Pastores abuchean a ateo que pidió laicismo en Guatemala
El consultor Carlos Mendoza, miembro de la Asociación Guatemalteca de Humanistas Seculares, fue abucheado esta mañana en el Congreso por religiosos que llegaron a la entrega del proyecto de ley sobre enseñanza bÃblica obligatoria en las escuelas.
Texto de La Hora
Mendoza explicó que la iniciativa de ley viola la Ley Nacional de Educación asà como la Ley a la Integridad de los Niños y Adolescentes, donde se garantiza que la educación en el paÃs debe ser laica.
En el video se escucha como los miembros de una iglesia evangélica le dicen a Mendoza “No hablés si no tenés fundamento†y “saquen a Satanás†para luego abuchearlo.
Miembros de una iglesia realizaron un acto religioso en el Salón del Pueblo del Congreso antes de que el diputado Marvin Osorio, de Lider, presentara una iniciativa de ley sobre enseñanza bÃblica obligatoria en las escuelas.
Este es el comunicado oficial de la Asociación Guatemalteca de Humanistas Seculares
Ante la iniciativa de ley presentada por el diputado Marvin Rocael Osorio Vásquez del partido LÃDER, que pretende imponer la enseñanza obligatoria de la Biblia en escuelas públicas y colegios privados como fuente de valores para erradicar la violencia, la inseguridad y la corrupción en el paÃs, la Asociación Guatemalteca de Humanistas Seculares (AGHS) se manifiesta de la siguiente manera:
1. Reafirmamos nuestros principios Humanistas de respeto a la libertad religiosa y de formación “espiritual†de todas las personas, sin diferencias, incluyendo el derecho a no creer y no tener religión alguna.
2. Expresamos junto a 14 millones de guatemaltecos que la violencia, la inseguridad y la corrupción que afectan a nuestro paÃs todos los dÃas, son problemas que nos preocupan mucho y que queremos contribuir a resolver.
3. Estamos conscientes de que son problemas estructurales y coyunturales complejos, en donde intervienen factores múltiples como la exclusión social, la desigualdad, la falta de oportunidades de desarrollo, la precariedad de nuestras leyes, asà como su laxa aplicación y el casi nulo acceso a servicios básicos de salud, educación y vivienda que sufre la mayorÃa de la población. Condiciones sociales, polÃticas y económicas que se viven en nuestro paÃs desde hace siglos y que las autoridades gubernamentales no han sabido mejorar.
4. Es una situación que debe ser abordada con seriedad y de manera integral, con polÃticas públicas apropiadas eincluyentes, no basadas en las convicciones religiosas personales de los funcionarios públicos o de ciudadanos individuales sino en evidencias cientÃficas, en un conocimiento profundo e integral de la realidad guatemalteca y en el respeto a los Derechos Humanos de todos los habitantes.
5. La imposición de la lectura de la Biblia en los centros educativos públicos, privados y por cooperativa en todos los niveles es una medida arbitraria basada precisamente en las propias creencias religiosas de los proponentes y en una supuesta “revelación divina†a uno de ellos; no en el bien común de todos los ciudadanos. Lejos de crear unidad y cambios positivos a nivel personal y general, su carácter impositivo podrÃa generar intolerancia, división, disputas y conflictos entre alumnos, maestros, directivos y padres de familia.
6. Está en conflicto con la Declaración Universal de Derechos Humanos, especÃficamente con los artÃculos 18, 26 y 30. En ellos se declara que todos los seres humanos tienen el derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión (18); que la educación tiene como fin promover la comprensión, tolerancia y la amistad entre los grupos raciales y religiosos (26); que los padres tienen el derecho preferente de escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos (26); y queningún Estado, grupo o persona tiene las facultades para realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en dicha Declaración.
7. De acuerdo al artÃculo 46 de la Constitución PolÃtica de la República de Guatemala, en materia de derechos humanos, los tratados y convenciones aceptados y ratificados por Guatemala—entre los que se encuentra la Declaración Universal de Derechos Humanos—tienen preeminencia sobre el derecho interno.
