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johaness DÖPARENOffline
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Registrado: 09 Nov 2006
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MensajePublicado: Vie 15 Jun, 2007 8:24 pm    Título del mensaje: Noticia de interés general Responder citando

Asunto: [listaeuropalaica] RESOLUCIÓN DEL PLENO DE LA JUNTA DE PER SONAL DOCENTE NO UNIVERSITARIO DE CÓRDOBA

Lo que nos cuentan desde Andalucía es muy similar a lo que ocurre en Castilla - La Mancha. Hay que estar atentos desde los claustros, desde las organizaciones de padres y madres y desde los Consejos escolares. ¿Qué pasa en otras comunidades?

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Un pequeño triunfo en Córdoba y un dardo a la Consejería. Vamos a ver qué pasa.
La resolución ha sido aprobada por USTEA, SADI, FETE y 2 del SIEP. No estaba CCOO.
Creo que los sindicatos de enseñanza de otras provincias deberían conocerla.
Aquí está.

RESOLUCIÓN DEL PLENO DE LA JUNTA DE PERSONAL DOCENTE NO UNIVERSITARIO DE CÓRDOBA

La Consejería de Educación ha dictado Instrucciones de 18 de mayo de 2007 en las que aclara el procedimiento para la matriculación en las enseñanzas de religión, en conformidad con los Reales Decretos de desarrollo de la LOE, 1513/06 para las enseñanzas mínimas en educación primaria y 1631/ 06 para las enseñanzas mínimas en la ESO.

En la Instrucción Primera se especifica que los centros están obligados a informar de la oferta de enseñanza de religión católica y de otras confesiones, así como de la Historia y Cultura de las Religiones; pero no se recoge, en cambio, instrucción alguna sobre el hecho de que también es posible no optar por ninguna enseñanza religiosa, confesional o no confesional, en cuyo caso, tienen los centros la obligación de indicar qué medidas de atención educativa se ofertan para el alumnado que no haya optado por dichas enseñanzas.

Además, entre la documentación para la matrícula, se entrega el Anexo I en el que sólo figuran, obviamente, las confesiones religiosas y, en su caso (1º y 3º de la ESO), la Historia de las Religiones, sin ninguna otra aclaración; por lo que los padres y madres o el alumnado pueden sentirse obligados a elegir una de estas opciones religiosas, olvidando que existe la posibilidad de no elegir ninguna de ellas.

Por todo ello, la Junta de Personal Docente no universitario de Córdoba, reunida en Pleno el día 13 de junio de 2007, lamenta que dichas Instrucciones de la Consejería y la información que se está trasladando a los padres y madres, desde los equipos directivos, en virtud de las mismas, no establezcan con claridad que la LOE y los decretos que la desarrollan, contemplan la posibilidad de NO ELEGIR LA ENSEÑANZA RELIGIOSA e insta a la Delegación de Educación de Córdoba a que traslade a los centros, y éstos a los padres y madres, una información completa sobre la opción de enseñanza religiosa, con el fin de que ésta se realice con arreglo a la normativa vigente y no genere confusión entre el alumnado y sus familias.

Córdoba, 13 de junio de 2007.



Casimiro Jesús Barbado López
cjbl1958@ya. com


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