Archivos en la categoría Bogotá Atea

Martes, 14 de Julio de 2020

Un espacio llamado #CrispetaAtea



En estos tiempos de cuarentena por la pandemia del sars coronavirus-2 hemos hecho uso más frecuente de los medios virtuales para la comunicación. Es así como desde Bogotá Atea y Humanistas seculares de Colombia han creado el espacio llamado "Crispeta atea" en el que se transmite una película y luego se comenta.

Los eventos cuentan con el apoyo de Humanistas Internacionales, entidad a la que Bogotá Atea se encuentra afiliada. 

Para quiénes han preguntado qué es eso de "crispeta", la respuesta es que así se llaman también al Pop corn, o palomitas de maíz, que  suelen acompañar el disfrute de las películas. 

Hasta la fecha se han presentado en línea cinco películas:

1. Ágora (2009)

2. La Fiesta de las salchichas (2016)

3. PK (2014)

4. Plegarias por Bobby (2009)

5. Heredarás el viento (1999)

En cada una de las tertulias hemos analizado diferentes aspectos de las películas desde una óptica escéptica. 

Los invitamos a ver estas películas, así como nuestras tertulias.

Lunes, 13 de Abril de 2020

Religión -petición de diezmos – y coronavirus

En estos tiempos de cuarentena y un exacerbado protagonismo de los clérigos hablando sobre la ira de Dios o señales del fin del mundo, se hizo una transmisión en vivo por parte de Bogotá Atea y Sin Dioses para hablar de estos religiosos que han aprovechado para mendigar o extorsionar emocionalmente por diezmos.

Aquí lo dejamos. Esperamos que sea de su agrado.

 
Viernes, 1 de Marzo de 2019

Iglesia católica, una de las mayores invasoras del espacio público en Bogotá


Ocupación ilegal de un parque para hacer una parroquia en Bosa Atalayas
Cientos de zonas verdes han sido ocupadas. La estrategia parece ser eficaz, ya que en la mayoría de casos se han salido con la suya.

Amparados en el Código Nacional de Policía, uniformados de esta fuerza han impuesto multas a vendedores de empanadas y a compradores de estas en la ciudad de Bogotá. La falta que la autoridad policial ha señalado es la ocupación del espacio público por parte de los vendedores ambulantes, quienes tristemente dependen de tales ventas para su sustento.

Sin embargo, la ocupación que hace un vendedor de empanadas o helados se queda corta con la ocupación que la Iglesia católica ha hecho de cientos de zonas verdes en la ciudad de Bogotá, en donde se ha apoderado de zonas verdes pertenecientes a la ciudad y ha construido allí sus parroquias y casas curales sin nunca pagar por el lote, porque lo hacen en un bien público y negándose sistemáticamente a la reposición.

Para empezar, debo comentar que esta denuncia en ningún momento busca atentar contra la libertad de cultos de los católicos. Simplemente creo en que cada credo religioso debería comprar con sus recursos los terrenos para construir sus templos, sin afectar el, de por sí menguado, espacio verde de la ciudad. No se ha reportado que pentecostales o mormones ocupen el espacio verde para construirse templos, pero hay alrededor de 400 terrenos en la ciudad que han sido tomados abusivamente para ocupación y construcción sin licencia.

La ocupación del espacio público está tipificada como falta en el Código de Policía en el artículo 135 y se señalan sanciones que van desde multas hasta demolición. Sin embargo, cuando se trata de la Iglesia nada ocurre.

Mencionaré un par de ejemplos que muestran esta realidad. En la localidad de Bosa, en el Barrio Atalayas, se ha levantado ilegalmente el templo San Juan Pablo II. La queja sobre la ocupación de espacio público y construcción sin licencia existe desde hace cuatro años. ¿Ha hecho algo la localidad de Bosa? Nada. Absolutamente nada. El año pasado la ONG Bogotá Atea presentó varios derechos de petición pidiendo a la alcaldía actuar conforme a la norma y proceder a la recuperación del espacio público. Ellos admitieron que existe la queja y después de cuatro años dijeron que enviarían a alguien a mirar el estado de la construcción.

En su más recientemente derecho de petición, en octubre de 2018, Bogotá Atea pidió incluir en el expediente de querella a la Diócesis de Soacha-Bosa y al obispo José Daniel Falla Robles, en cabeza de la misma, por ser la entidad y el superior, respectivamente, encargados de la parroquia Juan Pablo II, que maneja el padre Omar Hernando Sánchez. Ya se vencieron los 15 días hábiles para que nos respondieran y no ha llegado respuesta del alcalde local Javier Alba Grimaldo. Además de ese predio hay otros tantos también ocupados.

El otro caso está en Suba, donde la Iglesia se apropió de dos terrenos cedidos por la constructora de Fontanar del Río en la UPZ de Bilbao para hacer la Parroquia San Dionisio. Los predios ocupados están en el sistema del DADEP identificados como Predio DADEP 27-12 y Predio DADEP 27-13. Y así como esta parroquia hay una veintena más en la localidad de Suba.

Parroquia construida ilegalmente en terrenos cedidos para espacio verde para la comunidad de Fontanar de Suba. UPZ Bilbao


En muchas construcciones de conjuntos residenciales, los constructores están obligados a hacer una cesión del terreno para espacio público. Y es allí donde llega la Iglesia a apoderarse de parte de la zona verde para construir sus equipamientos. Inician con una misa bajo carpas, luego con construcciones más informales que gradualmente terminan siendo de ladrillo.

Mientras todo esto pasa, la inspección de Policía de cada localidad no hace absolutamente nada. Un vecino de la localidad de Engativá contó cómo hace unos años se acercó a un CAI a narrar los hechos a un policía y este le dijo que no entendía “qué malo estaba haciendo la Iglesia”. “¿Es usted acaso católico?” le preguntó el policía, mientras al fondo se veía una imagen de la Virgen en la estación policial.

Durante casi dos siglos de historia de Colombia la Iglesia católica estaba íntimamente ligada al Estado. Solo hasta la Constitución de 1991 el país llegó a ser laico, aunque para las fuerzas policiales identificarse con el catolicismo sigue siendo hasta el día de hoy, pan de cada día.

El escollo en la recuperación de estos espacios públicos radica en que quienes determinan que un terreno es parte del distrito es el DADEP (Departamento Administrativo del Espacio Público), pero este ente no tiene funciones policivas. Entonces, a quien le corresponde aplicar la norma es al alcalde local y al inspector de Policía de cada localidad. Allí es donde todo se detiene.

En el caso de la localidad de Suba se ha presentado en el pasado silencio en la respuesta de derechos de petición que han tenido que ser llevados a tutela para obligarlos a responder. Sin embargo, los predios siguen ocupados y la posibilidad de multar a los obispos o demoler las parroquias parece impensable, como si el Estado no fuera laico y aún estuviéramos bajo la Constitución de 1886.

Según las consultas hechas por Bogotá Atea ante el DADEP y otras entidades, se ha logrado saber que el distrito ha intentado negociar con las diferentes diócesis que conforman a Bogotá (las unidades administrativas de la Iglesia Católica en Bogotá). Para los terrenos que ya están construidos, al distrito le corresponde por norma pedir una reposición, ya sea que la Iglesia reponga el espacio público en otra zona de la localidad o de la ciudad, o termine pagando el valor comercial del terreno ocupado. Sin embargo, después de generar un desgaste administrativo en acercamientos y reuniones, los obispos se alejan del proceso. Mientras tanto nuevos terrenos son ocupados con el mismo modus operandi de iniciar con misas en carpas y luego construir en terrenos que deben ser para todos los ciudadanos, para canchas y arborización y no para uso de una institución particular.
El llamado a la ciudadanía es para que pidan la restitución de sus espacios verdes, soliciten a la autoridad policial aplicar la norma sin preferencias y a las alcaldías locales que procedan a aplicar el Código de Policía. Los terrenos invadidos a la ciudad se conocen con claridad. No es posible que con rigor se aplique la norma a los vendedores de empanadas, pero que a una institución rica que se apodera de predios y construye sin licencia no le pase absolutamente nada.


Publicado inicialmente en Las2Orillas por el mismo autor.
Miercoles, 2 de Mayo de 2018

Arequipa preparada para el primer encuentro latinoamericano de librepensadores

Foto: Malu Veltze
Todo está preparado para el Primer Encuentro Latinoamericano de Librepensamiento en Arequipa, Perú. 

