subjetiva implica la facultad de desarrollar o no una fe en un ser superior, asumiéndola individual y colectivamente, practicándola en público o en privado, mediante el culto, las prácticas, las enseñanzas, el cumplimiento de los ritos y ordenando su vida según sus exigencias, como asimismo el derecho a no declarar la religión que se profesa, evitando así ser objeto de discriminación o perjuicios por asumir y ejercer un determinado credo o realizar actos religiosos. La libertad religiosa en su dimensión objetiva implica la pertenencia o no a una comunidad de creyentes (Humberto Nogueira Alcalá, obra citada). Al respecto, valen las mismas prevenciones formuladas en el párrafo anterior, esto es, que, del contenido de las declaraciones que motivan el pleito, se desprende que éstas se refieren a aspectos de connotación pública, de carácter político y legislativo, por lo cual no se relacionan con el contenido de la libertad religiosa que invocan los demandados, tanto en su dimensión subjetiva como objetiva”
“De tal manera que la emisión de dichas opiniones, emitidas ante el público de una ceremonia de culto y divulgadas públicamente en internet, inciden en la imagen pública de la organización demandante, toda vez que se la está asociando, por la vía de una opinión y no de una información objetiva, a la promoción de un delito de carácter sexual contra menores de edad, y es evidente que, en la vida en sociedad, proceder a asociar, por medio de opiniones, las actividades de una organización legalmente constituida con actividades delictuales, puede traer consecuencias negativas en la imagen pública de ésta ante los demás partícipes de la sociedad, dado que los delitos han sido consagrados y tipificados en el ordenamiento jurídico con el propósito de proteger determinados bienes jurídicos de relevancia social, asignándose un castigo o pena por su comisión, y una opinión como la de marras implica que la actividad de la organización aludida en dicha opinión está vulnerando un bien jurídico protegido mediante el establecimiento un delito penal”
Creo que vale la pena tomar nota de este fallo que ojalá no sea el último en América Latina contra unas iglesias y pastores acostumbrados a atacar con mentiras a quienes no se someten a sus preceptos.
Martes, 1 de Diciembre de 2015

Pastor Javier Soto condenado por calumnia y acoso

El pastor Javier Soto, famoso por profetizar un tsunamí si se aprobaba el matrimonio homosexual en Chile, ha sido condenado por la justicia chilena por crímenes de odio. La razón es que llevaba hostigando con frecuencia, en la vía pública al activista gay Rolando Jímenez.

Soto, lleno de homofobia, ha gritado públicamente a Rolando Jímenez y otros activistas que son pederastas. Cosa de la que no hay pruebas y que sin duda motivó la demanda de los activistas hacía el conocido pastor chileno.

El juez del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, Darwin Bratti dijo en su sentencia que las acciones del pastor evangélico son â€œinjurias gravísimas” y que "en reiteradas oportunidades, ha abordado en la vía pública Rolando Jiménez Pérez, activista y dirigente histórico del Movimiento de Liberación Homosexual (MOVILH) gritándole a viva voz: sucio, pervertido, sodomita, pecador, hijo del diablo que defiende pedófilos, entre otros insultos de similar naturaleza”, reza la sentencia.

Soto fue condenado a pagar una multa y a 300 días de cárcel, pero la pena privativa de la libertad se hará efectiva solo si reincide en el acoso. Cosa que desde Sindioses.org sospechamos que ocurrirá dada la naturaleza violenta de Javier Soto.

Al conocerse la sentencia Soto la emprendió contra los medios de comunicación: “ustedes son los culpables. Ustedes, la prensa chilena, repito, la prensa chilena es la prensa ramera. Igual que el partido la Democracia Cristiana… Partido Amplitud. Los rameros que se prostituyen con el Movilh. Los responsables, los culpables, de hoy día estar abriendo las puertas de la pedofilia en Chile. Simple”.

Por su parte el activista expresó al finalizar el juicio que: “Estamos tremedamente felices con este fallo, en primer lugar porque si Soto reincide irá la cárcel, pero en especial por la argumentación del juez Bratti, pues reconoce la dignidad de la diversidad sexual y considera a la discriminación como una violación a los derechos humanos. Se trata de un fallo histórico, el primero de su tipo en el el país, que diferencia la libertad de expresión de los discursos de odio”

Javier Soto ha protagonizado actos violentos contra políticos que han votado proyectos que reconocen derechos a la población LGBTI. Tal como lo hizo una vez aprobada la ley de vida en pareja.