8. El derecho interno también se ve violentado, ya que dicha medida está en contra de:
a. los artÃculos 36 y 73 de la Constitución PolÃtica de la República de Guatemala, que garantizan el libre ejercicio de todas las religiones sin más lÃmites que los que traza el respeto a la dignidad humana y el orden público, y el derecho de los padres a escoger la educación que reciben sus hijos;
b. el artÃculo 100 de la Ley de Educación Nacional, que garantiza a la niñez que en su educación no existirá intervención polÃtico-partidista, militar o de cualquier otra Ãndole que altere el proceso educativo;
c. el artÃculo 37 de la Ley de Protección Integral de la Niñez y la Adolescencia, que especifica que la educación pública deberá ser gratuita, laica y obligatoria.
9. Por último, exhortamos a toda la población a considerar la importancia de, parafraseando a Thomas Jefferson, erigir un muro de separación entre la religión y los asuntos estatales. Dicha separación protege a ambas partes. Evita que alguna denominación religiosa con el suficiente poder adquisitivo o de influencias, pueda manipular al Estado para lograr que formule leyes que vayan de acuerdo a sus propios intereses, pero que violenten los intereses y los derechos de personas que no comparten las mismas creencias religiosas. De la misma manera, evita que el Estado pueda imponerle a las personas y a las iglesias qué religión pueden creer o enseñar en sus casas o sus templos, favoreciendo a una religión y necesariamente perjudicando a otra. La profesión de una religión, o la ausencia de ella, es un asunto personal y privado de toda persona. Permitirle al Estado que se meta con las creencias religiosas de las personas es abrirle la puerta a la posibilidad de discriminación por cuestiones religiosas. Eso nos perjudica a todos.
Por todo lo expuesto anteriormente exigimos al Congreso que haga su deber constitucional y que no apruebe una ley que claramente pasa por encima de los derechos y libertades de los guatemaltecos, según el sentido común, los tratados internacionales de Derechos Humanos y el propio derecho interno.
ASOCIACIÓN GUATEMALTECA DE HUMANISTAS SECULARES
Ciudad de Guatemala, 15 de julio de 2015
"Necesitamos más recursos financieros y humanos para elevar el nivel de formación en idiomas, matemáticas y ciencias, pero estos grupos de evangélicos fundamentalistas quieren que el Estado les financie su agenda, como si fuera poco el subsidio que se les da por la vÃa de exención de impuestos a las más de 20 mil iglesias evangélicas autorizadas en el paÃs, asà como a la Iglesia Católica. Mientras tanto, nosotros seguiremos argumentando a favor de la educación laica." afirmó Carlos Mendoza.
Texto de La Hora
Mendoza explicó que la iniciativa de ley viola la Ley Nacional de Educación asà como la Ley a la Integridad de los Niños y Adolescentes, donde se garantiza que la educación en el paÃs debe ser laica.
En el video se escucha como los miembros de una iglesia evangélica le dicen a Mendoza “No hablés si no tenés fundamento†y “saquen a Satanás†para luego abuchearlo.
Miembros de una iglesia realizaron un acto religioso en el Salón del Pueblo del Congreso antes de que el diputado Marvin Osorio, de Lider, presentara una iniciativa de ley sobre enseñanza bÃblica obligatoria en las escuelas.
Ver vÃdeo:
Este es el comunicado oficial de la Asociación Guatemalteca de Humanistas Seculares
Ante la iniciativa de ley presentada por el diputado Marvin Rocael Osorio Vásquez del partido LÃDER, que pretende imponer la enseñanza obligatoria de la Biblia en escuelas públicas y colegios privados como fuente de valores para erradicar la violencia, la inseguridad y la corrupción en el paÃs, la Asociación Guatemalteca de Humanistas Seculares (AGHS) se manifiesta de la siguiente manera:
1. Reafirmamos nuestros principios Humanistas de respeto a la libertad religiosa y de formación “espiritual†de todas las personas, sin diferencias, incluyendo el derecho a no creer y no tener religión alguna.
2. Expresamos junto a 14 millones de guatemaltecos que la violencia, la inseguridad y la corrupción que afectan a nuestro paÃs todos los dÃas, son problemas que nos preocupan mucho y que queremos contribuir a resolver.