Este evento se realizará los días 24, 25 y 26 de mayo de 2018 en el Paraninfo de la Universidad Nacional de San Agustín.

Este importante evento tratará temas de laicidad en la región, pensamiento crítico, pseudociencias e igualdad de género.

A continuación  presentamos el programa de este encuentro e información para poder asistir.

PROGRAMA

Jueves 24 de Mayo, 2018

09:00 09:30 Inauguración del Encuentro.
Palabras de Bienvenida del Comité Organizador


EJE TEMÁTICO: ESTADO LAICO

09:30 10:30 DAN BARKER (USA): Conferencia Magistral
“La Importancia del Estado Secular”.

10:30 11:00 JORGE GUILLERMO GRAMAJO (Costa Rica): “Las constantes violaciones a los derechos humanos por parte de sectores fundamentalistas en los gobiernos latinoamericanos actuales.”

11:00 11:30 JACKELINE ELÍAS (Perú): “La importancia del Estado Laico y el Concordato en el Perú.”

11:30 12.00 FERNEY RODRÍGUEZ (Colombia). Informe: “Estado de la Laicidad en Colombia. 2010 – 2018”

12:00 12:30 MA. SOLEDAD VALDEBENITO (Chile): “Estado Laico en Chile.”

12:30 13:00 PANEL SOBRE ESTADO LAICO

13:00 14:30 Receso

14:30 15:00 EVA QUIÑONES (Puerto Rico): “Historial de la separación de Iglesia y Estado; cómo se trata el tema en la Constitución de EE.UU. y luego en la de Puerto Rico: Las leyes o decisiones más recientes que violan esa separación”.

15:00 15:30 HELMUT KESSEL (Perú): “Humanismo Secular”

15:30 16:00 GIOVANNI GAETANI (Italia): “¡Viva el Humanismo! La IHEU y el crecimiento del movimiento humanista global”

16:00 16:30 ANA AQUINO (Guatemala): “Ser humanista en el país de los bendecidos”

16:30 17:00 PANEL SOBRE ESTADO LAICO

17:00 18:00 PRESENTACIÓN DEL LIBRO
“Por qué no puedo seguir siendo católico”
Ricardo Zavala

18:00 20:00 TALLER: ESTADO LAICO
Dirigido por Fernando Esteban Lozada y Ferney Rodríguez.

Viernes 25 de Mayo, 2018

EJE TEMÁTICO: PENSAMIENTO CRÍTICO

09:00 09:30 ROBERTO BRÜCHER (Chile): “Introducción a los Sesgos Cognitivos”.

09:30 10:00 DIEGO ALBERTO RIVAS (Perú): “La dictadura de las emociones”.

10:00 10:30 FERNADO LOZADA (Argentina): “El librepensamiento como sistema de identidades activistas”

10:30 11:00 ERNESTO ELIZALDE (México): “Nueva moralidad”.

11:00 11.30 GUSTAVO VALDERRAMA (Chile): “Bases neurofisiológicas de la espiritualidad y la religiosidad”.

11:30 12:00 BILLY RONDÓN (Perú): “El activismo pro-laicista de ateos en un Estado Confesional”

12:00 12:30 RAÚL PAREDES (Perú): “Intromisión histórica del pensamiento mágico-religioso sobre la actividad universitaria. Retos y alternativas.”

12:30 13:00 PANEL SOBRE PENSAMIENTO CRÍTICO

13:00 14:30 Receso

14:30 15:00 LINCOLN LAVADO (Perú): “La evolución del cerebro”

15:00 15:30 HÉCTOR GUILLÉN (Perú): “La evolución del ojo”

15:30 16:00 BENJAMÍN PIÑA (México): “Evolución vs Diseño: los aportes de la vida artificial”.

16:00 16:30 PANEL SOBRE PENSAMIENTO CRÍTICO

16.30 17:00 PRESENTACIÓN DEL LIBRO
“La genética de Dios”
Víctor García Belaúnde

17:00 17:30 PRESENTACIÓN DEL LIBRO
“Células Madre Embrionarias: Aspectos médicos y controversias éticas”
Lincoln Lavado

17:30 18:00 FERNEY RODRÍGUEZ (Colombia): “Estado Laico y Derechos Sexuales y Reproductivos.”

18:00 20:00 TALLER: PENSAMIENTO CRÍTICO

Dirigido por Víctor García Belaúnde y Adrián Núñez


Para inscripciones favor seguir este enlace.

Lunes, 19 de Febrero de 2018

Educación religiosa escolar y violación a la laicidad

Las escuelas públicas deben estar libres de adoctrinamiento religioso. Sin embargo, en varios países que son laicos, la religión como asignatura sigue ofreciéndose y usándose para adoctrinar menores.

Mientras que en países como Francia, Chile, Uruguay o México la educación religiosa no hace parte del currículo escolar de los colegios públicos de varios países de Latinoamérica y España se presenta. Y en algunos es de carácter obligatorio. 

En el presente escrito veremos la situación de Colombia y Perú sobre el particular.

Colombia

En Colombia esta asignatura existe, a pesar que el Estado colombiano es laico desde la Constitución de 1991.

La Constitución Política de Colombia afirma en su artículo 68 que “en los establecimientos del Estado ninguna persona podrá ser obligada a recibir educación religiosa”. Sin embargo, en la Ley General de Educación de 1995 se incluyó a la religión como asignatura obligatoria. Y aunque hay directrices que piden que esta asignatura no sea usada para adoctrinar en un credo particular, la realidad en muchas partes del país es diferente.

Posteriormente, el Decreto 4500 de 2006 estableció la posibilidad que los padres de familia manifiesten la exoneración de la clase de religión para sus hijos en el momento de la matrícula. Para esto todos los colegios deben tener un plan alterno, bajo el cual se les evaluará.

Este plan alterno señala en el Artículo 4 del citado Decreto que: “al estudiante que opte por no tomar la educación religiosa ofrecida por el establecimiento educativo se le ofrecerá un programa alternativo el cual deberá estar previsto en el PEI con base en el cual se le evaluará”.

Sin embargo, estos planes alternos no existen en las instituciones públicas. De hecho, la inmensa mayoría de rectores y consejos académicos ignoran su existencia. Tampoco ha existido ninguna campaña informativa que dé a conocer a los padres de familia la posibilidad de exonerar a sus hijos.

Según el informe Estado de la laicidad en Colombia, 2010 – 2017, que realizó la Corporación Bogotana para el Avance de la Razón y el Laicismo, se reportó que en muchos colegios públicos se usa la asignatura de religión para promover el catolicismo o el cristianismo en general. Lo anterior es más marcado en zonas rurales, pueblos y ciudades intermedias, así como en las básicas primarias en general. En la educación primaria se enseñan como realidades históricas la historia de Adán y Eva, el diluvio, o se han redactado en boletines de calificación descriptores de logro como “se le dificulta reconocer a Jesús como salvador del mundo”, como ocurrió en un colegio de Bello, Antioquia. Vale preguntarse si con un logro académico así podía aprobar entonces un estudiante judío, indígena o ateo.

También se reportó un caso, en el San Francisco de Sales en Cúcuta, en el que se pidió a cada curso hacer altares para la Virgen María en cada aula de clases, a pesar que existían allí —y aún existen— estudiantes evangélicos, que no adoran a la Virgen, como agnósticos y ateos. Uno de ellos, a manera de protesta simbólica, puso un ejemplar del libro El Mundo y sus Demonios de Carl Sagan junto a la imagen de la Virgen, lo que le valió al curso una reprimenda verbal por, según algunos docentes “profanar algo sagrado”.

La Corte Constitucional, tras una revisión de una tutela el año pasado, recordó la naturaleza laica del estado, en un caso en el que estuvo involucrada una docente cristiana no católica que pidió en reiteradas ocasiones no ser obligada a participar en las misas de la Institución Educativa Municipal Carlos Lozano y Lozano, de Fusagasugá, Cundinamarca. La Honorable Corte no solo determinó que se le había violado su libertad de conciencia y de culto a la maestra al obligarla a participar de estos actos, sino que en los colegios oficiales, que por naturaleza deben ser neutrales ante todo credo religioso, los directivos escolares no deben realizar actos religiosos que liguen a una institución pública con un credo en particular.

