Catolicismo a la carta (parte 1)

“La fe es cuestión de geografía” es una cita que atribuyen a Jean-Jacques Rousseau. El mérito que encuentro en la frase es que está dicha de forma concisa y contundente, pero el hecho que nos muestra no es para nada un secreto. Nueve de cada diez italianos son católicos romanos, nueve de cada diez rumanos son ortodoxos, ocho de cada diez israelíes son judíos, nueve de cada diez birmanos son budistas y noventa y nueve de cada cien turcos son musulmanes (Fuente). ¿Qué otra cosa puede explicar esto, más que la fuerte influencia que ejerce el contexto social en la elección de la religión de las personas?

La situación es Argentina es similar a la de Italia, aunque según los últimos datos, en descenso. La Iglesia Católica Apostólica Romana asegura que el 90% de los argentinos profesan su religión, lo que en algún punto les “permite” hablar en nombre de “los argentinos”, reclamar privilegios, reclamar una moral católica para todos, etc. La pregunta que se impone es: ¿El simple hecho de decirse católico implica pertenecer a esta religión?

Debemos tener en cuenta que la Iglesia Católica, como muchas otras iglesias, no son instituciones donde se decide por consenso, ni por elección de las mayorías, ni por ninguna otra forma de participación, lo que parece razonable si se asume que están guiadas por dioses que “por definición” siempre están en lo cierto. No debería haber ningún lugar para el disenso, al menos en determinadas cuestiones fundamentales, porque ir en contra de lo que dicta la Iglesia es ir en del Dios que la guía y la ilumina, lo que no suele poner de buen humor ni al dios, ni a sus representantes terrestre.

La diferencia entre lo que la Iglesia espera de sus fieles, y la realidad que se puede comprobar fácilmente, no es más que un juego de hipocresías donde los fieles tildan la casilla de “católico” para sentirse tranquilos con vaya uno a saber que tradición familiar, o simplemente porque es la opción más cómoda en un país donde la mayoría hace lo mismo, y la Iglesia cuenta la cantidad de casillas tildadas haciéndole la vista gorda al hecho evidente de que en realidad representa a muy pocos del total que dicen serlo. Ambos mienten, porque ambos hacen negocio con ello.

Lo que sigue es un resumen de las cosas que la Iglesia Católica Apostólica Romana manda a sus fieles hacer o creer. No hacerlo es, en el mejor de los casos pecado venial, en otros casos es un pecado grave, y en muchos otros gravísimo, lo que según los mismos cánones de la Iglesia debería ser sancionado con una excomunión que en la práctica no se aplica para evitar un éxodo masivo de fieles, pero que en otras épocas, donde salirse de la religión no era una opción, se pagaba muy duro.

Mandatos relacionados con la pareja y la sexualidad:

El Catecismo de la Iglesia Católica enseña que no solo el incesto o incluso el adulterio son faltas “especialmente graves”, sino que junto con estas incluye al divorcio (particularmente si luego uno de los divorciados vuelve a contraer matrimonio) y a la unión libre (concubinato), aclarando expresamente que “La unión carnal sólo es moralmente legítima cuando se ha instaurado una comunidad de vida definitiva entre el hombre y la mujer.” De esto obviamente se desprende que el sexo sin contraer matrimonio es inmoral. Pero por si quedaban dudas, en otro pasaje se indica explícitamente: “Los novios están llamados a vivir la castidad en la continencia. En esta prueba han de ver un descubrimiento del mutuo respeto, un aprendizaje de la fidelidad y de la esperanza de recibirse el uno y el otro de Dios. Reservarán para el tiempo del matrimonio las manifestaciones de ternura específicas del amor conyugal. Deben ayudarse mutuamente a crecer en la castidad.”

Si el sexo fuera del matrimonio está condenado por la Iglesia, a la masturbación no le va mejor: “Tanto el Magisterio de la Iglesia, de acuerdo con una tradición constante, como el sentido moral de los fieles, han afirmado sin ninguna duda que la masturbación es un acto intrínseca y gravemente desordenado”.

La homosexualidad merece un párrafo aparte. Si el catecismo condena las relaciones sexuales extra-matrimoniales, y también niega a los homosexuales la posibilidad de contraer matrimonio, resulta obvio que las relaciones sexuales entre personas del mismo sexo no son permitidas por la iglesia católica. Pero el catecismo agrega: “Apoyándose en la Sagrada Escritura que los presenta como depravaciones graves (cf Gn 19, 1-29; Rm 1, 24-27; 1 Co 6, 10; 1 Tm 1, 10), la Tradición ha declarado siempre que ‘los actos homosexuales son intrínsecamente desordenados’ (CDF, decl. “Persona humana” 8). Son contrarios a la ley natural. Cierran el acto sexual al don de la vida. No proceden de una verdadera complementariedad afectiva y sexual. No pueden recibir aprobación en ningún caso.”

