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La ICAR sin argumentos jurídicos

 
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johaness DÖPARENOffline
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Registrado: 09 Nov 2006
Cantidad Total de mensajes: 334
MensajePublicado: Dom 18 Nov, 2007 10:32 pm    Título del mensaje: La ICAR sin argumentos jurídicos Responder citando

Asunto: La ICAR sin argumentos jurídicos

Y ahora.....¿Que pueden alegar el tenebroso ROUCO VARELA, el cura "bajito" CAÑIZARES o los sátrapas de la Conferencia Episcopal en defensa de la Santa Inquisición? ¿Con que derecho va a "ladrar" el pastor alemán y la Curia desde el Vaticano?

¡¡Siglos de torturas , asesinatos y crimenes bochornosos y cobardes , desmantelados de "un plumazo" por el Tribunal Constitucional Español!!

Piensen Vd. que si negar el genocicdio históricamente demostrado como es el caso del HOLOCAUSTO, que es lo que se juzgaba en esta sentencia , NO ES DELITO, puesto que se producen las circunstancias de ser..... : (Sic)

"Inconstitucional y nula
El TC ha declarado ahora "inconstitucional y nula la inclusión de la expresión “nieguen” ya que, según concluye el alto tribunal la dicha negación "permanece en un estadio previo al que justifica la intervención del derecho penal, en cuanto no constituye, siquiera, un peligro potencial para los bienes jurídicos tutelados por la norma en cuestión, de modo que su inclusión en el precepto supone la vulneración del derecho a la libertad de expresión". La sentencia añade que "la mera negación del delito, frente a otras conductas que comportan determinada adhesión valorativa al hecho criminal, promocionándolo a través de la exteriorización de un juicio positivo, resulta en principio inane."

¿Como se puede justificar, de acuerdo con esta práxis jurídica, la terrible "herejía" en que se apoyaba secularmente la ICAR para aasesinar a los millones de personas que por el simple hecho de negar la existencia de su Dios murieron en las hogueras de la Santa Inquisición?

Basandome en la misma práxis constitucional que aduce el Alto Tribunal, para declarar legítima la "negación" de este hecho constatado, yo manifiesto , refiriendome a la existencis de cualquier DIOS ...

"Que la mera negación de Dios, frente a otras conductas que comportan determinada adhesión valorativa al hecho en si de su existencia , promocionandolo a través de la exteriorización de un juicio negativo, resulta en principio inane"

Y continuo: " Es inconstitucional y nula como consecuencia de delito, incluir la palabra "negación" en cuanto se refiere a la existencia de DIOS, ya que esta afirmación permanece - o se produce - en un estadio previo al que justifica la intervención del derecho penal, en cuanto no constituye, siquiera, un peligro potencial para los bienes jurídicos tutelados por la norma en cuestión, de modo que su inclusión en el precepto supone la vulneración del derecho a la libertad de expresión".

Y otrosidigo: Con la aceptación jurídica de esta sentencia , alguien más versado en Leyes que yo, debería con la mayor urgencia y apoyandose en esta jurisprudencia presentar ante el Alto Tribunal que ahora juzga y sentencia - este mismso T.C.- un alegato para cambiar "ipso facto" el Codigo Penal en cuanto se refiere a los delitos de INJURIAS Y BLASFEMIAS que hoy se contemplan en relación con este tema de la "negación" del Dios de cualquier Religión , Confesión o Doctrina, máxime mientras, racional, cientifica o matemáticamente NO HAYA PODIDIO DEMOSTRAR FEHACIENTEMENTE Y SIN EL MENOR RESQUICIO PARA LA DUDA , LA EXISTENCIA DE UN DIOS del que además se aprovechan y hacen la base fundamental para el sostenimiento económico de la SECTA que lo promociona.

Si vivimos en un Estado de Derecho - según propia confesion de la ICAR -
y TODOS hemos de acatar las Leyes ..., ¿Puede alguien decirme porqué
no empezamos la caridad por nosotros mismos y nos damos la oportunidad de hacerlo con medidas como la DEROGACION INMEDIATA DEL CONOCORDATO DE 1953 CON LA SANTA SEDE ?

Este canallaesco documento por ej. no solo no acata, sino que sobrepasa el contenido de nuestros Códigos Civil, Penal y Mercantil ya que actua como un " escudo protector" al gozar de legislación propia "intocable" para las autoridades civiles de nuestra nación , precisamente con el objetivo único de exonerar de la Leyes Españolas a los parásitos sociales que visten traje talar negro azabache, coincidiendo con el color de sus almas corruptas.

Creo sinceramente que se debería abrir un gran debate macional con respecto a este tema , sobre todo ahora que el Tribunal Constitucional ha abierto con esta sentencia una "Caja de Pandora" que puede tener otras derivaciones importantisimas para ir consolidando una Democracia a la que aún le faltan muchos "flecos" que cortar.

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El Plural / Política /18/11/2007

El Constitucional afirma que lo contrario sería "vulnerar la libertad de expresión"

La libertad de expresión permite negar el genocidio

L. BLANCO

El Código Penal recoge el castigo para la difusión "por cualquier medio" de ideas que justifiquen el genocidio. Sin embargo, negar esos hechos no supone un delito. Lo dice una sentencia del Tribunal Constitucional (TC) cuyo fallo se dio a conocer hace algo más de una semana que negar el genocidio "permanece en un estadio previo al que justifica la intervención del derecho penal”.

Según publica El País, el TC recoge en la sentencia que, castigar a aquellas personas que difundas ideas o doctrinas que nieguen el genocidio supone vulnerar su libertad de expresión. El magistrado progresista Eugeni Gay, fue el ponente de la sentencia que así lo recoge y que la constitucionalidad del artículo 607.2 del Código Penal, que castiga la difusión "por cualquier medio" de ideas o doctrinas que justifiquen el genocidio, pero declara nula la referencia a la difusión de argumentos que "nieguen" esos hechos.

Delito de genocidio
La sentencia responde al recurso de apelación interpuesto por el ex presidente del grupo de ideología neonazi Círculo Español de Amigos de Europa (Cedade), Pedro Varela, que fue condenado en 1998 a dos años de cárcel por un delito de genocidio y a otros tres años por provocar la discriminación, el odio y la violencia contra grupos y asociaciones por motivos racistas y antisemitas. El proceso se produjo después de que en diciembre de 1996 fuese registrado su domicilio en el que Varela albergaba miles de libros, publicaciones y vídeos con contenidos xenófobos y que negaban el holocausto nazi, según el artículo del diario mencionado.

"Inconstitucional y nula"
El TC ha declarado ahora "inconstitucional y nula la inclusión de la expresión “nieguen” ya que, según concluye el alto tribunal la dicha negación "permanece en un estadio previo al que justifica la intervención del derecho penal, en cuanto no constituye, siquiera, un peligro potencial para los bienes jurídicos tutelados por la norma en cuestión, de modo que su inclusión en el precepto supone la vulneración del derecho a la libertad de expresión". La sentencia añade que "la mera negación del delito, frente a otras conductas que comportan determinada adhesión valorativa al hecho criminal, promocionándolo a través de la exteriorización de un juicio positivo, resulta en principio inane.
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