En las redes sociales muchos padres y docentes comentaron la noticia de este fallo adjudicando la crisis de corrupción a la falta de enseñanza de la Biblia, el catecismo o la creencia en Jesús. Aquí es preciso señalar que la educación religiosa no es lo mismo que la enseñanza de la ética. Platón hablaba de ética siglos antes que cualquier humano se autodenominase cristiano. La ética es una rama de la filosofía que se encarga del estudio de la moral. Se puede ser perfectamente un buen ser humano sin adherirse a un credo religioso, así como hay malas personas que creen en alguna divinidad o en presuntos libros revelados. ¿Qué tiene que ver con la moral el aceptar o no el dogma de la transubstanciación o qué la Biblia y no el Corán son la palabra de Dios?

Es cierto que como sociedad necesitamos enseñar, pero ante todo vivir los valores de honradez, honestidad, justicia, bondad, responsabilidad, cooperación y respeto. Pero esto es distinto a enseñar que hay un libro revelado, una iglesia a la cual asistir o dogmas que no se pueden cuestionar. Repito: ¡Ética y religión son dos cosas diferentes!

La ética también está señalada en la Ley General de Educación como asignatura obligatoria, aunque a veces se mezcla con la religión en su forma de presentarse o evaluarse. No es sobre esta asignatura que se estableció la posibilidad de exoneración de la que habla el decreto 4500 de 2006.

Les dejamos el vídeo de Bogotá Atea en el que promueven la exoneración de la clase de religión.



Perú

Texto de J. Leonardo Vivanco Enriquez

¿Por qué se enseña religión en la escuelas?

Sobre eso, el Marco Curricular Nacional, en su segunda versión, en la página 17, dice:

“En 1980 se firmó el Acuerdo entre la Santa Sede y la República del Perú, más conocido como Concordato, donde el Estado peruano asume el compromiso de enseñar el curso de religión católica en los colegios públicos como materia ordinaria, aunque normas posteriores autorizan a los estudiantes que así lo deseen (con permiso o por pedido de sus padres) exonerarse de este curso sin afectar su promedio. Estas normas están vigentes y, en consecuencia, el curso se seguirá dictando en las mismas condiciones.”

El Currículo Nacional de Educación Básica, menciona que uno de los perfiles de egreso de la educación básica es que;

* El estudiante comprende y aprecia la dimensión espiritual y religiosa en la vida de las personas y de las sociedades.

El estudiante comprende la trascendencia que tiene la dimensión espiritual y religiosa en la vida moral, cultural y social de las personas. Esto le permite reflexionar sobre el sentido de su vida, el compromiso ético y existencial en la construcción de un mundo más justo, solidario y fraterno. Asimismo, muestra respeto y tolerancia por las diversas cosmovisiones, religiones y creencias de las personas. (p. 10 )

Además, una de la competencias que se muestran en el currículo, dice que el estudiante:

“Construye su identidad como persona humana, amada por Dios, digna, libre y trascendente, comprendiendo la doctrina de su propia religión, abierto al diálogo con las que le son cercanas”, y que “Asume la experiencia el encuentro personal y comunitario con Dios en su proyecto de vida en coherencia con su creencia religiosa”, además, agrega que; “Estas dos competencias se desarrollan en el área de Educación religiosa y se encontrarán explicadas en los programas curriculares de las modalidades educativas. Según la Ley 29635, ley de libertad religiosa, los padres de familia o estudiantes cuya confesión religiosa es distinta a la católica pueden solicitar exoneración del área, sin perjuicio alguno”. (p. 24)

Hasta aquí notamos la existe de todo un marco legal que ampara la existencia de la asignatura en cuestión, de su práctica en las escuelas y de su función según los documentos normativos, ahora bien, veamos que dice la constitución al respecto.

En el Capítulo I, sobre los derechos fundamentales de la persona, particularmente en el Artículo 2 dice que toda persona tiene derecho:

3.- A la libertad de conciencia y de religión, en forma individual o asociada. No hay persecución por razón de ideas o creencias. No hay delito de opinión. El ejercicio público de todas las confesiones es libre, siempre que no ofenda la moral ni altere el orden público.

Luego, en el Artículo 50 dice;

Dentro de un régimen de independencia y autonomía, el Estado reconoce a la Iglesia Católica como elemento importante en la formación histórica, cultural y moral del Perú, y le presta su colaboración.

El Estado respeta otras confesiones y puede establecer formas de colaboración con ellas.

“Se define a Estado laico como aquel independiente de cualquier organización o confesión religiosa. Así, el Estado peruano es laico como lo son la inmensa mayoría de los Estados del mundo. (…) Pero lo más curioso de todo es que la vigente Constitución de 1993 no menciona la palabra laico, sobre la cual se ha construido una falsa conclusión, que sin embargo ha calado a fuerza de la repetición”.

Para terminar;

“El 3 de julio de 1991, Alberto Fujimori firma el Decreto Supremo 145-91-DF, en el que se establecen las asignaciones de dinero del personal eclesiástico de manera escalonada, de tal forma que el cardenal obtiene el mismo sueldo que un ministro de Estado, el arzobispo el 80% del sueldo de un vice-ministro, el obispo, 50%, etc. Cabe recalcar que estas asignaciones no son consideradas como sueldos, puesto que no están sujetas a ningún descuento por tributación”.

Ahora bien, considero que con estos objetos es posible generar algún argumento o a favor o en contra o quizá generar algún tipo de concilio, sin embargo, la chamba compleja se encuentra en la trasmisión de las ideas y de la información. De tal forma que, no se engañe a través de un discurso fundamentalista o de odio.

Les dejamos un debate sobre la educación religiosa en el Perú

Miercoles, 21 de Junio de 2017

Alcaldesa de Yopal (Colombia) entrega las llaves de la ciudad a Jesucristo

La ciudad colombiana de Yopal es epicentro de la más reciente violación a la laicidad en este país sudamericano.

Por medio de un documento por la alcaldesa Luz Marina Cardozo "se hace entrega simbólica del municipio de Yopal al Señor Jesucristo”, y considera que “Dios es nuestro padre y creador” y que “todo gobernante, instituido por la voluntad de Dios, tiene el deber de velar en primer lugar por el bienestar espiritual de sus gobernados y propender por la salvación de su pueblo”.

El texto, que cita nada más que siete pasajes de la Biblia, y en un claro afán proselitista asegura que la comunidad de Yopal, “a través de su gobernante, anhela la salvación de su alma y que el Señor Jesucristo more en el corazón de cada habitante”.

Luz Marina Cardozo declaró que con este acto busca llevar a Yopal “para que su reino de paz y bendición sea establecido”.

El documento fue firmado por la alcaldesa Luz Marina Cardozo, Juan Carlos Suárez (jefe de la Oficina Asesora de Planeación) y José Javier González (jefe de la Oficina Asesora Jurídica). Este último fue quien escribió el documento.

A la fecha, la Asociación de Ateos de Bogotá, la Corporación Bogotana para el Avance de la Razón y el Laicismo (Bogotá Atea) y la Asociación Antioqueña de librepensadores, ateos y agnósticos han anunciado su rechazo y la demanda del decreto 036 del 9 de junio de 2017.

En un comunicado de Bogotá atea se puede leer que: 
"El mencionado decreto constituye una violación flagrante a la separación entre Estado e Iglesias, principio que debe ser garantizado en todas las actuaciones públicas. El reconocimiento de la pluralidad y de la libertad de no tener una afiliación religiosa fue una de las grandes conquistas de la Constitución de 1991, por lo que anunciamos que ejercitaremos todos los mecanismos constitucionales y legales para que dichas libertades se protejan, para que dicho decreto sea declarado nulo y para que las personas involucradas en su expedición sean investigadas.
Por lo anterior, solicitaremos a la PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN dar apertura a las INVESTIGACIONES DISCIPLINARIAS a que haya lugar."
Sábado, 3 de Junio de 2017

Policía de Colombia deberá respetar la laicidad: Corte Constitucional

Misa con presencia de la Policía Nacional
Imagen Zona cero
Un importante fallo se dio en Colombia que permite el respeto por el carácter laico del Estado.

