En favor de la neutralidad religiosa del Estado y en resguardo de la libertad de conciencia

Al exponer un símbolo religioso en sitios públicos oficiales: Escuelas, Juzgados, Hospitales, establecimientos oficiales y no existir advertencia ni precaución alguna, alertando al público de otros cultos sobre el motivo de la presencia de los mismos, constituye un acto de discriminación. El estado debe ser garantía de la más absoluta imparcialidad en materia de cultos, por ello mismo debe preservar el espacio público y ser laico y neutro en ese sentido. Dicha instalación en edificios públicos hace que el Estado incurra en falta de administración de asistencia y servicio imparcial sobre la ciudadanía, de acuerdo a lo establecido en la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Históricamente las religiones hacen proselitismo con la presencia simbólica, para desplazar y/o suprimir a otras religiones rivales. Y...

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