Concierto para vascos. Tercer movimiento.

Tras la breve historia recogida en la entrada anterior de este Concierto para vascos hemos llegado al presente con un Estatuto de Autonomía para el País Vasco que reconoce la figura del Concierto Económico de cada una de las provincias vascas. ¿En qué consiste exactamente?

Cada provincia (su Diputación Foral) recauda los impuestos en su territorio. Los impuestos los decide el Gobierno Central (bueno, los propone al Parlamento), pero cada Diputación tiene la potestad de alterar algo estas disposiciones estatales. No es mucho en los impuestos importantes (IRPF, p.e.), pero sí en otros como los de sucesiones.

Una vez que cada Diputación recauda, da al Gobierno Vasco una cantidad, que corresponde a los gastos del Gobierno Vasco en cada territorio. A su vez, hay que calcular un cupo que el Gobierno vasco paga al Estado por sus gastos en la Comunidad Autónoma.

En este esquema destacan dos aspectos. El primero es que las Diputaciones tienen cierta atribución sobre la legislación impositiva. Esto hace que las disposiciones de una provincia pueda tener repercusiones en los territorios limítrofes, sobre todo en lo que toca al impuesto de sociedades. El segundo es el cálculo del cupo.

Sobre el primer aspecto tenemos, a menor escala, el mismo problema de armonización de impuestos que en Europa. Es deseable que los impuestos no sean muy dispares a lo ancho de un territorio que quiere formar una unidad económica, social y política. No sé si la uniformidad total es la mejor solución. Algo de variedad en las leyes permite algo de experimentación y de aprendizaje mutuo, lo que es bueno. Además, la historia y el cariño hacia o la confianza en las instituciones propias hacen que la consecuencia de imponer rápidamente una misma regla para todos sin margen de variación habría sido la no formación de la Unión Europea. La convergencia paulatina ha sido más eficaz. Son los inconvenientes de formar una unión voluntariamente en lugar de hacerlo con invasiones napoleónicas o nazis.

En el caso del País Vasco, que cada uno saque sus conclusiones. España puede ver el celo de los vascos por sus cosas como Europa el del Reino Unido por las suyas o puede intentar imponer una mayor homogeneidad. Yo soy partidario de que, dadas las competencias de las Comunidades Autónomas (establecidas mal o bien), lo mejor es que las distintas experiencias en cada comunidad y cada área guíen las posibles tendencias para una mejor coordinación, de manera que esta venga construida con el acuerdo de las partes y no con la imposición. Recordemos que las partes pueden acordar la imposición de la norma (véase la parte 10 de la Historia más lúdica jamás contada).

El segundo aspecto, el del cupo, es más simple. Casi todo lo que se puede alabar o criticar al sistema de Concierto tiene su razón de ser en el cupo, aparte de la disparidad fiscal (nunca muy grande). Si se piensa que el País Vasco contribuye poco, auméntese el cupo. Si se piensa que contribuye demasiado, redúzcase.

Por eso me parece un suicidio político que UPyD plantee en el Parlamento Vasco la derogación del Concierto, al considerar que el País Vasco se beneficia excesivamente con el sistema. Les bastaría con proponer un incremento del cupo. Tendría las mismas consecuencias y se respetaría la institución.

Lo que se ha votado en el Parlamento español es que las normativas de las Diputaciones en materia tributaria tengan rango de ley, como las normativas generales que decide el Estado. Curiosamente, hoy en día pueden tenerlo si el Parlamento Vasco hace suyas las normativas forales cada vez que se formulan, pero el PNV dice que no, que no debe hacer falta este paso, que las Diputaciones tienen la competencia y que debe ser automático el reconocimiento de las normas como ley. Los juristas dirán si todo esto tiene sentido o no, pero se me antoja que es el menos importante de los temas. Tanto si se hubiera decidido en un sentido o en otro. El “blindaje” legal se puede conseguir en el Parlamento Vasco. La denuncia de las normas, si se juzgan ilegales, puede seguir haciéndose desde gobiernos autonómicos de las regiones limítrofes que se sientan perjudicadas, vía recurso constitucional. Es más costoso, pero no creo que sea menos efectivo.

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