Todo inició con una acción de tutela interpuesta por el patrullero Johnny Esneider Quintero, miembro de la Policía Nacional y que se identifica como miembro de la Iglesia Adventista del Séptimo Día.

Quintero se vio avocado a interponer la acción de tutela tras haber recibido una amonestación escrita por haberse negado a a leer en el púlpito de una Iglesia Católica una oración escrita por el director de la Policía Nacional para la llamada Semana Santa del 2016.


En una carta el Director General de la Policía terminaba la oración que debía leerse por los policías en la iglesia de la siguiente manera: â€œEn este día santo les pedimos de corazón que recen por la armonía de su hogar, por la grandeza de su iglesia, por la tranquilidad de su vecindario, por la paz de su tierra y por su Policía Nacional. Que el Hijo del Todopoderoso, crucificado y resucitado por siempre, los proteja y los guíe por el sendero de la vida eterna. Dios y Patria”.

Quintero le explicó a sus superiores que como adventista no leería un mensaje en el que se hablara de la grandeza de la Iglesia Católica, religión que no profesaba. En lugar de excusarlo, lo hicieron una “Anotación Demeritoria” en su hoja de vida. Uno de sus superiores le dijo: “Esta orden se debe cumplir sin importar si (son) evangélicos, cristianos, musulmanes o de otras religiones (…) es una orden del Director General de la Policía”.

El patrullero Quintero terminó con depresión, certificada por la sanidad de la misma Policía Nacional, y elevó peticiones a sus superiores. En una de ellas, y muy acertadamente escribió: â€œla función de la Policía Nacional no es la de participar en las celebraciones religiosas, sino la de velar por la seguridad de las personas que celebren cualquier reunión de cualquier confesión religiosa, y no solamente de la católica, sino de todas”.

A los superiores no les importó sus reclamos y fue así como Johnny Esneider Quintero presentó la tutela el 13 de abril de 2016. En primera instancia, la tutela se perdió, pero luego fue seleccionada para su revisión por la Corte Constitucional, el máximo órgano que interpreta la Constitución, donde están plasmados los derechos fundamentales.

La Corte encontró que la Policía Nacional si violó derechos fundamentales. El magistrado ponente de este caso, Alejandro Linares, recordó en su ponencia que fue aprobada el pasado 8 de marzo, que con la Constitución de 1991 se adoptó un modelo de Estado laico que defiende la separación entre religión y Estado, respeta el pluralismo religioso e impone un deber de neutralidad en el que, entre otras cosas, está prohibido que un órgano estatal, como la Policía en este caso, se identifique formalmente y explícitamente con una iglesia o religión. 

“La Policía Nacional desconoció el principio constitucional de laicidad e incumplió con el deber de neutralidad en materia religiosa, al haber incorporado en el mensaje institucional unas consideraciones que no guardan relación con el ejercicio de sus funciones, sino que promueven la identificación y adhesión del Estado a una determinada religión”, se lee en el fallo

Autos de la Policía Nacional en procesión de la Virgen del Carmen.
Más importante aún, la Corte Constitucional le pide directamente a la Policía Nacional que abstenga de repetir actos “mediante los cuales se identifique o adhiera a una religión específica, de manera tal que, en el desarrollo de sus funciones siempre aplique el principio de laicidad y cumpla con el deber de neutralidad en materia religiosa, en los términos definidos por la jurisprudencia de esta Corte”.

Esto último es muy importante, ya que la Policía Nacional constantemente se vincula con la Iglesia Católica. El pasado noviembre de 2016 celebró sus 125 años con una misa en la catedral de Barranquilla y en años pasados ha hecho procesiones de la Virgen del Carmen con los autos patrullas de la Policía Nacional. Ni en la Policía Nacional, ni en escuelas públicas se deben realizar misas u actos de ninguna religión. 

También la construcción de un altar a la Virgen fue objeto de un reclamo por la ONG Bogotá Atea, (organización que trabaja en el laicismo) aunque curiosamente, el directivo policial, en lugar de respetar la laicidad estatal se defendió diciendo que la Virgen era una figura respetada por todos, "hasta por los musulmanes"



Miercoles, 18 de Mayo de 2016

Juez ordena al Padre Chucho abstenerse de invadir parque público


Compartimos una pequeña, pero significativa victoria judicial de activistas ateos de Bogotá, Colombia.

Tomado del comunicado de prensa de la Asociación de Ateos de Bogotá

En fallo de segunda instancia el Juzgado 31 Civil de Bogotá ordenó a la Diócesis de Fontibón y al sacerdote Jesús Hernán Orjuela (Alias Chucho) abstenerse de realizar misas en el Parque Castilla, a fin de velar por el derecho a la recreación, la salud y el uso del espacio público de los niños, vecinos y ciudadanos en general que viven o frecuentan las zonas aledañas al parque y el parque.

Desde el año 2013 el sacerdote Orjuela venía haciendo uso del parque del barrio Castilla para misas campales con sonido profesional los días domingos y los 14 de cada mes. Esto llevó a que un miembro de la Asociación de Ateos de Bogotá tutelara como adulto por los niños y adolescentes que se han visto afectados.

La Diócesis de Fontibón y el padre Orjuela le dijeron al juez en el proceso que se trataba de “una persecución religiosa a la Iglesia Católica”, argumento respaldado por la Junta de Acción Comunal, que dijo que “esto se ha realizado por años” y no veía afectación alguna.

El juez dictaminó que no se trataba de persecución religiosa, pero dejó claro que en este caso “se sale del ámbito de los espacios privados y se traslada al público, en cuyo caso es necesario que esa actividad se realice dentro de unas normas mínimas de convivencia con respeto de los derechos de toda la comunidad y respetando el derecho de los niños a la sana recreación en los espacios que fueron destinados para ello, incluidos los que no pertenecen o no están interesados en participar en dicha actividad. Cuando esto último ocurre, se presenta una colisión de derechos fundamentales”.

En este proceso el Jardín Botánico conceptuó que las actividades del sacerdote sí han afectado la zona verde, mientras que la Secretaría de Ambiente inició proceso sancionatorio contra la parroquia de Orjuela por exceso de ruido en el 2015 y añadió que a sus funcionarios se les había impedido realizar mediciones cuando asistían a las misas campales.

En el fallo el juez pide a la Alcaldía de Kennedy y la Policía que le den estricto cumplimiento a la decisión. También pide a la Personería estar al tanto para que esta situación no se repita.

La acción de tutela se interpuso luego de que el padre Orjuela reincidiera con sus misas campales, a pesar de que en diciembre pasado ya se había dejado claro que él estaba infringiendo la norma. A las deliberaciones del pasado diciembre asistieron el IDRD, la Alcaldía Mayor, la Alcaldía de Kennedy, la ONG Bogotá Atea, feligreses de la parroquia y la Junta de Acción Comunal.

Las ONG Asociación de Ateos de Bogotá y Bogotá Atea manifiestan su satisfacción con el fallo y estarán atentas a que este se cumpla y se haga cumplir por las autoridades distritales.
Miercoles, 24 de Febrero de 2016

El colegio público donde era un logro “aceptar a Jesús como su salvador personal”

Acepta a Jesús como su salvador personal. Ese era el logro para la clase de religión para grado tercero en el Colegio Damaso Zapata de la ciudad de Bucaramanga en Colombia.

La clase había sido confesional, orientada hacía la religión católica, tal como ocurre en cientos de colegios públicos, a pesar que Colombia pasó de ser una nación oficialmente católica a ser un Estado laico en 1991.

Ejemplo de los logros de religión en el colegio
Dàmaso Zapata
Sin embargo, en el año 2015 un joven de grado sexto decidió no tomar la clase de religión. El joven Cristian, desde más chico había recibido de su padre una formación que lo acercaba a la ciencia. Los vídeos de astronomía, paleontología y ecología era lo que le gustaba y aún le gusta. Por eso se sentía cada vez más incómodo con las clases de religión y en general en todas las clases donde antes de iniciar se debía ponerse de pie y hacer rezos.