La anticoncepción no se salva, considerándose como algo intrísecamente malo por la Iglesia: “La continencia periódica, los métodos de regulación de nacimientos fundados en la autoobservación y el recurso a los períodos infecundos (HV 16) son conformes a los criterios objetivos de la moralidad. Estos métodos respetan el cuerpo de los esposos, fomentan el afecto entre ellos y favorecen la educación de una libertad auténtica. Por el contrario, es intrínsecamente mala ‘toda acción que, o en previsión del acto conyugal, o en su realización, o en el desarrollo de sus consecuencias naturales, se proponga como fin o como medio, hacer imposible la procreación’ (HV 14): Al lenguaje natural que expresa la recíproca donación total de los esposos, el anticoncepcionismo impone un lenguaje objetivamente contradictorio, es decir, el de no darse al otro totalmente: se produce no sólo el rechazo positivo de la apertura a la vida, sino también una falsificación de la verdad interior del amor conyugal, llamado a entregarse en plenitud personal’. Esta diferencia antropológica y moral entre la anticoncepción y el recurso a los ritmos periódicos ‘implica… dos concepciones de la persona y de la sexualidad humana irreconciliables entre sí’ (FC 32).

Obviamente, la pornografía también se condena. Esto abarca desde los que se exhiben, hasta al público que la consume. Según el canon 2354 “Atenta gravemente a la dignidad de quienes se dedican a ella (actores, comerciantes, público), pues cada uno viene a ser para otro objeto de un placer rudimentario y de una ganancia ilícita. Introduce a unos y a otros en la ilusión de un mundo ficticio. Es una falta grave.” Incluso intenta imponer estas reglas a toda la sociedad indicando que “las autoridades civiles deben impedir la producción y la distribución de material pornográfico.”

Relacionados con el aborto:

Según en canon 1398 del Código de Derecho Canónico “Quien procura el aborto, si éste se produce, incurre en excomunión latae sententiae.” Según la Iglesia, esto incluye tanto al médico (y asistentes) como a la paciente. Incluso hay quienes apoyándose en el cánon 1329 intentan hacer extensiva la pena de excomunión a todos los que apoyan la no penalización del aborto. De todas maneras, el Vaticano dejó claro que, si bien por ejemplo, aprobar una ley que despenaliza el aborto es un hecho más grave aún que practicarlo, los legisladores que lo hacen no están alcanzados por el canon 1398.

Relacionadas con la Eutanasia:

Dice el Catecismo Católico respecto a la eutanasia: “2276 Aquellos cuya vida se encuentra disminuida o debilitada tienen derecho a un respeto especial. Las personas enfermas o disminuidas deben ser atendidas para que lleven una vida tan normal como sea posible. Cualesquiera que sean los motivos y los medios, la eutanasia directa consiste en poner fin a la vida de personas disminuidas, enfermas o moribundas. Es moralmente inaceptable. Por tanto, una acción o una omisión que, de suyo o en la intención, provoca la muerte para suprimir el dolor, constituye un homicidio gravemente contrario a la dignidad de la persona humana y al respeto del Dios vivo, su Creador. El error de juicio en el que se puede haber caído de buena fe no cambia la naturaleza de este acto homicida, que se ha de rechazar y excluir siempre.”

Ralacionadas con la adivinación y la superstición:

En Catecismo de la Iglesia Católica condena la superstición tanto como la adivinación del futuro. Textualmente nos enseña que “2111 La superstición es la desviación del sentimiento religioso y de las prácticas que impone. Puede afectar también al culto que damos al verdadero Dios, por ejemplo, cuando se atribuye una importancia, de algún modo, mágica a ciertas prácticas, por otra parte, legítimas o necesarias. Atribuir su eficacia a la sola materialidad de las oraciones o de los signos sacramentales, prescindiendo de las disposiciones interiores que exigen, es caer en la superstición (cf Mt 23, 16-22).” Agrega más adelante “2116 Todas las formas de adivinación deben rechazarse: el recurso a Satán o a los demonios, la evocación de los muertos, y otras prácticas que equivocadamente se supone ‘desvelan’ el porvenir (cf Dt 18, 10; Jr 29, 8). La consulta de horóscopos, la astrología, la quiromancia, la interpretación de presagios y de suertes, los fenómenos de visión, el recurso a ‘mediums’ encierran una voluntad de poder sobre el tiempo, la historia y, finalmente, los hombres, a la vez que un deseo de granjearse la protección de poderes ocultos. Están en contradicción con el honor y el respeto, mezclados de temor amoroso, que debemos solamente a Dios. Todas las prácticas de magia o de hechicería mediante las que se pretende domesticar potencias ocultas para ponerlas a su servicio y obtener un poder sobrenatural sobre el prójimo -aunque sea para procurar la salud -, son gravemente contrarias a la virtud de la religión. Estas prácticas son más condenables aún cuando van acompañadas de una intención de dañar a otro, recurran o no a la intervención de los demonios. Llevar amuletos es también reprensible. El espiritismo implica con frecuencia prácticas adivinatorias o mágicas. Por eso la Iglesia advierte a los fieles que se guarden de él. El recurso a las medicinas llamadas tradicionales no legítima ni la invocación de las potencias malignas, ni la explotación de la credulidad del prójimo.” El tema recientemente tuvo su repercusión en los medios cuando L’Osservatore Romano afirmó que “los horóscopos y las artes adivinatorias son contrarios a la moral” en incluso que el Vaticano estaba a punto de excomulgar a todos “los magos”.