3. Estamos conscientes de que son problemas estructurales y coyunturales complejos, en donde intervienen factores múltiples como la exclusión social, la desigualdad, la falta de oportunidades de desarrollo, la precariedad de nuestras leyes, asà como su laxa aplicación y el casi nulo acceso a servicios básicos de salud, educación y vivienda que sufre la mayorÃa de la población. Condiciones sociales, polÃticas y económicas que se viven en nuestro paÃs desde hace siglos y que las autoridades gubernamentales no han sabido mejorar.
4. Es una situación que debe ser abordada con seriedad y de manera integral, con polÃticas públicas apropiadas eincluyentes, no basadas en las convicciones religiosas personales de los funcionarios públicos o de ciudadanos individuales sino en evidencias cientÃficas, en un conocimiento profundo e integral de la realidad guatemalteca y en el respeto a los Derechos Humanos de todos los habitantes.
5. La imposición de la lectura de la Biblia en los centros educativos públicos, privados y por cooperativa en todos los niveles es una medida arbitraria basada precisamente en las propias creencias religiosas de los proponentes y en una supuesta “revelación divina†a uno de ellos; no en el bien común de todos los ciudadanos. Lejos de crear unidad y cambios positivos a nivel personal y general, su carácter impositivo podrÃa generar intolerancia, división, disputas y conflictos entre alumnos, maestros, directivos y padres de familia.
6. Está en conflicto con la Declaración Universal de Derechos Humanos, especÃficamente con los artÃculos 18, 26 y 30. En ellos se declara que todos los seres humanos tienen el derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión (18); que la educación tiene como fin promover la comprensión, tolerancia y la amistad entre los grupos raciales y religiosos (26); que los padres tienen el derecho preferente de escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos (26); y queningún Estado, grupo o persona tiene las facultades para realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en dicha Declaración.
7. De acuerdo al artÃculo 46 de la Constitución PolÃtica de la República de Guatemala, en materia de derechos humanos, los tratados y convenciones aceptados y ratificados por Guatemala—entre los que se encuentra la Declaración Universal de Derechos Humanos—tienen preeminencia sobre el derecho interno.
8. El derecho interno también se ve violentado, ya que dicha medida está en contra de:
a. los artÃculos 36 y 73 de la Constitución PolÃtica de la República de Guatemala, que garantizan el libre ejercicio de todas las religiones sin más lÃmites que los que traza el respeto a la dignidad humana y el orden público, y el derecho de los padres a escoger la educación que reciben sus hijos;
b. el artÃculo 100 de la Ley de Educación Nacional, que garantiza a la niñez que en su educación no existirá intervención polÃtico-partidista, militar o de cualquier otra Ãndole que altere el proceso educativo;
c. el artÃculo 37 de la Ley de Protección Integral de la Niñez y la Adolescencia, que especifica que la educación pública deberá ser gratuita, laica y obligatoria.
9. Por último, exhortamos a toda la población a considerar la importancia de, parafraseando a Thomas Jefferson, erigir un muro de separación entre la religión y los asuntos estatales. Dicha separación protege a ambas partes. Evita que alguna denominación religiosa con el suficiente poder adquisitivo o de influencias, pueda manipular al Estado para lograr que formule leyes que vayan de acuerdo a sus propios intereses, pero que violenten los intereses y los derechos de personas que no comparten las mismas creencias religiosas. De la misma manera, evita que el Estado pueda imponerle a las personas y a las iglesias qué religión pueden creer o enseñar en sus casas o sus templos, favoreciendo a una religión y necesariamente perjudicando a otra. La profesión de una religión, o la ausencia de ella, es un asunto personal y privado de toda persona. Permitirle al Estado que se meta con las creencias religiosas de las personas es abrirle la puerta a la posibilidad de discriminación por cuestiones religiosas. Eso nos perjudica a todos.
Por todo lo expuesto anteriormente exigimos al Congreso que haga su deber constitucional y que no apruebe una ley que claramente pasa por encima de los derechos y libertades de los guatemaltecos, según el sentido común, los tratados internacionales de Derechos Humanos y el propio derecho interno.
ASOCIACIÓN GUATEMALTECA DE HUMANISTAS SECULARES
Ciudad de Guatemala, 15 de julio de 2015