Su colegio, reconocido en la ciudad por su calidad técnica, mantenía un fuerte sesgo católico por haber sido en el pasado administrado por una orden religiosa. "Identifica los sacramentos como presencia viva de Dios aplicados a la vida de los hombres" dice el logro de la asignatura de religión para grado cuarto de primaria. Poco importa que en ese instituto estudien niños de familias evangélicas, hare Krisna o ateas. Todos deben identificar los sacramentos católicos como la presencia viva del Dios enseñado por el catecismo para aprobar el año. Otro logro era "aceptar a Jesucristo como su salvador".

Cristian decidió no entrar a clases de religión en el año 2015. Según las clases impartidas por el primer maestro que dirigió la asignatura, era necesario rehuir a todas las explicaciones que sacaran a dios de la explicación de los orígenes.

La siguiente fotografía es del cuaderno de religión de un compañero de Cristian. En el se habla del libro del Mundo de Sofía. El maestro califica como correcta la respuesta de que las preguntas escépticas no son buenas o deseables.

También en el cuaderno se puede ver que el maestro califica como correcta la respuesta de que el ser humano fue producto de un acto de creación. Muy desactualizado el maestro para ser católico. Cabe mencionar una vez más que se está hablando de un colegio público.

El año transcurrió y el profesorado no tomó en serio el rechazo de Cristian a la religión. En Colombia, como en la mayor parte de Latinoamérica, el ateo y el agnóstico es visto como un bicho raro.

Su padre presentó un derecho de petición y posteriormente una acción de tutela. En la ley colombiana la religión es una asignatura obligatoria. No obstante, los padres pueden optar por no maricular a sus hijos a clase de religión, y los colegios a tener en su PEI (Proyecto Educativo Institucional) un plan alterno para esos casos. Nada de esto se conoce y mucho menos se aplica.  

Llegó el fin del año escolar, que en Colombia se da por noviembre, y Cristian fue llamada a habilitar la asignatura. La habilitación es un examen de rescate que en caso de perderse da como resultado la perdida del año escolar.

Sin embargo, para finales de año, el docente creacionista ya no orientaba la asignatura, y la responsabilidad cayó en una docente que empezó a presentar todas las religiones pidiendo identificar sus símbolos, libros sagrados, fundadores y demás. Era la primera vez que los estudiantes escuchaban de otras religiones, o por lo menos para no escuchar que eran falsas comparadas con el catolicismo.

Pocos días antes de la habilitación de Cristian, su padre viajó a la capital colombiana ya que la ONG Bogotá Atea junto con la congresista Angélica Lozano organizaron la primera audiencia pública sobre laicismo y libertad religiosa. Curiosamente, el representante del Ministerio de Educación no hizo presencia.

Finalmente Cristian presentó la habilitación de religión, estudió los puntos de cultura general y repasó algunas cosas de la historia del cristianismo. He aquí el examen presentado por Cristian.


Cristian pasó su habilitación. Pero, según se nos ha informado el colegio no ha desarrollado el plan alterno que contempla el decreto 4500 de 2006 y hace aún poner de pie a los niños para rezar al dios cristiano sin tener en cuenta que es un colegio público en un estado laico.




La historia de este colegio no es única en el país. Según conoció Bogotá Atea y la AAB en el colegio departamental de Zipacón, un pueblo a 50 Km. de Bogotá, las directivas de la institución no vieron problema en llevar a todos los estudiantes a la iglesia católica del lugar para ser marcados con la cruz el miércoles de ceniza, sin haber consultado a sus padres. La presunta explicación dada por el rector es que el colegio es de naturaleza católica. ¡Craso error! Todas las instituciones del Estado deben ser neutrales y no favorecer a un credo por encima de otro.

Estaremos atentos para informarles.  
Jueves, 26 de noviembre de 2015

Audiencia sobre Estado Laico

Por primera vez se llevó a cabo un foro público sobre laicismo en el Congreso de Colombia.

La representante Angélica Lozano convocó a ciudadanos del común, entidades del Estado y representantes de las iglesias a hablar sobre laicismo y libertad de cultos.

La Procuraduría General de la Nación y la oficina de Asuntos Religiosos del Ministerio del Interior argumentaron que Colombia no es un estado Laico, sino uno acofensional. También hubo representación de las mujeres por parte de la organización Católicas por el Derecho a Decidir.

Temas como aborto, eutanasia, derechos LGBTI, normas para el culto (parqueo y emisiones de ruido) salieron en múltiples intervenciones.

Les queremos compartir la intervención de Bogotá Atea en este foro:

LA NECESIDAD DEL LAICISMO EN COLOMBIA
Por: Ferney Yesyd Rodríguez –Bogotá Atea.

Buenos días a todos los presentes. Es un honor poder participar en este foro. Quiero agradecer muy especialmente a la Representante Angélica Lozano por la organización de esta primera audiencia pública sobre laicismo en el Congreso de la República.

Se esperaría que un tema tan importante como el laicismo para un Estado social de derecho sea entendido por sus funcionarios públicos. No obstante, esto no es así en Colombia. Daré unos pocos ejemplos que ilustran esta desinformación. Por ejemplo el exsenador por el Partido de la U Charles Schultz y ahora director de Confederación Colombiana de Libertad Religiosa, Conciencia y Culto (CONFELIREC), ha afirmado en varios escenarios que Colombia no es un Estado laico, sino uno aconfesional, por el hecho de mencionar la protección de dios en el preámbulo de la Constitución. En otro caso, en mayo del 2013 se pudieron ver en la Plaza de Bolívar varias pancartas que decían “El Estado es laico, no ateo” La manifestación era de cristianos evangélicos que se oponían al matrimonio de parejas del mismo sexo. Los mensajes de este plantón fueron organizados por políticos como Clara Lucía Sandoval y Marco Fidel Ramírez. Otro ejemplo es la declaración de Ilva Miriam Hoyos, actual procuradora para la infancia y la adolescencia, quien en un foro en España en 2004, uno similar a este, sobre laicismo y libertad religiosa afirmó que “La laicidad es un hecho peligroso.”

Los anteriores ejemplos nos muestran qué es necesario aclarar qué es y que no es el laicismo, así como su importancia en una sociedad democrática, plural y libre. Quiero dejar claro que Colombia si esun estado laico. Esto lo ratificó la Corte Constitucional en la sentencia C-350de 1994 en la que se declaró inconstitucional la consagración de Colombia al Sagrado Corazón de Jesús. Esta naturaleza laica significa la separación de la política y la religión, la separación del Estado y las iglesias, incluso de la religión que estémás extendida. Esto no quiere decir que el Estado sea ateo, significa que el Estado es neutral frente a toda confesión de fe, no exalta, favorece o promueve a ninguna de ellas o a un grupo de ellas. En ese ambiente de neutralidad estatal es posible practicar y profesar cualquier fe, o no tener una, sin que el Estado intervenga a favor de una cosmovisión o una visión moral particular.

El sociólogo francés Jean Baubérot ha explicado que el laicismo tiene tres condiciones, a saber:

(1) El respeto a la libertad de conciencia y de convicción;
(2) La autonomía de las instituciones del Estado frente a las de la religión, y viceversa; y
(3) La igualdad de las religiones y de las convicciones individuales y colectivas.

Ya teniendo claro que Colombia es un Estado laico y que por lo tanto el Estado debe ser neutral, debo llamar la atención al hecho de que esta neutralidad se viola en muchas instituciones de nuestro país. Señalaré cuatro campos con tareas incumplidas en cuanto a la laicidad estatal.

El primer campo es el simbólico. Es importante recalcar que el Estado con sus acciones está exaltando las convicciones de un grupo de ciudadanos sobre las de los demás. En actos públicos en los que se privilegia un rito, un clérigo o una simbología religiosa se está mandando el mensaje a la ciudadanía de que hay un culto que tiene privilegios en el Estado. Si miramos, por ejemplo, la realización del Te Deum, en el día de la independencia, un rito de naturaleza católica y que tiene la asistencia del Presidente de la República y los más altos dignatarios del Estado, se está justamente exaltando desde lo público, desde lo gubernamental a la Iglesia Católica, por encima de las demás religiones y cosmovisiones. Actos como estos, nos muestran que aún Colombia debe entender que ya no estamos en la Constitución de 1886 que consagraba al catolicismo como la religión oficial. Ahora, esto no solo ocurre con los Te Deums de cada año, sino también en actos de posesión presidencial y a nivel municipal en cientos pueblos de Colombia.