Cabe añadir también que en el 2014 envió un mensaje agresivo a Ferney Rodríguez, activista ateo de Colombia y a sus representados. En este mensaje se expresa así de los ateos:
"Toda persona necia, toda persona incrédula, que rechaza a dios, sus obras para dios son abominables. Dice que se han corrompido. Hablamos de corrupción, una corrupción mental, una corrupción moral. Cuando hablamos de algo corrompido es algo adulterado... peor que los animales."


¿Cree usted que Soto terminará en la cárcel?
¿Qué opinión le merece las declaraciones de Javier Soto sobre los ateos?
Lunes, 27 de Octubre de 2014

Evangélicos y católicos contra cuento de preescolar

¿Por qué las religiones se esfuerzan por tener acceso a la educación infantil? Porque llegando a las personas desde pequeñas es más factible establecer creencias. Los dogmas religiosos, y también los prejuicios (algunos de ellos ligados) son fácilmente transmisibles a temprana edad. Por esto, una iniciativa de presentar una historia de respeto y tolerancia para niños de edad preescolar sobre la realidad homoparental titulada "Nicolás tiene dos papás" a reanimado los ánimos de los evangélicos chilenos.

"Nicolás tiene dos papás" es un cuento para niños de preescolar que cuenta la historia de un chico que vive con dos padres homosexuales.

El texto fue producto de la ONG Movilh (Movimiento de Integración y Liberación Homosexual) y contó con la financiación de la Unión Europea y por la Embajada del Reino de los Países Bajos en Chile.

Cuenta además con el apoyo de la Junta Nacional de Jardines Infantiles (Junji), organismo gubernamental dependiente del Ministerio de Educación que rige las instituciones preescolares. Este material pedagógico llegará a los jardines y escuelas que lo soliciten.

Rolando Jiménez, vocero del Movilh dijo a la BBC que este cuento "es un material pedagógico que le da a los niños herramientas que permitan visualizar las distintas formas de hacer familia".

"Y con tango fueron tres" fue un cuento que narró la historia
 real de dos pingüinos machos que adoptaron un huevo en un zoológico
 y criaron al polluelo de manera conjunta. 
Este cuento fue prohibido en muchas bibliotecas estadounidenses.
Ver: 
Uno de los primeros de poner el grito en el cielo fue el presidente de la Mesa Ampliada de la Unión Nacional Evangélica, el obispo Emiliano Soto quien dijo que el cuento es perjudicial "Porque violenta la mente de un niño de tres o cuatro años, todavía sin conciencia real de lo que es la vida, ponerlo a definir una concepción diferente de lo establecido".

¿Violenta la mente de un niño explicarle que hay diferentes formas de familia y que no se deben discriminar a los niños que viven en otros tipos de familia? Lástima que el obispo nunca dijo algo similar contra los padres que utilizan palabras ofensivas contra los gays y lesbianas delante de sus hijos. Violento ha sido el ataque de ellos contra la igualdad jurídica de las personas LGBTI, y a propósito, ¿cómo puede llamarse el adoctrinamiento a niños pequeños de que hay un lugar de tortura eterna a quien no acepte a Jesús como dios y salvador?

La organización Acción Familia, una agrupación de católicos cuyo fin es "preservar los principios y tradiciones cristianas de la Familia chilena", según explican en su sitio web, comenzó una campaña de junta de firmas para protestar contra la distribución del cuento ante el ministro de Educación.


"Es claro que la publicación de este manual es un incentivo para que los niños, a partir de los 4 años, no tengan reparos a las conductas homosexuales. Esta es, a nuestro entender, una deformación moral de los niños en la más tierna infancia. Y esa deformación está avalada por el Estado", aseguró Juan Antonio Montes, director de Acción Familia.


Por su parte la psicóloga infantil Maribel Corcuera respondió a BioBio Chile sobre el impacto que puede tener este libro, y el tema en general a los niños: "Que un niño tenga un daño en la vida porque se le hable de la homosexualidad, eso no va a ocurrir. Pero también creo que deberían existir otros libros: Nicolás tiene dos mamás, Nicolás tiene una mamá y dos papás, o Nicolás vive con su papá, etc. Creo que se no es importante atacar una de las realidades sino también las otras".

En 2009 el blog Sin dioses informó de un cuento infantil sobre familia homopantental basado en la historia de unos pingüinos. Este fue prohibido en muchas bibliotecas o se les puso una etiqueta de advertencia para los padres. Ver cuento en Youtube

Dejo aquí el cuento de la discordia, que para Sindioses.org es un loable ejemplo de educación para la convivencia y el respeto y esperamos que se repita en otros países hispanos.

Ver: La adopción homoparental a la luz de las evidencias refuta a los religiosos homófobos