Dentro de la superstición, suele incluirse la veneración de Santos no reconocidos por la Iglesia luego del proceso de canonización. De entre ellos puede mencionarse a los argentinos Gauchito Gil, Difunta Correa, San La Muerte. Lo mismo se aplica a quienes veneran como santos a personajes famosos muertos de manera trágica.

En el último año nuevo por ejemplo, la Iglesia Católica de México fue clara al condenar el ritual de las 12 uvas a medianoche, afirmando “Es magia comer apresuradamente 12 uvas al ritmo de las campanadas de la medianoche para asegurar la alegría y el bienestar; es magia ponerse ropa interior roja y amarilla para conseguir dinero; es magia barrer hacia afuera para echar de casa todos los males; es magia dar vuelta a la manzana cargando las maletas para asegurarse un viaje” y calificando a la magia como pecado.

Relacionados con los sacramentos, las ceremonias y los ritos

Son muchas las posturas que la iglesia condena en torno a los sacramentos. Algunas tienen que ver la obligatoriedad de los católicos en cuanto a cumplir determinados sacramentos, y otras respecto a sus formas.

Del Concilio de Trento mencionamos solo algunos

CAN. IX. Si alguno negare, que todos y cada uno de los fieles cristianos de ambos sexos, cuando hayan llegado al completo uso de la razón, están obligados a comulgar todos los años, a lo menos en Pascua florida, según el precepto de nuestra santa madre la Iglesia; sea excomulgado.Respecto al CAN. IX, el Catecismo también es claro cuando dice que están obligados a participar de la misa todos los bautizados mayores de siete años. “2180 El mandamiento de la Iglesia determina y precisa la ley del Señor: ‘El domingo y las demás fiestas de precepto los fieles tienen obligación de participar en la misa’. ‘Cumple el precepto de participar en la misa quien asiste a ella, dondequiera que se celebre en un rito católico, tanto el día de la fiesta como el día anterior por la tarde’. La Eucaristía del domingo fundamenta y confirma toda la práctica cristiana. Por eso los fieles están obligados a participar en la Eucaristía los días de precepto, a no ser que estén excusados por una razón seria [por ejemplo, enfermedad, el cuidado de niños pequeños] o dispensados por su pastor propio. Los que deliberadamente faltan a esta obligación cometen un pecado grave.

Claramente se indica que al menos todos los católicos están obligados a comulgar una vez al año, en Pascua, y a concurrir a misa todos los domingos y fiestas de guardar. Relacionado con las formas, se indica por ejemplo de que manera debe interpretarse el hecho de la eucaristía (la comunión):

Afirma que debe sostenerse que la hostia es en substancia el cuerpo de Cristo, y el vino su carne. Prohíbe bajo pena de excomunión sostener que son simbolismos o metáforas, y obliga a sostener el “dogma de fe” de que efectivamente son cuerpo y sangre completos de su mesías. “CAN. II. Si alguno dijere, que en el sacrosanto sacramento de la Eucaristía queda substancia de pan y de vino juntamente con el cuerpo y sangre de nuestro Señor Jesucristo; y negare aquella admirable y singular conversión de toda la substancia del pan en el cuerpo, y de toda la substancia del vino en la sangre, permaneciendo solamente las especies de pan y vino; conversión que la Iglesia católica propísimamente llama Transubstanciación; sea excomulgado.”

Finalmente, indica claramente que la eucaristía debe tomarse solamente cuando se haya confesado los pecados mortales. “CAN. XI. Si alguno dijere, que sola la fe es preparación suficiente para recibir el sacramento de la santísima Eucaristía; sea excomulgado. Y para que no se reciba indignamente tan grande Sacramento, y por consecuencia cause muerte y condenación; establece y declara el mismo santo Concilio, que los que se sienten gravados con conciencia de pecado mortal, por contritos que se crean, deben para recibirlo, anticipar necesariamente la confesión sacramental, habiendo confesor. Y si alguno presumiere enseñar, predicar o afirmar con pertinacia lo contrario, o también defenderlo en disputas públicas, quede por el mismo caso excomulgado.”

Al margen de la Eucaristía, hay otros ritos que los católicos deben tener en cuenta. “Todos los viernes, a no ser que coincidan con una solemnidad, debe guardarse la abstinencia de carne, o de otro alimento que haya determinado la Conferencia Episcopal; ayuno y abstinencia se guardarán el miércoles de Ceniza y el Viernes Santo.” (Código de Derecho Canónico, cánon 1251)

Contunuará…

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