Este año tuvimos un caso muy particular en la Policía Nacional. El día de la Virgen del Carmen se vistieron los carros, camionetas y buses de la Policía con banderas de la Virgen, con globos blancos y azules, se montó una imagen de la Virgen, se hizo procesión y las fotografías luego compartidas por redes sociales.

El mensaje dado a la ciudadanía, nuevamente fue que el Estado tiene en una primera categoría al culto católico, sobre las demás creencias. Aquí no hay neutralidad alguna. En la Carta magna se establece que todos los cultos son iguales ante la ley, pero en la práctica el catolicismo sigue teniendo privilegios de todo tipo.

El Coronel Henry Armando Sanabria, subdirector de Sanidad de la Policía Nacional al preguntársele por la presencia de la imagen de una Virgen en el edificio de la DISAN nos respondió justificando la presencia de estas imágenes:

“Sugiero revisar la doctrina de las iglesias ortodoxa, copta, armenia, algunas sectas protestantes como el luteranismo y la religión islámica, la cual profesa un especial celo y amor por la Virgen María, a quien el profeta Mahoma consideraba superior a su hija Fátima”.

Ahora, quiero plantear hipotéticamente si la Policía Nacional estaría igualmente dispuesta a hacer una procesión ya no con la imagen de la Virgen, sino con la de Krishna o una representación de la Pacha Mama, o de Monesvol.  O si permitiría en su Dirección de Sanidad poner símbolos de otras religiones junto a la enorme cruz erigida con miras a la calle 50.

Por otra parte cabe preguntarse ¿qué necesidad tiene la Policía Nacional de unirse a una procesión religiosa? ¿Hace eso parte de sus funciones? ¿Es tarea de la Dirección de Sanidad de la Policía Nacional construir altares y cruces gigantes en los predios de su sede?

Al respecto  la Corte Constitucional ha sido clara sobre las actividades estatales:

“La neutralidad estatal comporta que las actividades públicas no tengan fundamento, sentido u orientación determinada por religión alguna –en cuanto confesión o institución-, de manera que las funciones del Estado sean ajenas a fundamentos de naturaleza confesional. En este sentido, la igualdad no se logra motivando las funciones estatales con base en intereses de todas las religiones por igual –algo, por demás, de imposible realización en la práctica-, pues esta pretendida igualdad, en cuanto vincula motivos religiosos en las actividades estatales, sería diametralmente contraria al principio de secularidad que resulta ser el núcleo del concepto de laicidad estatal y, de su concreción, el principio de neutralidad”.

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El segundo campo con tareas pendientes es el educativo estatal. En el caso de colegios públicos se tiene que la asignatura de religión, la cual es un área obligatoria por la ley 115 de 1994, está siendo usada en no pocas instituciones públicas para promover o favorecer el catolicismo. Por ejemplo en “Plan de Estudios de las Instituciones Educativas del Municipio de Sabaneta” se puede leer:

“Es de resaltar que se desarrollan contenidos, según la estructura conceptual de los programas curriculares que presenta la Conferencia Episcopal Colombiana. En dichos contenidos del área, se hace un recorrido del ser humano por el mundo, de la relación con Dios, del encuentro con su palabra”

Entiéndase por “su palabra” como la Biblia, la cual es enseñada como verdad incuestionable.
En los estándares de grado cuarto de primaria se puede leer: “Relaciona la vocación y misión de la Virgen María con la de Jesucristo” Este otro estándar está señalado para el grado sexto “Da razones por las cuales Jesús es a la vez Dios y Hombre”.  Y este otro en noveno: “Utiliza las enseñanzas bíblicas en la vida cotidiana y las conversaciones sobre temas morales.”

Este documento lo pueden encontrar en Internet. Y como este caso, hay muchos colegios por todo el país en los que las clases de religión son usadas para promover el catolicismo o el cristianismo en una presentación del catolicismo + protestantismo. Estas acciones unidas a otras como abrir espacios para la preparación de la primera comunión o la confirmación no van en línea con la neutralidad que debe tener el Estado frente a toda religión.

Colegio público de la ciudad de Bucaramanga
en el que se tienen logros como
"acepta a Jesucristo como su salvador personal".
Un caso actual se está dando en el Instituto Técnico Superior Dámaso Zapata de la ciudad de Bucaramanga. Este colegio público afirma que es un colegio de naturaleza católica por haber sido administrado hasta hace poco por los hermanos lasallistas. En esta institución un estudiante ateo de bachillerato ha tenido dificultades por no ingresar a la clase de religión. El chico no desea entrar porque los logros están orientados a aceptar doctrinas teológicas. Por ejemplo un logro para el grado cuarto de primaria en ese colegio es “Reconoce a Jesucristo como su salvador personal”El estudiante decidió no volver ingresar a la clase amparándose en el artículo 68 de la Constitución que dice que“En los establecimientos del Estado ninguna persona podrá ser obligada a recibir educación religiosa”. No obstante, en este momento el estudiante ha sido llamado a habilitar la asignatura de religión por no alcanzar sus logros.

Cuaderno de estudiante de grado sexto del Colegio
Público Dámaso Zapata. Nótese como el
profesor busca que los estudiantes acepten el creacionismo.
El área de religión, que en muchos países con tradición laica como Francia o Uruguay no existe en el pensum, no puede ser un espacio para adoctrinar. Debe ser un espacio para presentar todas las religiones y la opción de la no creencia de manera libre, igualitaria y sin buscar proselitismo o favorecimiento religioso alguno.

Otro aspecto en lo educativo es la presencia de símbolos que favorecen o dan el mensaje de primera categoría al culto católico, como la presencia de vírgenes, cristos, crucifijos en los planteles oficiales y la realización de misas en los espacios y horas de clase.

Por otra parte, no son pocos los estudiantes y docentes no religiosos, sean estos agnósticos y ateos y también creyentes no vinculados a ninguna iglesia, que nos han manifestado actuaciones discriminatorias por parte de directivas escolares. Por ejemplo, un docente del municipio de Colombia en el Huila nos manifestó que debe mantener sus opiniones en silencio por temor de ser afectado en su evaluación de desempeño y contó que varios padres evangélicos han solicitado al docente de biología de esa institución que no enseñe la evolución por afectar, según ellos, las convicciones religiosas de un gran número de estudiantes.

En todos estos casos, es necesario recordar la sentencia C-350 de 1994 en la que se dice:

“El carácter más extendido de una determinada religión no implica que ésta pueda recibir un tratamiento privilegiado de parte del Estado, por cuanto la Constitución de 1991 ha conferido igual valor jurídico a todas las confesiones religiosas, independientemente de la cantidad de creyentes que éstas tengan.”

“No puede ser el papel del Estado promocionar, patrocinar, impulsar, favorecer o realizar cualquier actividad de incentivo respecto de cualquier confesión religiosa que se practique en su territorio.”
Aquí hay un trabajo muy importante por realizar por parte del Ministerio de Educación Nacional y el Legislativo colombiano.

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El tercer campo con tareas pendientes es el de los debates legislativos que incluyen temas morales.
Recordemos que el Estado está para todos los ciudadanos, sin importar su creencia, sexo, orientación sexual o condición física. Por eso el Estado debe analizar las realidades sociales y materializar el derecho de la igualdad para todos los ciudadanos sin que se imponer dogmas religiosos en cuestiones civiles.

En este punto citar al abogado y docente Rodolfo Mantilla Jácome quien dice:

“El Laicismo se soporta sobre la plataforma amplia y generosa de la tolerancia, lo que significa que es uno de los más importantes instrumentos de convivencia pacífica entre los seres humanos. Esta precisión es necesario hacerla para expresar la naturaleza y significado del laicismo, que pregona la posibilidad cierta de que todos los seres humanos puedan vivir en común, sin exclusiones, persecuciones ni marginamientos, sin importar sus creencias religiosas o planteamientos filosóficos, en un Estado que cultiva una moral sin dogma”.

Justamente esta moral sin dogma o sin signo religioso o denominacional alguno es lo que debe primar en los análisis de temas como la interrupción voluntaria del embarazo, la eutanasia, la legalización de la marihuana, el matrimonio entre parejas del mismo sexo y la adopción homoparental, entre otros.

