El nombre de la cosa

Leo en El País la resolución judicial sobre el matrimonio homosexual en California. Al parecer no dicen que no pueda haber unos derechos de los homosexuales equivalentes a los del matrimonio, pero dice que no es ilegal el que no se llame matrimonio.

Me suena haber oído estos términos en las discusiones que hubo (y hay) en España a cuenta del matrimonio homosexual. Deberemos recordar que la palabra matrimonio podrá usarse de la manera que sea por quien sea, y que tendrá unos significados generales y otros de uso particular para algunos grupos de hablantes, pero que en la legislación la palabra se refiere a un tipo de contrato.

Pongamos que hasta una determinada fecha las mujeres de una sociedad no hubieran podido ser las legítimas propietarias de viviendas, empresas o lo que sea. Esto ha sido así toda la vida en esta hipotética sociedad. Supongamos que llega un movimiento a favor de la igualdad de derechos de las mujeres y que se les permite ser dueñas de sus casas y que algunos sectores dicen que de acuerdo, que puedan tener casas, pero que de ninguna manera se llame a eso contrato de propiedad, que eso de toda la vida era el contrato firmado por los hombres.

Pongamos que los negros (y negras) de una sociedad, después de siglos de esclavitud, son reconocidos como ciudadanos, y que se les permite, por tanto, trabajar en libertad. De nuevo, hay gente, grupos políticos y sociales que dicen que está bien eso del derecho a trabajar en libertad y cobrando, pero que a eso no se puede le llamar contrato laboral ya que, como todo el mundo sabe y es lo natural, siempre ser ha sido una relación entre blancos.

Pues eso, supongamos y concluyamos.

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