Los datos científicos y un análisis desde el punto de vista de los derechos humanos y de la salud,son los que deben guiar la discusión de los temas ya planteados. Pero infortunadamente, tenemos a muchos funcionarios públicos queriendo legislar con el catecismo o con el libro del Levítico de la Biblia antes que con la Constitución Nacional.

Por esto es lamentable, tremendamente lamentable, que la Procuraduría General de la Nación haya creado listados de mujeres que buscan abortar o lo han solicitado, listados de parejas del mismo sexo que desean casarse para enviar a un delegado judicial para impedir sus bodas. Esto es inaudito: ¡que la entidad encargada por velar por los derechos de los ciudadanos sea la primera en buscar anular matrimonios civiles!, óigase bien, civiles no religiosos, en lugar de proteger sus libres y autónomas decisiones es inadmisible. La Procuraduría en cabeza de Alejandro Ordoñez, con Andrés Balcázar e Ilva Myriam Hoyos, quien dijo que “la laicidad es un hecho peligroso”, han llevado a esta institución ser más cercana a un tribunal de inquisición que del ente defensor de los derechos de todos los ciudadanos.

Sentencia tras sentencia de la Corte Constitucional en materia de aborto, de matrimonio igualitario, adopción homoparental han sido objeto de solicitud de nulidad por parte de laProcuraduría. De la acción inquisitorial del ministerio Público no se salvó ni la sentencia que pidió honrar la memoria de Sergio Urrego, el chico conducido al suicidio por el acoso de las directivas de su colegio católico por ser homosexual, ateo y anarquista. El Procurador General explicó su acción de nulidad diciendo que  “Es un atentado contra el derecho que tienen los colegios que han optado por una doctrina o concepción de vida y eso está protegido por la Constitución” También  dijo que “la Corte Constitucional está imponiendo como política de estado la ideología de género para adoctrinar a nuestros hijos, eso es un aspecto que no puede pasar impune”.

Pero aquí la única imposición es la del Procurador y su guardia pretoriana, que no entienden o no quieren aceptar la laicidad del Estado colombiano. El matrimonio homosexual o el aborto no serán obligatorios para todos los colombianos. Serán decisiones libres y consientes, en los términos establecidos por la Honorable Corte Constitucional, para los ciudadanos que así lo determinen. Lo contrario, imponer un modelo de familia o proteger solo uno de ellos, u obligar llevar a término un embarazo en circunstancias de grave malformación fetal, riesgo de vida de la madre o violación es una imposición, que es más propia de un credo fundamentalista y ortodoxo que de un estado libre, plural, y laico.

Quienes no entienden la separación entre Estado e iglesias buscan ahora referendos para poner en consideración las oportunidades de minorías, hablan ahora de objeción de conciencia institucional para evitar cumplir con el fallo sobre despenalización parcial del aborto y buscan alianzas entre diferentes credos para mantener el prejuicio y la discriminación hacia gays, lesbianas, bisexuales, transexuales e intersexuales.
Por esto no es de extrañar que sean precisamente los líderes políticos venidos de las iglesias, como la senadora Viviane Morales, Marco Fidel Ramírez, Clara Lucía Sandoval, entre otros, quienes proponen o impulsan el referendo para evitar que parejas del mismo sexo puedan adoptar menores abandonados. No entienden o quizá, no desean comprender, que en una democracia no se puede aplastar a las minorías poniendo a consideración sus derechos. De ser así, hoy no habría libertad de cultos, ni voto femenino. En 1864 el Papa Pío IX condenó los 80 errores modernos. Entre esos estaba la libertad de cultos, la de prensa, el matrimonio civil, entre otros. Si estas libertades hubieran sido puestas a consideración por referendo aún viviríamos con poquísimas libertades.

El laicismo implica alejar los moralismos religiosos de todo dogma religioso. Por un momento consideren cómo reaccionarían si en un hospital público empezaran a negar transfusiones de sangre porque los testigos de Jehová consideran esta práctica como inmoral. La diversidad y subjetividad de las morales religiosas conllevan a que el Estado deba optar por la neutralidad y aceptar tan solo la evidencia científica al analizar casos como los anterioremente mencionados.

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El cuarto aspecto con tareas pendientes en el laicismo es el presupuestal.

Se ha dicho que el líder de la Iglesia Católica vendrá a Colombia y en su visita se destinarán dineros públicos. Algunos funcionarios del Estado han justificado este gasto del erario diciendo que es por la paz de Colombia, que Francisco vendrá a orar por la paz. En ese orden de ideas, ¿no deberían traer al país también para orar por la paz al Presidente de los mormones, al de los adventistas, al Dalái Lama o al fundador del pastafarismo.? ¿Por qué desde los actos simbólicos se sigue privilegiando, exaltando y colocando en primer rango al catolicismo?

En muchos municipios se destinan dineros públicos para la celebración de la Virgen del Carmen, hacer novenas, rosarios y misas. Cada vez son más las ciudades que desde sus concejos municipales aprueban festivales de música góspel, que son aprobados como género musical, pero que en realidad son festivales de música de contenido evangélico en el que sus grupos y letras deben obedecer a la doctrina evangélica.

55.000 millones de pesos se gastaron en una imagen de Jesucristo
en el Departamento de Santander.
La megaobra consumió la mayor parte de los recursos de las regalías
del petróleo cuando el precio era superior a los 100 dólares por barril.
Con dineros públicos se pagan capellanes católicos, como el de la Universidad Nacional o se hacen descuentos por derecha, sin autorización previa de los militares para mantener una Vicaría castrense.
La neutralidad estatal implica que no se pueden destinar dineros públicos para realizar actos religiosos de ninguna iglesia. No importa si son actos de alabanza con música góspel o Te Deums católicos. El estado, sus instituciones y funcionarios deben tener en cuenta que los recursos públicos deben tener un destino diferente al de sostener o promover cultos.

En este punto voy a hacer una analogía. Cuando a un buen estudiante se le otorga una beca se le está recompensando económicamente y a la vez exaltando frente a sus pares. Una beca es una exención de pagos. Pues bien, las iglesias tienen exención de impuestos y de declaración de renta. De esta manera el Estado las está privilegiando económicamente.  Esta exención ha llevado a que las solicitudes de personerías jurídicas para las iglesias sean en promedio una diaria y el patrimonio de las Iglesias sobrepasa ya los 9,7 billones (millones de millones) de pesos.

En un país donde cada año se reducen los fondos para la ciencia y la cultura debería pensarse si con la exención de impuestos a las iglesias se está privilegiando la actividad religiosa sobre otras actividades como las científicas y las culturales.

Para el 2016 los Ministerios de Ambiente y Cultura, y Colciencias, recibirán un 20% menos de recursos respecto al 2015. Ciudades como Bogotá carecen de un Museo de Historia Natural mientras que capitales como Buenos Aires o México D.F. lo tienen. Es importante la necesidad de que todas las iglesias presenten declaraciones de ingresos y que paguen impuestos para subsidiar campos desamparados y cenicientas del Estado como la ciencia, la cultura y la protección ambiental.

El debate de levantar la exención de impuestos a las iglesias se ha iniciado en España y los Estados Unidos. Incluso en este último país, se pierde la exención cuando una iglesia entra en actividad proselitista política, ya que raya con el imperativo constitucional de separación entre Iglesias y Estado. Aquí en Colombia tenemos varias iglesias que usan el púlpito para impulsar a candidatos propios y extraños, sin que esto genere mayor sobresalto.

La religión es una cuestión individual, no del Estado, así que cada creyente debe estar en la obligación de sostener su credo, sin que privilegios fiscales terminen haciendo que los cultos sean ayudados indirectamente por todos los ciudadanos.

Quiero concluir diciendo que el laicismo no es un elemento anexo o decorativo de una sociedad democrática y plural. Es un elemento esencial. La ausencia del laicismo es la ausencia de las libertades, de la razón misma para expresarse y vivir en un estado garante de las libertades.

Cada una de estas violaciones al laicismo (y todas las demás que no he mencionado) discriminan desde el Estado a los colombianos que no tenemos las mismas convicciones religiosas que el señor Procurador o la senadora Viviane Morales, ponen en una segunda categoría a quienes no seguimos la religión mayoritaria y atentan contra derechos civiles fundamentales de mujeres, sectores LGBTI, de ateos, agnósticos y minorías religiosas.¿Qué piensa hacer el Congreso para que se empiece a respetar el laicismo? Hay una deuda moral con la democracia.


Muchas gracias.
Viernes, 3 de Julio de 2015

Ateos demandan el Bogotá Góspel

La Corporación Bogotana para el Avance de la Razón y el laicismo, ha anunciado que ha demandado ante la justicia, por violar el principio constitucional de separación entre Estado e Iglesias, el acuerdo del Concejo de Bogotá que aprobó el festival de música carismática, Bogotá Góspel, a realizarse cada año con dineros públicos.

Antecedentes

Desde el año 2008 hasta el año 2012 se realizó de manera anual un festival de música evangélica carismática con dineros públicos y en un espacio público en el Parque Metropolitano Simón Bólivar. 

A diferencia de otros festivales de música de la ciudad, como el Rock o Jazz al parque, este festival la selección de bandas y músicos participantes no era potesad del gobierno de la ciudad, sino de una organización religiosa que pedía a los miembros ser miembros de una iglesia, dar el nombre del pastor y explicar "su visión ministerial."

En el 2014 se presentó el proyecto de acuerdo 150 de 2014 llamado "Por medio del cual se reconoce Bogotá Góspel y se dictan otras disposiciones" el cual en su primer debate tuvo como presidente de la reunión al pastor y concejal Marco Fidel Ramírez que impidió la palabra a los defensores del laicismo y mandó a votar la unificación de las propuestas positivas (Ver video)

Ya el domingo 8 de marzo se dio la votación en la plenaria del Concejo y se conoció la agenda tan solo el día anterior, lo que impidió la inscripción para hablar de los defensores del laicismo. El proyecto fue votado mayoritariamente y nunca se mencionó su naturaleza religiosa. Al ser aprobado se convirtió en el Acuerdo 582 de 2015.

El evento ya está programado para el 2015 y se realizaría en el mes de agosto. Los ateos de Bogotá se han manifestado contrarios en contra de que se destinen dineros públicos para eventos de música de alabanza, en la que también se aprovecha la tarima para evangelizar. Por esto han hecho requerimientos por escrito por los eventos de Bogotá Góspel de 2012, Engativá Góspel  2013 y Usaquen Góspel 2012. 


La demanda

La Corporación Bogotana para el Avance de la Razón y el laicismo documentó la naturaleza religiosa por medio de las grabaciones del evento del 2012, así como las declaraciones de las bandas, cantantes, el formulario de la edición anterior.  

Con esa información presentó una demanda por ser el evento violatorio del laicismo tal como lo ha declarado la Corte Constitucional de Colombia.

Esta demanda es la primera acción jurídica de esta ONG organizada con la finalidad de garantizar la separación entre Estado e Iglesias en Colombia.























Comunicado oficial
Bogotá Góspel es demandado por violar el laicismo

La Corporación Bogotana para el Avance de la Razón y el Laicismo, se permite informar a la opinión pública que ha entablado una demanda de nulidad al acto administrativo del Concejo de Bogotá que hizo del festival de música evangélica “Bogotá Góspel” un evento permanente financiado con dineros públicos.

El pasado 8 de marzo, el Concejo de Bogotá aprobó la realización anual del festival de música cristiana “Bogotá Góspel” como un evento permanente en el Festival de Verano de la Capital y que ya abrió convocatoria de selección de bandas. No obstante, como sustentamos en la demanda, este festival viola la separación que debe existir entre política y religión por las siguientes razones:

1. El góspel es una música con mensaje y contenido religioso que es usada con fines evangelizadores por iglesias evangélicas, neopentecostales y carismáticas.

2. Las bandas de góspel participantes consideran que su acción es un tipo de ministerio que permite poder evangelizar y expandir su mensaje religioso.

3. En el formulario de participación al evento se pide a las bandas y músicos participantes sustentar la pertenencia a una iglesia,lo cual claramente revela que es un evento religioso. 

4. Durante los eventos anteriores solo participaron bandas del segmento evangélico- carismático, sin oportunidad de participación de católicos, budistas, testigos de Jehová, hinduistas o no-religiosos, dado que la selección y el visto bueno debía venir de pastores protestantes carismáticos.

5. La Corte Constitucional ha declarado que no son fines del Estado favorecer a un credo o a un grupo de credos en sus eventos religiosos o favorecerlos con presupuestos.

Bogotá Atea (sigla de la Corporación) también hace conocer que durante el trámite del proyecto se ocultó la naturaleza religiosa del evento Bogotá Góspel, y se impidió la participación de voces contrarias al proyecto, siendo el presidente de la Comisión Primera el pastor y concejal Marco Fidel Ramírez.

En la demanda de nulidad nos hemos apoyado en el fallo del Tribunal de Santander que obligó a este Departamento a devolver los dineros de regalías que fueron destinadas a la construcción de la imagen del Jesucristo gigante en el municipio de Floridablanca, alegando también el principio de laicismo o neutralidad del Estado frente a todas las confesiones religiosas.



Ampliación de la información, comunicarse con Ferney Rodríguez, Vocero de Bogotá Atea. 
Teléfono 321-457-1038 o al correo bogota@ateos.co
Jueves, 23 de Abril de 2015

Rechazo a la intromisión de la Iglesia Católica en el tema de la eutanasia


Las ONG ateas de Colombia rechazan la intromisión de la Iglesia Católica en el tema de la reglamentación estatal de la eutanasia.

Bogotá, 22 de Abril de 2015.

Ante la presión la Iglesia Católica al Ministerio de Salud, en contra de la reglamentación de la eutanasia de libre elección en Colombia solicitada por la Corte Constitucional, las ONG: Bogotá Atea, Asociación de Ateos de Cali, Asociación de ateos de Pereira y la Asociación de Ateos y Agnósticos del Atlántico hacen conocer a la opinión pública que:

1. Colombia es un Estado Laico y por esta razón es inadmisible que la Iglesia Católica intente imponer por la fuerza su visión moral a toda la sociedad colombiana.

2. Rechazamos la actitud de desprecio y ataque contra la Corte Constitucional que ha manifestado la Iglesia Católica al calificar al tribunal de dictatorial.

3. Reiteremos el derecho inalienable de cada persona a poder decidir sobre su vida, y también sobre como terminar su vida en momentos de una enfermedad incurable y gran sufrimiento físico y emocional. La muerte es un proceso que hace parte de todos los humanos, y en ese sentido, debe existir una normatividad que permita a cada ciudadano, si así lo desea, de poder tener una muerte digna, en la que su voluntad sea respetada por el Estado y la sociedad en general.

4. Le pedimos al Gobierno Nacional que no se deje presionar por la Iglesia y que garantice la separación entre política y religión.

- Derecho a la elección
- ¿Y qué sobre nuestro derecho a escoger lo que puedes?
5. Le exigimos a la Iglesia Católica que respete las instituciones democráticamente constituidas para interpretar la Constitución y no presionar cuando sus fallos son contrarios a la doctrina vaticana. Les recordamos que Colombia es un Estado Laico, no una teocracia como la Ciudad del Vaticano.

6. Rechazamos el chantaje que hace la Iglesia Católica a la sociedad y al gobierno al amenazar con cerrar sus instituciones hospitalarias. Justamente el tema de la eutanasia de libre elección es un asunto de humanidad, al igual que lo es la atención médica.

7. Rechazamos que funcionarios públicos como el Procurador General Alejandro Ordoñez, y el congresista Jimmy Chamorro, se opongan a los fallos de la Corte, anteponiendo sus creencias religiosas al Estado de Derecho. Exigimos el respeto de la laicidad por parte de estos y todos los funcionarios públicos.

Ampliación de la información, comunicarse con 

* Bogotá Atea - 321 457 1038 – Ferney Rodríguez – Vocero. bogota@ateos.co
* Asociación de Ateos de Pereira – 320 8384160 - Alexander Ríos
* Asociación de Ateos de Cali - 318 6126884 - Darío Díaz Sánchez
* Asociación de Ateos y Agnósticos del Atlántico - 312 6157071 - Luis Ernesto Morales

Lecturas recomendadas:
Controversia: La eutanasia y el derecho a la privacidad
La ética de la eutanasia activa
La soberanía sobre la vida